- Autoridad Ejecutiva Provisoria (1811)
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Autoridad Ejecutiva Provisoria (1811)
La Autoridad Ejecutiva Provisoria fue un organismo político designado por el primer congreso nacional que ejerció el poder ejecutivo en Chile entre el 11 de agosto y el 4 de septiembre de 1811.
Su creación fue producto del deseo de poner en practica la teoría de la división de poderes por parte del Congreso Nacional, que tenía en su poder los poderes ejecutivo y legislativo. Su instauración causó una gran controversia, puesto que la minoría patriota del congreso veía con malos ojos la formación de un organismo que reafirmaría la supremacía de sus opositores, los moderados, en el poder.
Por ello los patriotas, liderados por Juan Martínez de Rozas, intentaron por todos los medios evitar la elección de este cuerpo, incluyendo un intento de golpe de estado el 27 de julio, que resulto en un fracaso porque Juan José Carrera no se presentó como se había acordado y porque el congreso retrasó la discusión de la creación de la autoridad ejecutiva. El día 29 se retomó la discusión, que resolvió que la Autoridad Ejecutiva seria compuesta por tres miembros, con una presidencia rotatoria y con un pago de 2.000 pesos a cada miembro.
Manuel de Salas, patriota, presentó una propuesta en que se pedía una división territorial de los 3 puestos de la futura junta ejecutiva, correspondiendo dos a Santiago y uno a Concepción, pidiendo que fueran los diputados de cada una de las provincias los que eligieran a sus representantes. Ello era para elegir al doctor Rozas en la provincia de Concepción, donde los exaltados tenían mayoría.
Ante el inminente rechazo de esta propuesta, el 9 de agosto, los patriotas abandonaron el congreso nacional, acusándolos de nulidad en la representación del país. Libres de la oposición, la mayoría del congreso nombro los nombres de la junta, siendo electos Martín Calvo Encalada, Juan José Aldunate y Francisco Javier del Solar, nombrándose suplente de este ultimo a Miguel Benavente.
El 14 de agosto se redactó él reglamentó de la autoridad ejecutiva, donde se anuncia el deseo de practicar la separación de poderes y fijar los limites de cada uno. El reglamento esta compuesto por 13 artículos, en que se terminan confundiendo los poderes legislativo y ejecutivo, entregando una preponderancia absoluta al congreso nacional. Por ello, la junta funcionó más como cuerpo dependiente del congreso que de forma autónoma, no registrándose prácticamente ninguna reforma de importancia durante su existencia.
El 4 de septiembre, con el Primer Golpe de Estado de José Miguel Carrera, la Autoridad ejecutiva se disolvió, siendo reemplazado por una nueva junta de gobierno.
Miembros
Cargo Nombre Miembros Coronel Martín Calvo Encalada
Juan José Aldunate
Francisco Javier del SolarSuplente de Francisco Javier del Solar Juan Miguel Benavente Asesor letrado José Antonio Astorga Secretarios Coronel Manuel Joaquín de Valdivieso
Judas Tedeo de ReyesPredecesor:
Primer Congreso NacionalAutoridad Ejecutiva Provisoria
11 de agosto - 4 de septiembre de 1811Sucesor:
Tribunal EjecutivoCategorías: Independencia de Chile | Juntas de Gobierno de Chile | Chile en 1811
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