- Historia del Congreso del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave
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Desde su establecimiento, las Constituciones Estatales han señalado la división de Poderes, aunque la estructura y funcionamiento del Poder Legislativo Estatal ha variado a lo largo de su historia.
Contenido
Bases legales
Las Leyes que establecen el Congreso como representante del Poder Legislativo son las siguientes:
Constitución Estatal de 1825
Los Diputados del primer Congreso Constituyente de 1824, con sede en la Sala Capitular del Ayuntamiento de la Plaza Xalapeña, dieron como resultado la primera Constitución Estatal en 1825, la cual dividía al Congreso en dos Cámaras, una de Diputados y una de Senadores. La Legislatura duraba 2 años en funciones y debía ser renovada por completo; la reelección de los Diputados y Senadores era permitida, siempre y cuando la Junta Electoral, por mayoría de las dos terceras partes de sus miembros, así lo decidía.
Debido a la inestabilidad y turbulencia que aun reinaba en el recién establecido México, se acordó el 21 de enero de 1824 trasladar los Poderes del Estado del Puerto de Veracruz a la ciudad de Xalapa.
Hacia 1830, siendo Gobernador del Estado el General Antonio López de Santa Anna, el Congreso declaró al Puerto de Veracruz como sede de los Poderes del Estado, regresando a Xalapa tres años más tarde, en 1833. En 1837 la sede de los Poderes se estableció otra vez a la ciudad de Veracruz aunque, en ese mismo año, son trasladados de vuelta a la ciudad de Xalapa, en calidad de residencia provisional.
En tiempos del Centralismo, la Sexta y Octava Leyes Constitucionales de las Bases Orgánicas de 1839 dividió el territorio nacional en veinticuatro Departamentos, uno de los cuales era Veracruz con capital en Xalapa.
Durante la Guerra de Intervención de los Estados Unidos, el Gobernador, Gral. Juan Soto, determinó que la sede de los Poderes del Estado fuera trasladada a la villa de Huatusco y luego a Misantla, Los Tuxtlas y otros lugares.
Constitución Estatal de 1848
Establece el número de Diputados como doce propietarios y seis suplentes elegidos popularmente; esta Constitución establece que el Congreso se renovaría por mitad cada dos años saliendo al final de cada bienio los Diputados con mayor antigüedad.
Constitución Federal de 1857
Con esta Constitución se establece por cada Diputado propietario un suplente por cada cincuenta mil habitantes o por una fracción que pasara de veinticinco mil habitantes; se restablece de nueva cuenta la renovación total de la Legislatura cada dos años.
Constitución Estatal de 1871
Bajo esta Constitución, para la elección de Diputados el territorio del Estado se divide en distritos de cuarenta mil habitates o por fracción que sobrepasara de veinte mil; de igual manera se establece que el Presidente de la Legislatura sería elegido de manera directa por todos los ciudadanos veracruzanos.
Máximo Ordenamiento de 1873
Elimina la elección directa del Presidente de la Legislatura.
Carta Magna de 1902
Es elevado el número de habitantes por distrito electoral a sesenta mil.
Constitución Estatal de 1917
El número de Diputados aumenta a, por lo menos, quince.
Reforma Constitucional de 2000
El Congreso del Estado se conforma por Diputados elegidos por el principio de mayoría relativa en los distritos electorales uninominales, así como de Diputados elegidos por el principio de representación proporcional; se renueva cada tres años y no puede estar formado por más de sesenta Diputados.
La LX Legislatura Estatal está compuesta por 30 Diputados de mayoría relativa y 20 de representación proporcional.
Véase también
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