- Muerte civil
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La muerte civil consiste, en general, en la pérdida de los derechos civiles. Supone la pérdida para una persona de su personalidad jurídica, que importa la privación general de sus derechos. La persona deja de ser considerada viva a efectos jurídicos, aun mucho antes de su muerte real. Es considerada una ficción jurídica.
La muerte civil puede ser aplicada como una pena accesoria a personas condenadas a prisión perpetua o que vayan a ser objeto de la pena de muerte. También ha sido aplicada a las personas que ingresan al clero, consagrándose a la vida religiosa.
Contenido
Historia
Antigua Grecia
En la Antigua Grecia, la muerte civil era una sanción que provocaba que, a efectos jurídicos, se consideraba muerta o inexistente a la persona a la que se aplicaba, aunque estuviera viva. En la práctica, era el equivalente al destierro, ya que la ciudad dejaba de proteger a la persona condenada y cualquiera podía causarle daño impunemente.
Edad Media
Los enfermos de lepra podían ser considerados como civilmente muertos. Pero, en este caso, no era una sanción, sino una resolución a efectos legales, en beneficio de los herederos.
Los condenados a cadena perpetua podían ser considerados como si estuviesen muertos, a varios efectos legales, por ejemplo, por lo relativo al Derecho sucesorio.
Derecho francés
Los condenados a trabajos forzados a perpetuidad eran considerados como si estuviesen muertos a efectos de herencia, si habían hecho testamento quedaba anulado, y su cónyuge era considerado como si estuviese viudo.
Desaparición forzada
El decreto nazi Noche y Niebla (Decreto Nacht und Nebel) y los casos de desaparición forzada, llevaban implícita la pérdida de todos los derechos civiles.
Anarquismo
La muerte civil, en el Anarquismo, tiene bastante cercanía con el destierro, pena máxima en las comunas libertarias –debido a que no existirían ni castigos físicos ni prisión–, ya que nadie tiene por qué aceptar las normas de una comunidad, pero si no las acepta debe ir a otro sitio.
Según la propuesta de Derecho anarquista, las comunas son autónomas. Pueden tener normas diferentes y federarse libremente. El que no se encuentre bien en una comuna, se va a otra, que sea más a su gusto sin ningún otro problema.
Abolición
La muerte civil subsistió en muchos países hasta mediados del XIX, e incluso del siglo XX.
Con el tiempo diversas legislaciones la han eliminado, por varias razones. Entre otras, porque sus efectos eran padecidos no sólo por el muerto civil, sino también por su cónyuge y sus hijos.
La muerte civil fue abolida:
- En 1831 en Bélgica.
- En 1854, en Francia.
- En 1906, en Quebec.
- En 1943, se derogó la muerte civil en el Código Civil de Chile, figura que se aplicaba a los religiosos.
Bibliografía
- Doucet-La loi pénale, III-238
Categoría:- Términos jurídicos
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