- Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo
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Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo
El Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (INSHT), es un instituto de España, órgano científico técnico especializado de la Administración General del Estado que tiene como misión el análisis y estudio de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, así como la promoción y apoyo a la mejora de las mismas. para ello establecerá la cooperación necesaria con los órganos de las Comunidades Autónomas con competencias en esta materia.[1]
Contenido
Funciones y competencias
Funciones y competencias
Las competencias y funciones del Instituto son las previstas en el Artículo 8.1 de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales.
Las competencias y funciones abarcan las siguientes áreas:
- Documentación
- Normativa
- Organizaciones
- Formación
- Estadísticas
- Estudios
- Homologación / Control de Calidad[2]
1. El Instituto, en cumplimiento de esta misión, tendrá las siguientes funciones:- a. Asesoramiento técnico en la elaboración de la normativa legal y en el desarrollo de la normalización, tanto a nivel nacional como internacional.
- b. Promoción y, en su caso, realización de actividades de formación, información, investigación, estudio y divulgación en materia de prevención de riesgos laborales, con la adecuada coordinación y colaboración, en su caso, con los órganos técnicos en materia preventiva de la Comunidades Autónomas en el ejercicio de sus funciones en esta materia.
- c. Apoyo técnico y colaboración con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en el cumplimiento de su función de vigilancia y control, prevista en el artículo 9 de la presente Ley, en el ámbito de las Administraciones públicas.
- d. Colaboración con organismos internacionales y desarrollo de programas de cooperación internacional en este ámbito, facilitando la participación de las Comunidades Autónomas.
- e. Cualesquiera otras que sean necesarias para el cumplimiento de sus fines y le sean encomendadas en el ámbito de sus competencias, de acuerdo con la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo regulada en el artículo 13 de esta Ley, con la colaboración, en su caso, de los órganos técnicos de las Comunidades Autónomas con competencias en la materia.
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- 2. El Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, en el marco de sus funciones, velará por la coordinación, apoyará el intercambio de información y las experiencias entre las distintas Administraciones públicas y especialmente fomentará y prestará apoyo a la realización de actividades de promoción de la seguridad y de la salud por las Comunidades Autónomas.
Asimismo, prestará, de acuerdo con las Administraciones competentes, apoyo técnico especializado en materia de certificación, ensayo y acreditación.
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- 3. En relación con las Instituciones de la Unión Europea, el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo actuará como centro de referencia nacional, garantizando la coordinación y transmisión de la información que deberá facilitar a escala nacional, en particular respecto a la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo y su Red.
- 4. El Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo ejercerá la Secretaría General de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, prestándole la asistencia técnica y científica necesaria para el desarrollo de sus competencias.
Documentación específica que elabora el Instituto
Textos Online
- Revista del INSHT
- Erga
- Erga-FP
- Erga-Noticias
- Erga Primaria Transversal
- Guías y criterios
- Fichas de Divulgación Normativa
- Métodos de toma y análisis de muestras
- Métodos toma de muestras CQ en aire
- Degradación térmica de plásticos
- Fichas y notas prácticas
- Folletos y documentos breves
- Enciclopedia de la OIT
- Guías del monitor
- Fonoteca
- Textos disposiciones legales
Catálogo de publicaciones
- Listado global de publicaciones:
Publicaciones periódicas
- Libros
- Coleccionables
- Medios audiovisuales
- Aplicaciones informáticas
- Carteles y folletos
- Solicitud de publicaciones
Bases de datos
- Fichas Internacionales de Seguridad Química
- Valores Límite
- Documentación toxicológica
- Limitaciones uso consumo agentes químicos
- Notas Técnicas de Prevención
- Construcción[3]
Normativa que desarrolla el INSHT
Legislación
- Textos íntegros de las disposiciones
- Convenios colectivos
- Guías técnicas
- Participación en actividades de la Unión Europea
Normalización
- Participación del INSHT en grupos de normalización
- Organismos de normalización^
- Normas
Certificación
- Participación en grupos de trabajo
- Organismos notificados del INSHT[4]
Sedes del INSHT
El INSHT tiene su sede central en Madrid, c/Torrelaguna 73, donde están ubicados sus Servicios Centrales. Dispone de cuatro "Centros Nacionales" situados en Barcelona, Madrid, Sevilla y Vizcaya.
Véase
Condiciones de trabajo en España
Administración Laboral en España
Referencias
- ↑ Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo Art.8. Ley de Prevención de Riesgos Laborales España[30-1-2008]
- ↑ Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo España [30-1 2008]
- ↑ Documentación del INSHTEspaña (30-1-2008]
- ↑ Normativa del INSHT España [30-1-2008]
Enlaces externos
Categoría: Prevención de riesgos laborales
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