- Régimen matrimonial
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El régimen matrimonial, régimen económico matrimonial o régimen patrimonial del matrimonio es el estatuto jurídico que regula la relación económica en un matrimonio de los cónyuges entre sí y de éstos respecto de terceros.
El régimen económico tiene gran trascendencia sobre todo en caso de separación matrimonial, en divorcio y en derechos de tipo sucesorio (mortis causa), como son las herencias, aunque también tiene gran repercusión frente a terceros en los casos de insolvencia de alguno de los cónyuges, por lo que, si se desvía de lo establecido por defecto por la ley, habitualmente debe estar inscrito en un registro público.
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Diferentes legislaciones
En España
Los regímenes matrimoniales establecidos en el Código Civil español (derecho común) son los siguientes:
- Régimen de sociedad de gananciales. Según este régimen, al contraer el matrimonio, se forma una comunidad de bienes formada por los denominados bienes gananciales que, en caso de disolución del matrimonio, deberá ser repartida entre los cónyuges.
- Régimen de separación de bienes.
- Régimen de participación.
El sistema por defecto en España es el de la sociedad de gananciales, en las zonas de aplicación del derecho común, es decir, aquellos territorios en los que no hay implantado ningún derecho foral o tradicional especial en la materia.
En términos muy generales, sólo la compilación para Cataluña, Baleares, Comunitat Valenciana regula un régimen por defecto diferente del de gananciales, de modo que los matrimonios contraídos en estas comunidades tiene por defecto la aplicación del sistema de separación de bienes.
Por otra parte, en Aragón el régimen por defecto es el que establezcan libremente los cónyuges dentro del principio standum est chartae y, en caso de defecto de éste, será el de consorciales (diferente del de gananciales de derecho común).
Los cónyuges pueden optar, a través de las capitulaciones matrimoniales, por cambiar el régimen en cualquier momento, tanto de forma previa al matrimonio como a posteriori, optando entre los distintos regímenes.
Existen diversos motivos por los que se puede elegir uno u otro régimen económico matrimonial. Entre otros, se pueden citar:
- La diferencia entre la riqueza e ingresos de los cónyuges en el momento del matrimonio.
- La existencia de riesgo patrimonial en la profesión de alguno de los cónyuges.
- La existencia de hijos previos al matrimonio que procedan de relaciones anteriores.
En México
- Régimen de sociedad conyugal
- Régimen de separación de bienes
En Argentina
El régimen patrimonial del matrimonio en Argentina es de orden público, es decir que todos los bienes adquiridos durante el mismo son gananciales, con excepción de aquellos que provengan de herencia, legado o donación.
Categoría:- Derecho matrimonial
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