- Impuesto de la tenencia o uso de vehículos
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El impuesto de tenencia, uso de vehículos o circulación es un impuesto asociado a la tenencia o uso de vehículos. El impuesto con diferentes denominaciones existe en varios países entre ellos México y España.
Dicho impuesto es cobrado a los propietarios de vehículos automotores (automóviles, ómnibus, camiones y tractores no agrícolas) con independencia del uso que hagan y ya sean los vehículos de fabricación nacional o importados.
En México, es cobrado por el gobierno federal a través de los estatales en los primeros tres meses de cada año y van a parar a las arcas estatales y municipales. En España es cobrado por la administración local, es decir, por los ayuntamientos.[1]
- Impuesto de tenencia (México) -
Contenido
Como se calcula
El impuesto se calcula con base en las características del vehículo, tales como son el modelo, marca, año (de fabricación), versión (presentación) y precio del mismo, mediante el uso de tablas y aplicación de porcentajes que se actualizan anualmente. Este gravamen disminuye según la antigüedad del vehículo de forma tal que los vehículos de 10 años de haber sido fabricados o más antiguos están exentos de este impuesto. Se aplican sanciones a quienes no paguen dicho impuesto.
Situación actual
Actualmente se cobra con base en la Ley del impuesto sobre tenencia o uso de vehículos, la cual fue reformada por última vez en el 31 de diciembre de 1999. Ha sido tema de campaña política tanto por parte de candidatos presidenciales como de aspirantes a gubernaturas, que en más de una ocasión han propuesto que la ley del impuesto sobre tenencia y uso de vehículos sea abrogada, siendo el caso más reciente el del ahora presidente Felipe Calderón Hinojosa. En el año 2005, la Suprema corte de justicia de la nación, emitió una resolución en la que se considera que dicho impuesto no viola precepto alguno de la constitución, por lo que es totalmente legal.[2] El 14 de marzo de 2006, en una nota publicada por los periódicos del país se informó que el gravamen representaba el 1.6% de la recaudación total de impuestos (aproximadamente 13 mil millones de pesos) que van a dar a las arcas estatales y municipales; la subsecretaria de Industria y Comercio de la Secretaría de Economía, Rocío Ruiz Chávez, dijo que la tenencia no podría suprimirse mientras no se tengan recursos económicos para destinarlos a los estados y tendrá que mantenerse un impuesto sobre los vehículos...
Recientemente por decreto presidencial la tenencia desaparecerá oficialmente el 31 de diciembre del 2011.
Impuesto de circulación (España)
En España el nombre oficial de este impuesto es impuesto de vehículos de tracción mecánica, conocido comúnmente por el nombre simple de impuesto de circulación. Dicho impuesto debe abonarse en el ayuntamiento de la localidad donde se matricule el vehículo. Afecta tanto a vehículos nuevos como a vehículos de segunda mano. El hecho de que dicho impuesto esté transferido a la administración local ha provocado que cada ayuntamiento fijo su cuantía llegando a haber grandes variaciones en todo el territorio nacional, lo cual ha sido una fuente continua de polémicas[4]
La justifiación usual del impuesto es que la posesión y circulación de un vehículos produce externalidades negativas, que en principio deben ser compensadas mediante gastos por parte de la administración local. Sin embargo, en el cálculo de la cuantía del impuesto generalmente no se tiene en cuenta el impacto o huella ecológica producida por el vehículo, tal como sugiere la justifación del impuesto.
Referencias
- ↑ [ http://www.todoexpertos.com/categorias/humanidades/derecho/respuestas/1377704/impuesto-de-circulacion-espana Impuesto de circulación (España)]
- ↑ Semanario Judicial de la Federación. SCJN Suprema Corte de Justicia de la nación
- ↑ ¿Qué es la tenencia vehicular? (Noticia del periódico el Universal) [1]
- ↑ lasprovincias.es 09/04/2008, El impuesto de circulación varía hasta un 300% entre diferentes municipios
Enlaces externos
Categorías:- Impuestos
- Derecho de México
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