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Encomienda de gestión
La encomienda de gestión es una técnica del Derecho administrativo español, utilizada en la organización de la Administración pública para la traslación del aspecto material de una potestad a un órgano distinto del encomendante. Este último conservará los aspectos jurídicos de tal potestad, dejando al órgano encomendado la realización de las actividades de carácter físico, material o técnico correspondientes. El traslado de potestad responderá a razones de eficacia, es decir, deberá ser consecuencia de la falta de medios técnicos idóneos del encomendante para la realización de la actividad en cuestión.
La encomienda de gestión no supone, tal y como dicta el artículo 15 de la LRJ-PAC, una cesión de titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio, siendo responsabilidad del órgano o entidad encomendante dictar cuantos actos o resoluciones de carácter jurídico den soporte o en los que se integre la concreta actividad material objeto de encomienda.
Hay que destacar que las personas físicas o jurídicas sujetas a Derecho privado no podrán recibir la encomienda de gestión. En todo caso, habría de seguirse la regulación dispuesta para los contratos del Estado, teniendo la persona que competir con aquellos licitadores que se ofrezcan.
Referencias
- Juan Alfonso Santamaría Pastor: Principios de Derecho Administrativo General, vol 1. Iustel. 2004. ISBN 8496440001
Categorías: Derecho administrativo | Derecho de España
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