- Orden del Mérito Naval
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Medalla de España con objeto de recompensar a los miembros del Ejército y la Guardia Civil y otras personas civiles la realización de acciones y hechos o la prestación de servicios de destacado mérito.
Definida por el mismo Real Decreto que la Orden del Mérito Militar. La Orden del Mérito Naval tiene por objeto recompensar y distinguir individualmente a los miembros de las Fuerzas Armadas y del Cuerpo de la Guardia Civil, por la realización de acciones y hechos o la prestación de servicios de destacado mérito o importancia, así como al personal civil por sus actividades meritorias relacionadas con la Defensa Nacional. Estas acciones y hechos deberán estar relacionadas con la Armada para su concesión.
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Cruz
Para oficiales, suboficiales y tropa y el personal civil que no tenga el rango suficiente para obtener la Gran Cruz. Las Cruces del Mérito Naval, que serán en forma de cruz latina llevarán en su anverso un ancla centrada en los brazos verticales. Se concederán:
- Con distintivo rojo: Se concederán a aquellas personas que, con valor, hayan realizado acciones, hechos o servicios eficaces en el transcurso de un conflicto armado o de operaciones militares que impliquen o puedan implicar el uso de fuerza armada, y que conlleven unas dotes militares o de mando significativas. Será esmaltada en rojo y llevará el ancla en oro. Penderá de una cinta roja con lista amarilla en el centro de ancho igual a un octavo del ancho total de aquélla.
- Con distintivo azul: Se concederán por acciones, hechos o servicios extraordinarios que, sin estar contemplados en la sección 1.ª de este capítulo, se lleven a cabo en operaciones derivadas de un mandato de las Naciones Unidas o en el marco de otras organizaciones internacionales. Esmaltada en blanco con pasadores azules en los brazos horizontales y el ancla en azul. Pende de una cinta con los colores nacionales en la misma disposición que tienen en la bandera, con cantos azules de dos milímetros de ancho.
- Con distintivo amarillo: Se concederán por acciones, hechos o servicios que entrañen grave riesgo y en los casos de lesiones graves o fallecimiento, como consecuencia de actos de servicio, siempre que impliquen una conducta meritoria. Esmaltada en blanco con pasadores amarillos en los brazos horizontales y el ancla en azul. Pende de una cinta con los colores nacionales en la misma disposición que tienen en la bandera, con cantos amarillos de dos milímetros de ancho.
- Con distintivo blanco: Se concederán por méritos, trabajos, acciones, hechos o servicios distinguidos, que se efectúen durante la prestación de las misiones o servicios que ordinaria o extraordinariamente sean encomendados a las Fuerzas Armadas o que estén relacionados con la Defensa, y que no se encuentren definidos en las tres secciones anteriores de este capítulo. Esmaltada en blanco y llevará el ancla en azul. Penderá de una cinta con los colores nacionales en la misma disposición que tienen en la bandera.
Gran Cruz
Para oficiales generales y personal civil con un rango institucional, administrativo, académico o profesional. La Gran Cruz es una placa abrillantada de ráfagas en oro, con la cruz latina y el ancla, del correspondiente color en el centro, orlada de dos leones y dos castillos en plata, proporcionales al conjunto. Banda de seda, de los mismos colores que la cinta de la que penden las Cruces, uniéndose en sus extremos con un lazo de la misma cinta, del que penderá la Venera de la Gran Cruz timbrada de corona real, en oro, y sujeta a la banda por un aro dorado. La venera consistirá en la cruz correspondiente del mérito y distintivo concedido. Se concederán:
- Con distintivo rojo: Se concederán a aquellas personas que, con valor, hayan realizado acciones, hechos o servicios eficaces en el transcurso de un conflicto armado o de operaciones militares que impliquen o puedan implicar el uso de fuerza armada, y que conlleven unas dotes militares o de mando significativas.
- Con distintivo azul: Se concederán por acciones, hechos o servicios extraordinarios que, sin estar contemplados en la sección 1.ª de este capítulo, se lleven a cabo en operaciones derivadas de un mandato de las Naciones Unidas o en el marco de otras organizaciones internacionales.
- Con distintivo amarillo: Se concederán por acciones, hechos o servicios que entrañen grave riesgo y en los casos de lesiones graves o fallecimiento, como consecuencia de actos de servicio, siempre que impliquen una conducta meritoria.
- Con distintivo blanco: Se concederán por méritos, trabajos, acciones, hechos o servicios distinguidos, que se efectúen durante la prestación de las misiones o servicios que ordinaria o extraordinariamente sean encomendados a las Fuerzas Armadas o que estén relacionados con la Defensa, y que no se encuentren definidos en las tres secciones anteriores de este capítulo.
Véase también
Categorías:- Armada de España
- Guardia Civil
- Historia militar de España
- Condecoraciones de España
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