- Fuero Nuevo de Navarra
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Fuero Nuevo de Navarra o Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra es un texto legal realizado por iniciativa de la Diputación Foral de Navarra, firmado el 1 de marzo de 1973 por Francisco Franco, en el que se recogen las bases jurídicas del derecho privado de la Comunidad Foral de Navarra. La normativa se encuentra vigente en la actualidad, y en el mismo se reconoce la especificidad Foral de Navarra.[1]
Para la realización del mismo estuvieron trabajando un reducido grupo de juristas desde 1960 a 1973.[2] El texto legal es sucesor del Fuero General de Navarra o Fuero Antiguo.
Contenido
Desglose
Esta dividido en tres libros, precedido por otro preliminar:
Preliminar
En el preliminar se establecen las fuentes del Derecho Navarro:
- Ley 1: refiere que recoge el vigente Derecho Civil del antiguo Reino de Navarra, conforme a la tradición y a la observancia práctica de sus costumbres, fueros y leyes.
- Por tradición jurídica Se utilizan las siguientes y por orden: las leyes de Cortes posteriores a la Novísima Recopilación; la Novísima Recopilación; los Amejoramientos del Fuero; el Fuero general de Navarra; los demás textos legales, como los fueros locales y el Fuero Reducido; y el Derecho Romano para las instituciones o preceptos que la costumbre o la presente Compilación hayan recibido del mismo.
- Ley 2: En Navarra la prelación de fuentes de Derecho es la siguiente:
- 1. La costumbre.
- 2. Las leyes de la presente Compilación.
- 3. Los principios generales del Derecho navarro.
- 4. El Derecho supletorio.
- Ley 3: Establece que se entiende por costumbre: La costumbre que no se oponga a la moral o al orden público, aunque sea contra ley, prevalece sobre el Derecho escrito. La costumbre local tiene preferencia respecto a la general. La costumbre que no sea notoria deberá ser alegada y probada ante los Tribunales.
Libro primero
El primero trata de las personas y la familia en el que el fundamento del orden social lo sitúa en en la estructura familiar así como la unidad de la casa.
Libro segundo
En el libro segundo se asocian donaciones y las sucesiones con gran variedad de modalidad y formas casi sin solución de continuidad.
Libro tercero
El Libro tercero es el más amplio porque abarca toda la materia de los derechos reales (Títulos I-VII) y las obligaciones (Títulos VIII-XI).
Bibliografía
Referencias
Categorías:- Derecho foral de España
- Leyes de España
- Historia de Navarra
- Ley 1: refiere que recoge el vigente Derecho Civil del antiguo Reino de Navarra, conforme a la tradición y a la observancia práctica de sus costumbres, fueros y leyes.
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