- Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado de Chile
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La Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado de Chile, corresponde a una de las comisiones permanentes del Senado de Chile, en la cual, cinco senadores formulan proyectos de ley referentes al tema del cual trata la comisión, en este caso, las políticas de funcionamiento interno del Congreso Nacional, del gabinete de Estado, del Poder Judicial, los procedimientos y legislaciones interiores del Estado, procedimientos constitucionales, deben velar por el buen funcionamiento de las leyes y el respeto a la Constitución, mociones que luego ser presentados en la sesión plenaria del Senado para su aprobación o rechazo de todos los senadores, que en Chile suman 38 escaños en la actualidad.
Esta comisión se formó en 1855 bajo el nombre de Comisión de Constitución y Legislación, asumiendo las materias de Reglamento en 1861. Las temáticas referidas a Justicia se adhirieron a la comisión recién en 1925, tras la promulgación de la nueva Constitución, estando conformada entonces la comisión tal como se mantuvo hasta la actualidad.
La convocatoria a sesión debe ser realizada por los respectivos presidentes de las Comisiones.
Todas las Comisiones Permanentes son grupos de trabajo integrados por 5 senadores o 13 diputados cuya función es permitir el estudio detallado de los proyectos de ley y demás materias sometidas a conocimiento de la Cámara correspondientes, usualmente se recibe la opinión de expertos en la materia de que se trate y se ofrecen audiencias a organizaciones de la sociedad civil interesadas en el tema.
Formación Actual
En el actual período legislativo actual (2010-2014), la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento está integrada por:
* Presidente de la Comisión.
Referencias Bibliográficas
Deben velar por el buen funcionamiento de las leyes y el respeto a la Constitución
Esta comision debe procurar y velar por el correcto funcionamiento de las instituciones, sobre todo las que tienen la tarea de aplicar la legislacion vigente. En un pais en donde las autoridades vulneran tus derechos y quienes deben velar por el buen funcionamiento de las leyes no lo hacen es un lugar donde no tienes derechos. Por tanto, sin derechos no hay deberes, obviamente ello es una utopia entre tantas otras. Cuando uno hace mal un trabajo, se te exige rectificarlo, cuando la Corte Suprema hace mal su trabajo lo que hace es ratificarlo y dejar afirme y afidavit sus delitos como buen prevaricador. Esta comision año tras año permanece ignorante del proceder de la Corte Suprema en los procesos de calificacion del personal del Poder Judicial e ignorante de su funcion de velar por el buen funcionamiento de las leyes. Aun asi, todos los nombrados son honorables, buenas personas y perciben su salario y beneficios.
Deben velar por el buen funcionamiento de las leyes y el respeto a la Constitución
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