- Islas de las Lechiguanas
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Las islas de las Lechiguanas (del quechua lláchiwána: avispa que produce miel[1] [2] [[3] ) son un archipiélago fluvial del delta del río Paraná en la República Argentina. Forman parte del Departamento Gualeguay en el sur de la Provincia de Entre Ríos, en el límite con la Provincia de Buenos Aires.
El decreto 1082/2002 MGJ del 21 de marzo de 2002 creó el centro rural de población de Islas Las Lechiguanas, pero la junta de gobierno no fue constituida.[4] En las elecciones de 2007 los electores de las Lechiguanas votaron para elegir a la junta de gobierno de Punta del Monte.
Características
Este grupo insular que abarca unas 250.000 ha, comienza frente a la ciudad de San Nicolás de los Arroyos y está delimitado por el río Paraná al sur y por uno de sus brazos al noroeste, el río Paraná Pavón, el cual luego de recibir las aguas del río Gualeguay toma el nombre de río Paraná Ibicuy, que constituye el límite noreste, convergiendo luego con el cauce principal del Paraná.
Debido a que las islas se han formado en una planicie fluvial por la deposición permanente de sedimentos trasladados por el río Paraná, su tamaño y forma fluctúa continuamente, dependiendo también de las variaciones estacionales del caudal del río. Es un lugar de difícil acceso y con escasa población estable, sin núcleos urbanos, atravesado por arroyos y esteros. En parte se utiliza para la cría de ganado.
Entre los brazos internos del grupo insular se hallan los arroyos: Lechiguanas, del Tala, Lobitos, Tigre, de los Lobos y Francés.
Las islas están sujetas a frecuentes incendios forestales, que en 2008 han causado días de intenso humo sobre la ciudad de Buenos Aires.
Litigio por su posesión
El 18 de diciembre de 1888 el gobierno de la Provincia de Buenos Aires dictó el Decreto Reglamentario de la Ley sobre Venta de Terrenos de Islas, estableciendo 6 secciones insulares y disponiendo la mensura de las islas:
Art. 1. Procédase á la mensura general de dichos terrenos, á cuyo efecto se subdividirán en seis secciones.
5.a Sección— Las situadas entre el Paraná de las Palmas, desde la boca del río Baradero, Paraná-Guazú. Paraná-Pavón, riacho de las Lechiguanas, Paraná de las Palmas y río Baradero.
Art. 6. Los Agrimensores formarán un catastro de las poblaciones existentes, levantando al efecto una información sumaria de testigos. Deberán proyectar igualmente y proponer á la aprobación del P. E. la división más conveniente de las Islas, para anexarlas á los partidos existentes, así como la formación de dos ó más, nuevos, en las mismas Islas.
6.a Sección— Las islas situadas entre el Paraná de las Palmas, riacho de las Lechiguanas, Paraná-Pavón y Paraná de las Palmas.Debido a que la mensura se llevó a efecto en las islas de las Lechiguanas, el 31 de julio de 1891 el Gobierno de Entre Ríos efectuó un reclamo sobre ellas considerándolas en su jurisdicción. Al ser ocupadas por la Policía Bonaerense, Entre Ríos reclamó ante el Ministro del Interior (Indalecio Gómez) del Gobierno nacional, por lo que el presidente Roque Sáenz Peña exigió el retiro de las fuerzas policiales bonaerenses. En 1892 el gobierno de Entre Ríos ordenó a los jefes policiales de Gualeguay y Gualeguaychú que se opusieran a las mensuras. Para llegar a un acuerdo, en 1898 el Gobierno de Entre Ríos designó a Enrique Carbó Ortíz y en 1902 Buenos Aires designó a Federico Pinedo.
En 1902 se llegó a un acuerdo, el Convenio Carbó-Pinedo, que establecía el canal de navegación del Paraná como el límite interprovincial. Entre Ríos aprobó el convenio mediante una ley del 5 de enero de 1903, quedando en posesión de las islas y dispuso que se sometiera al Congreso Nacional de acuerdo al inciso 14 del artículo 67 de la Constitución Nacional. Sin embargo, el convenio fue rechazado por un decreto del gobernador de Buenos Aires el 29 de abril de 1910.[5]
El 28 de enero de 1944 el Instituto Geográfico Militar dictaminó que el límite entre ambas provincias debía ser el Paraná propiamente dicho y no ninguno de sus brazos, es decir, el canal de navegación. El 11 de noviembre de 1959 se firmó un convenio por los gobernadores de ambas provincias (Oscar Alende por Buenos Aires y Raúl Lucio Uranga por Entre Ríos), ratificando el límite en los ríos Paraná y Paraná Guazú, aprobado por la Legislatura entrerriana el 28 de noviembre de 1961 (ley 4445), ratificado por Buenos Aires por ley 7260/66 y puesto en vigencia por la sanción y promulgación del decreto-ley nacional N° 7260 del 13 de diciembre de 1966, posteriormente ratificados por medio de la ley nacional N° 18000 por tratarse de aprobaciones producidas durante regímenes de facto.[6]
Aún en la segunda mitad de la década de 1960 algunos terratenientes pretendían que las Lechiguanas eran parte de la provincia de Buenos Aires y pretendían polderizar a estas islas para sumarlas antiecologicamente al área ganadera vacuna de la Pampa húmeda.
La mitad este se integró efectivamente al Departamento Gualeguay y la oeste al Departamento Gualeguaychú, pero décadas más tarde todo el archipiélago pasó al Departamento Gualeguay.[7]
Referencias
- ↑ Folklore del norte
- ↑ Revista iberoamericana. Números 27-28. Pág. 174. Editor: Instituto internacional de literatura iberoamericana, 1948
- ↑ http://www.bibliotecacta.org.ar/bases/pdf/BIT02466.pdf LA VOZ DE LOS PUEBLOS ORIGINARIOS EN VOS. Prof. LUCAS, Marcela]
- ↑ Creada por decreto 1082/2002 MGJ del 21 de marzo de 2002
- ↑ Son de Entre Ríos las islas "las Lechiguanas." Autor: Instituto "Martiniano Leguizamón." Eduardo Francheri Lopez, Aníbal S. Vásquez. Publicado por Talleres gráficas "Nueva impresora," de Brest & Viñas París, 1949
- ↑ Encarta
- ↑ Revista del Instituto Geográfico Militar. Pág. 71. Escrito por Instituto Geográfico Militar (Argentina). Publicado por el IGM en 1987
Coordenadas:
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