Isla Redonda-La Aceñuela

Isla Redonda-La Aceñuela

Es una Entidad Local Autónoma, antigua pedanía de la localidad sevillana de Ecija, en la comunidad autónoma de Andalucía, España.

Contenido

Datos básicos

  • Tiene 480 habitantes
  • Dista 110 kilómetros de Sevilla. Está a una altitud de 155 msnm .

Estructura urbana

La estructura urbana se divide en dos núcleos de población: La Aceñuela, el más pequeño, en el extremo noroeste; e Isla Redonda, que es el núcleo más importante, en el extremo sureste. A lo largo de sus 2 kilómetros de longitud de un extremo a otro, se extienden las casas diseminadas, paralelas al río Genil.

Restos arqueológicos

La zona más importante, en cuanto a restos aparecidos para estudios arqueológicos es la zona situada en el cerro de Alhonoz, en el cual aún permanecen restos de una fortificación de época árabe. Alrededor de la misma, también se excavaron, entre los años 70 y 80 del siglo XX, restos de un poblado prerromano. En varios puntos, ya en la vega del genil, en el mismo núcleo urbano, fueron excavados distintos puntos, hoy ya desaparecidos los rastros de dichos trabajos.

Fortaleza Árabe de Alhonoz

El significado de la palabra Alhonoz es último bastión o última frontera'. Su nombre aparece por primera vez en las divisiones administrativas que hicieron los árabes, y en los primeros amojonamientos llevados a cabo entre Écija y Estepa.

Durante el gobierno de los Emires, el acceso a Córdoba se flanqueó, de trecho en trecho, de mediados y pequeños castillos que sirvieran de morada y defensa a las patrullas armadas que atendían a la seguridad de las comunicaciones por todos su recorrido, manteniendo estos caminos libres de salteadores y gentes peligrosas. Este es el origen de la fortaleza árabe de Alhonoz que estaría en comunicación con la Calzada de Al-Rasif y otros caminos que comunicaban Écija y Córdoba con las costas mediterráneas.

Reseña histórica

El establecimiento de la Colonia Augusta Firma, hacia el año 14 a. C., en el solar de la vieja ciudad de Astigi, supuso un cambio radical en el sistema organizativo y de explotación del territorio. De la población agrupada en aglomeraciones urbanas o cortijos fortificados (turres), desde donde se controlaba la explotación de los campos realizada en muchos casos por una población sometida en régimen de semilibertad, se pasa a otra que progresivamente controla la explotación de las fincas o fundi, asignados tras la parcelación colonial del territorio, desde la villa o centro de una explotación agrícola familiar, cuyos dueños vivían la mayor parte del año en centros urbanos o en aglomeraciones rurales (vivi).

El arranque de esta nueva forma de explotación y gestión del territorio del término municipal astigitano parece adquirir el carácter de fenómeno dominante en la época de Augusto, si bien será durante el reinado de Claudio y gracias a su política de mejora de abastecimiento de Roma y del ejército (que incluiría compras masivas de aceite), cuando proliferen a lo largo del río Genil las villas.

Concretamente el actual enclave de Isla Redonda se convierte a mediados del siglo I en una villa, que prolongará su existencia al menos hasta el siglo V. Esta continuidad parece desprenderse de los datos suministrados por los tres yacimientos hasta ahora catalogados, donde abundan los vestigios romanos de tégulas, ímbrices, laterculi, trozos de mármol, fragmentos de sigillata sudgálica y clara y monedas englobadas en las emisiones de Claudio y de Honorio.

En el transcurso de la primera mitad del siglo V, la degradación del comercio interprovincial hasta niveles testimoniales, el desgajamiento de la Bética de la estructura estatal imperial y la presencia de poderosas aristocracias terratenientes - que consideraban a la ciudad como marco ideal y necesario para dar rienda suelta a sus deseos de prestigio social e instrumento útil de dominio sobre las masas dependientes-, hicieron de Astigi un centro político independiente controlador de buena parte del valle del Genil, dentro de la que quedarían englobados y mediatizados tanto los centros urbanos de menor importancia como las aglomeraciones rurales.

Algunas de estas villas, aglomeraciones y núcleos urbanos desaparecieron durante el siglo V, mientras otras lograron sobrevivir al invasor vándalo, visigodo y árabe. Se desconoce la suerte que corrió la zona de Isla Redonda-La Aceñuela y sólo la realización de futuras excavaciones arqueológicas permitirán conocer la evolución de su población en este periodo.

De todos modos, al efectuarse en el siglo XIII el Repartimiento de la villa de Écija y su término, el campo astigitano ofrecía un aspecto de abandono y de desolación generalizados. El texto del Repartimiento abunda en referencias indirectas a esta situación que, según parece, venía de muy atrás. En cualquier caso, muchas destrucciones parecen más recientes y arrancan, por lo menos, desde los inicios de la crisis del imperio almohade en 1224. Desde entonces hasta 1.240 el término de Écija fue recorrido por los ejércitos de los gobernadores almohades de Sevilla, del rey de Baeza, del caudillo murciano Ibn Hud, y, por supuesto, del rey de Castilla, provocando la ruina y despoblación de sus alcarías y aldeas. La situación se agravaría en 1.262-1.263 como consecuencia de la expulsión parcial de los mudéjares ordenadas por Alfonso X.

De todos los antiguos núcleos de población existentes en el dilatado término de Écija sólo quedaban en pie Alhonoz, Turullote y Alhocen, lugares que no fueron objeto de reparto porque todavía estaban poblados. Las restantes aldeas y alcarías estaban ya despobladas.

La zona objeto de reparto más próxima al actual enclave de Isla Redonda-La Aceñuela dio origen a dos aldeas, denominadas La Guarda o Atalaya de Montomonte y Fuente de la Higuera o Fuentidueña. La primera, identificada con la Atalaya de don Rodrigo fuere partida entre once beneficiarios, en lotes de tres y cuatro yugadas, por un total de cuarenta yugadas, se dieron veinte aranzadas para aldea y doscientas para dehesa. En la segunda, recibieron donadíos seis personas, entre las que se repartieron dieciséis yugadas, se dieron 4,5 aranzadas para aldea y veinticinco aranzadas para dehesa.

Las aldeas del Repartimiento, herederas en muchos casos de antiguas alcarías abandonadas en el siglo XIII a causa de la guerra, se pensaron como base de pequeños núcleos rurales llamados a ser el embrión, cuando las circunstancias lo permitiesen, de aldeas, entendidas como caseríos, donde se asentase la futura población campesina. Una auténtica comunidad de villa y tierra, según el modelo castellano, en donde Écija actuaría como la gran villa de la comarca, ejerciendo su influencia jurídica y administrativa, política y militar, social y económica sobre un conjunto de aldeas ricas y bien pobladas, una vez desaparecida la frontera granadina.

La desolación y el abandono del término, iniciada con la expulsión mudéjar de 1262-1263, se agravó con las algaradas benimerines y granadinas de finales del siglo XIII, lo que motivó la ruina del proyecto astigitano. Tan sólo tres - Arenales, La Monclova y San Pedro- de las 32 aldeas establecidas en el Repartimiento llegaron a consolidarse definitivamente en el siglo XIV y no sin grandes dificultades. Las iniciativas repobladoras del concejo, que entendía que la base de municipios ricos y poderosos se encontraba en el disfrute de términos fértiles, desde luego, pero sobre todo poblados, no fueron compartidas por los beneficiarios de donadíos que se desentendieron muy pronto de atraer colonos y aparceros para las tierras que habían recibido. La comunidad de villa y tierra de Écija tendría que esperar mejores condiciones fronterizas o , en el mejor de los casos, circunscribirse únicamente a las tierras próximas al ruedo urbano.

La ruina de la comunidad de villa y tierra de Écija era una realidad constatada documentalmente ya a comienzos del reinado de Alfonso XI. Más allá del ruedo urbano la organización social del espacio astigitano era muy escasa. Se conocían y se frecuentaban los montes y los pastos para el ganado, incluso las cañadas de las mestas locales, pero el paisaje de jara y matorral estaba muy poco modificado, sin duda por su cercanía a la frontera. Esta situación continuó vigente durante todo el siglo XIV y al menos hasta la conquista de Antequera en 1410.

Habrá que esperar a un avanzado momento del siglo XV para que se constituyan Isla Redonda y La Aceñuela, topónimos alusivos respectivamente al cerrado meandro que el Genil describía en su curso y a la existencia de una reducida aceña. Isla Redonda y La Aceñuela se convertirán, a finales del citado siglo, en unas explotaciones agrícolas, de límites y extensión muy difíciles de precisar. Los Reyes Católicos, por carta fechada en Almazán, a 8 de julio de 1496, concederán a su secretario Francisco de Madrid "aceñas y tierras de regadío" en Isla Redonda, siendo ésta la primera referencia documental conservada sobre tal donadío.

El proceso de colonización de la zona se intensificará progresivamente en el siglo XVI, gracias a la mano de obra procedente de la vecina Puente de don Gonzalo (Puente Genil). Estos labradores foráneos se verán además beneficiados, en 1579, con la oportuna licencia del concejo de Écija para introducir su ganado en la dehesa del cortijo de Isla Redonda, siempre bajo la puntual y estricta observancia de las sentencias dictadas por los jueces de términos y del ordenamiento jurídico municipal ecijano que regulaba la actividad agropecuaria.

Se ignora si los contratos agrarios suscritos para la explotación de estas tierras fueron simples "contratos de servicios" o si adquirieron la forma jurídica de arrendamiento, aparcería o censo, extremo que sólo podrá confirmarse tras el estudio de las Actas Notariales. No olvidemos que el Derecho del Antiguo Régimen era relativamente flexible , por lo que, en este periodo, se dan unas variadísimas posibilidades jurídicas que proporcionan la adecuación de los mecanismos legales a una multiplicidad de situaciones. Sin embargo, la aludida referencia de permitirse a los labradores la entrada de ganado propio en la dehesa del cortijo, inclina la balanza a favor de una modalidad de contrato en el que la tierra tendría una participación directa, en detrimento de la mera prestación de servicios.

La tierra cultivada en los cortijos de Isla Redonda y la Aceñuela era aprovechadas en el siglo XVI de diversas formas. Junto a una pequeña zona de regadío por norias -inmediata al Genil-, queda constatado el cultivo de trigo y cebada, siguiendo la técnica de "año y vez", aunque carecemos de datos sobre el rendimiento agrícola. Los mismos cultivos se mantienen a mediados del siglo XVIII, fecha en que se elabora el famoso Catastro de Ensenada, que nos permite realizar un estudio más detallado de ambos predios rústicos.

En base a esta fuente, sabemos que el cortijo de La Aceñula tenía , en 1751, una extensión superficial cultivada de 420 fanegas ( 270 ha 43 a y 80 ca) de las que 315 pertenecían al Marqués de Cullera y Duque de Argete -como heredero del vínculo formado por Alonso de Zayas Guzmán- y las restantes 105 eran propias de Antonio Laso - heredero del vínculo fundado por Beatriz Fajardo-. De esta extensión total cultivada, 6 fanegas y 12 celemines eran tierra de huerto de primera calidad, dedicada exclusiva e ininterrumpidamente (sin barbecho alguno) a la producción de cebada, el resto era tierra de secano, que producía cada tres años una cosecha de dos tercios de trigo y uno de cebada y semillas. Los barbechos, por lo tanto, para estas fechas eran de tipo semillado, es decir, no quedaban infructíferos, sino que eran aprovechados mediante la siembra de garbanzos, alberjones o yeros; al mismo tiempo que se beneficiaba así la tierra, se obtenía de ella un rendimiento supletorio y lucrativo.

El Marqués de Cullera y duque de Argete poseía además en el mismo pago de La Aceñuela, 2 pilas de batán y 4 piezas de regadío, 5 de aranzadas (2 ha 23 a y 60 ca) con cada una, con sus correspondientes norias. Cada una de estas cuatro piezas constaban de 3 aranzadas de tierra de primera calidad dedicadas a hortalizas; 1,5 aranzadas de segunda calidad, poblada de arboleda frutal y moreras; y la media aranzada restante en tierra de secano de segunda calidad, que producía cada dos años una cosecha de dos partes de trigo y una de cebada.

En 1.751, el cortijo de Isla Redonda, propiedad e la Marquesa de Rivas, poseía un extensión cultivada de 817 fanegas (526 ha 6 a y 63 ca). De éstas, 337 fanegas y 5 celemines figuran como tierra de secano de primera calidad, 300 de segunda y 123 de tercera, que producían cada tres años una cosecha de dos tercios de trigo y uno de cebada y semillas (garbanzos, alberjones o yeros); 12 fanegas y 7 celemines eran de tierra de huerto de primera calidad, dedicado exclusivamente e ininterrumpidamente a cebada; 15 fanegas se hallaban dedicadas a pastos y las 29 restantes eran fructíferas por naturaleza.

El Catastro de Ensenada pone de manifiesto que sobre el cortijo de La Aceñuela se hallaban establecidos dos vínculos, cuya fundación bien pudo realizarse en el siglo XVI. Como se sabe, los bienes vinculados debían conservare íntegros en la familia, sin que pudieran ser objeto de enajenación total o parcial. Su carácter de indivisibilidad suponía, por un lado, que sólo el heredero con mejor derecho a la sucesión podía disfrutar de estos bienes en detrimento de los demás miembros de la familia y y por otro lado, que el nuevo tenedor no podía disminuir en ningún caso el patrimonio vincular, sino que, por el contrario, debía conservarlo íntegro o, en su caso, ampliarlo. El titular del vínculo disponía de las rentas y no de los bienes que las producían, es decir, se beneficiaba tan sólo de los frutos rendidos - las "rentas, pechos e derechos" que recogían los documentos fundacionales- sin poder disponer de su valor.

El cortijo de La Aceñuela, como propiedad cincundada, se mantenía en 1819 en manos de Alonso Laso y de la duquesa de Argete. El catastro que se elabora en el citado año revela escasas variaciones respecto al de Ensenada; la superficie cultivada era de 418 fanegas de secano (66 ha 96 a y 56 ca) pertenecientes a Alonso Laso y 314 (202 ha 18 a y 46 ca) a la duquesa de Argete; ésta última poseía también 4 huertas de primera clase en el pago de La Aceñuela, con una extensión total de 24 aranzadas y 508 estadales (11 ha 20 a y 7 ca). Por su parte, el cortijo de Isla Redonda, con 819 fanegas de campiña (527 ha 35 a y 41 ca), seguía siendo patrimonio del titular del marquesado de Rivas.

La explotación de estas fincas era realizada a través de arrendatarios. En concreto, el cortijo de Isla Redonda estaba arrendado a José Melgar, vecino de la Puente de Don Gonzalo; el de La Aceñuela, a José Quintín León Vázquez, vecino de Herrera; y las cuatro huertas del pago, a Antonio Albarrán y otros.

Partiendo de la base de que la delimitación territorial es, junto con el sistema organizativo y la población, uno de los elementos fundamentales definidores del municipio, es lógico que al concejo de Écija , en el año 1848, tras finalizar la segregación de terrenos y su repoblación (procesos a los que la comarca se había visto sometida desde la segunda mitad del siglo XVIII), dividiese de los predios rústicos del término en 69 pagos. Los cortijos de Isla Redonda y La Aceñuela quedaron englobados en el denominado Pago de Don Rodrigo. El referido pago se iniciaba en el ángulo que la cañada de las Quebradas forma con el río, al que seguía por sus márgenes hasta llegar al término de Estepa, continuaba por la divisoria de este término con el de Écija y enlazaba nuevamente con las Quebradas, a través de las tierras del cortijo de Pontifuera.

Pese a este interés manifiesto del concejo de Écija en el siglo XIX por su realidad territorial, plasmado asimismo en la elaboración de un mapa de usos del suelo y en la instrucción de numerosos expedientes de deslindes del término y de sus caminos y cañadas, habrá que esperar al año 1.909 para que se realice otro catastro.

El catastro de 1909 es, en realidad, una refundición de los amillaramientos practicados desde 1.870 por los conceptos de rústica y pecuaria. En él se aprecian los efectos de las "leyes de abolición de vínculos y mayorazgos" de 11 de octubre de 1820, de 30 de agosto de 1836 y de 19 de agosto de 1841. así como los derivados de la aplicación de las nuevas técnicas agrícolas ( reducción de la superficie cultivada). El cortijo de Isla Redonda era en estos momentos propiedad de Rafael Machuca Moreno, que dedicaba 198 fanegas y 6 celemines a campiña (127 ha 81 a y 41 ca); el de La Aceñuela pertenecía a Juan Fernández Fernández, que destinaba 456 fanegas a campiña (293 ha 61 a y 84 ca), 4 a huerta (2 ha 57 a y 56 ca) y 7 aranzadas a olivo (3 ha 13 a y 4 ca).

Ambos cortijos eran explotados, en régimen de arrendamiento, por colonos naturales de Herrera, de El Rubio y, sobre todo, de Puente Genil. Concretamente, en 1903, se hallaban establecidas 28 familias (7 en La Aceñuela y 21 en Isla Redonda), que constituían el núcleo poblacional de 148 habitantes.

La dinámica observada desde el último cuarto del siglo XIX , en torno a la reducción progresiva de la superficie cultivada, cobra intensidad a mediados de nuestro siglo. En 1949, las tierras de La Aceñuela-Isla Redonda pertenecían a Tomasa y Dolores Fernández Romero, que dedicaban 29 ha, de su superficie total y 74 ha, 10 a y 1 ca a cereal. La explotación era realizada por arrendadores, que pudieron acceder a la posesión legítima de parcelas tras el fallecimiento de las referidas propietarias.

El catastro de 1954 revela que La Aceñuela -cuya superficie total ascendía a 342 ha 2 a y 75 ca- había sido dividida en 66 parcelas y que Isla Redonda -con una extensión de 489 ha y 47 a- lo había sido en 95. Un año más tarde, en 1955, se hallaban censados en la zona de estudio 479 vecinos.

Por último, sólo señalar que la importancia numérica alcanzada por el asentamiento humano en 1955, así como su lejanía de la ciudad, fueron determinantes para su constitución en pedanía. En la sesión plenaria de 28 de junio de 1956, se procedió al nombramiento de un alcalde de barrio, que pronto se vio auxiliado en sus funciones por un policía municipal.

Bibliografía

  • EXLMO. AYUNTAMIENTO DE ÉCIJA.
  • CHIC GARCÍA, Genaro. "El comercio del aceite de la Astigi romana". Actas- I Congreso de Historia de Écija. Écija 1.989
  • DURÁN RECIO, Vicente. y PADILLA MONGE, Aurelio. Evolución del poblamiento antiguo en el término municipal de Écija. Écija 1.990
  • GONZÁLEZ JIMÉNEZ, Manuel. "Repoblación y repartimiento de Écija". Actas- I Congreso de Historia de Écija. Écija 1.989
  • MARTÍN OJEDA, Marina. Ordenanzas del concejo de Écija (1.456-1.600). Écija 1.990

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