- Justicia espacial
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La noción de Justicia Espacial articula la Justicia Social y el espacio. Dimensión fundamental en las sociedades humanas, la organización del espacio es la traducción geográfica de la acción social, que a su vez incide sobre las relaciones sociales (Henri Lefebvre, 1968, 1972). En consecuencia, el análisis de las interacciones entre espacio y sociedad resulta indispensable para la comprensión de las injusticias sociales y para la reflexión sobre las políticas territoriales que buscan reducirlas.
Contenido
¿La Justicia Espacial: una perspectiva espacial en la investigación de la Justicia Social?
La justicia espacial es de suma importancia ya que constituye un objetivo central en la mayoría de las políticas territoriales. Sin embargo, la justicia espacial es más un horizonte utópico que un proyecto consolidado. Sobre todo si se toma en cuenta que el numero de definiciones de “justicia”, así como de los contratos sociales que las legitiman, es considerable y que los objetivos establecidos son diversos y hasta contradictorios. Cabe añadir que el concepto mismo de justicia espacial era poco cuestionado hasta principios del siglo XX, sobre todo en Geografía, ya que se imponía como una evidencia a menudo definida a partir de la denuncia de las injusticias espaciales.[1] Las numerosas discusiones y publicaciones de estos últimos años dan muestra del interés actual que el concepto de justicia espacial suscita en las humanidades y en las ciencias sociales anglosajonas y francófonas.[2]
Dos enfoques de la justicia espacial
Es a partir de reflexión de importantes filósofos que el debate sobre la justicia espacial se han polarizado. Un primer enfoque se interesa en las implicaciones de la redistribución, el segundo por su parte concierne principalmente los procesos de decisión. Es evidente que las concepciones de la Justicia Espacial oscilan entre estas dos posturas. Sobre el primer enfoque, el trabajo de John Rawls (1971) representa un buen ejemplo. Rawls define la justicia como equidad a partir no del igualitarismo sino del valor de igualdad intrínseco a las personas. Esta concepción de la justicia, que pretende à la universalidad por la enunciación de la justicia como algo independiente de las situaciones concretas está centrada sobre la persona. En oposición, el enfoque “comunitarista” da a la justicia social une definición centrada en los derechos de las comunidades, que se traducen en los derechos de los individuos. Desde hace algunos años las humanidades y las ciencias sociales parecen revalorar al concepto de justicia espacial. Por un lado, ellas discuten sobre la existencia de modelos de distribución espacial, o sobre las mejoras socio-espaciales (distribución de las riquezas, de los servicios y de las oportunidades para las personas) y por el otro, discuten la idea de una justicia distributiva centrada en el acceso a los bienes materiales e inmateriales en las que sólo las posiciones de los actores pueden decir si su configuración es justa o no. Las ciencias sociales discuten igualmente sobre las representaciones del espacio, sobre las identidades (territoriales o no) y sobre las practicas sociales. Por ejemplo, un enfoque centrado sobre las minorías, o sobre las mujeres, puede explorar su repartición y sus practicas espaciales, pero puede sobre todo evaluar como estas son controladas y vividas por los diferentes actores, esto contribuye a evidenciar las formas de opresión probablemente disimuladas.
¿Políticas ambientales y Justicia?
El medio ambiente es otro ámbito de investigación emergente. La noción de justicia ambiental aparece en los Estados Unidos entre 1970 y 1980. Se trata de estudiar los recubrimientos espaciales dentro de las ciudades norteamericanas, las formas de discriminación racial y de exclusión, la contaminación industrial y la vulnerabilidad frente a los riesgos naturales. La emergencia de la noción de desarrollo sustentable a favorecido igualmente la reflexión sobre la justicia ambiental.
Referencias
- ↑ Ver David Harvey, Urbanismo y desigualdad social, 1992, además de la obra de Alain Reynaud, Société, Espace, Justice.
- ↑ http://www.jssj.org/
Bibliografía
- Coll., « Justice spatiale », Annales de Géographie, n°665-666, jan-avril 2009.
- Coll., “Spatial Justice”, Critical Planning, Volume 14, été 2007.
- HARVEY David, 1992 (1973), Urbanismo y desigualdad social, Siglo XXI España.
- HARVEY David, 1992, “Social justice, Postmodernism and the City”, International Journal of Urban and Regional Research, 16, 4, pp. 588-601.
- LEFEBVRE Henri, 1982 (1968), El derecho a la ciudad, Barcelona, Ed 62.
- LEFEBVRE Henri, 1980 (1972), Espacio y política, Barcelona, Ed 62.
- PIRIE Gordon, 1983, “On Spatial Justice”, Environment and planning, A 15, pp. 465-473.
- RAWLS John, 2006 (1971), Teoría de la justicia, Mexico, FCE.
- REYNAUD Alain, 1981, Société, espace et justice, Paris, PUF.
- SMITH D. M., 1994, Geography and Social Justice, Oxford, Blackwell.
- SOJA Edward W., 2000, Postmetropolis, Critical Studies of Cities and Regions, Oxford, Blackwell.
- SOJA Edward W., 2010, Seeking Spatial Justice, Minneapolis, University of Minnesota Press.
- YOUNG Iris Marion, 1990, Justice and the Politics of Difference, Princeton, Princeton University Press.
- YOUNG Iris Marion, 2000, Inclusion and Democracy, Oxford, Oxford University Press.
Enlaces externos
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