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Firma electrónica escrita
La Ley 59/2003 de España de firma electrónica indica que no se puede negar valor probatorio a una firma por el hecho de ser electrónica, si bien establece diferentes niveles con diferente presunción legal. En el nivel más bajo, la firma electrónica simple permite incluir firmas escaneadas o digitalizadas, lo que a veces se llama "Firma electrónica escrita". Otros niveles superiores de firma electrónica lo constituyen la firma electrónica avanzada y la firma electrónica cualificada. Esta última tiene el mismo valor de la firma manuscrita en relación con los documentos a los que acompaña.
Existen varias formas de firma electrónica simple. Una de ellas puede consistir en la firma mediante una tarjeta de crédito y el número secreto, otra en el marcado de un número o serie de signos sobre un teclado, otra en el escáner de retina o de las huellas dactilares, etc.
Una forma más de firma electrónica simple es a partir de la firma escrita. Para realizarla, se necesita por un lado el trazado físico de la firma, y por otro un dispositivo capaz de captar y digitalizar ese trazado.
La forma más generalizada de firma electrónica simple escrita se lleva a cabo mediante pads de firma. Estos dispositivos pueden aplicarse para automatizar la gran mayoría de los procesos internos y externos en la empresa moderna.
Gran parte de los procesos internos en los que sea necesaria la firma (autorizaciones, recibos, pedidos, contratos, etc.) podrán llevarse a cabo sin imprimir el documento en papel y sin necesitar almacenar físicamente los documentos. La búsqueda de documentos, claro está, también se simplifica enormemente, puesto que ya sólo hay que buscar el documento en el ordenador.
De este modo, vemos que este tipo de firma tiene dos claras ventajas, el ahorro y el cuidado del medioambiente.
Sin embargo su valor probatorio es reducido y deben aplicarse técnicas de seguridad adicionales que permitan dotar de cierto valor probatorio a las evidencias almacenadas con este procedimiento.
Ventajas de la firma electrónica escrita
Mediante la firma electrónica escrita se suprime el choque de medios, o dicho de otra manera, se evita el papel.
Esta firma es intransferible, la firma electrónica escrita es una forma de identificarse que al contrario de las contraseñas no se puede robar ni olvidar.
- La firma es un acto voluntario.
- El proceso de la firma es reconocido por todos y da constancia de un acuerdo voluntario.
- El firmante no tiene que solicitar un certificado a ninguna entidad de certificación para poder utilizar la firma electrónica simple escrita.
- La firma registrada mediante dispositivos de firma electrónica escrita puede ser examinada sin ningún problema por un grafólogo.
Sin embargo una firma recogida en uno de estos aparatos puede utilizarse para vincularla a documentos diferentes de los que cree el firmante, por lo que el entorno de presunción es de escaso valor.
Para la firma electrónica son necesarios
El pad para la firma electrónica, capaz de registrar el trazado de la firma escrita y todos sus aspectos, tales como tiempo, presión y trazado.
También es necesaria una aplicación capaz de codificar la firma electrónica de modo seguro y asimétrico en un documento electrónico con validez ante el juez.
El sistema utilizado tendrá que ser capaz de captar la firma escrita de modo que, en caso de juicio, el grafólogo pueda verificar su autenticidad, y otros peritos determinar que se obtuvo y se almacena en un sistema seguro que impide la manipulación.
Enlaces externos
Proveedores de dispositivos y aplicaciones para la firma electrónica escrita:
Más información sobre la firma electrónica simple:
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