- Impuestos especiales
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Los impuestos especiales, accisas en su denominación comunitaria, se establecen como impuestos sobre consumos específicos, que gravan el consumo de determinados bienes además de lo que lo hace el IVA como impuesto general.
Fundamento y naturaleza
Los impuestos especiales integran una de las figuras más antiguas y de las primeras en aparecer en los sistemas fiscales más lejanos en el tiempo. Un precedente de hace varios siglos es el impuesto sobre el alcohol, integrado dentro del tributo de los millones. Sin embargo siguen jugando un papel destacado dentro de los sistemas impositivos actuales.
El gravamen sobre el consumo no puede quedar confiado de manera exclusiva a impuesto que grava de manera indiscriminada el consumo de bienes y servicios, independiente del tipo de bienes que se traten, sino que es necesaria la existencia de otros impuestos que graven de manera selectiva el consumo de bienes específicos. Los impuestos especiales cumplen la doble función de recaudar fondos para el Tesoro Público y a la vez de servir de instrumento a unas determinadas políticas, formando parte de la política sanitaria, energética, etc.
La configuración de la Unión Europea como un espacio sin fronteras lleva a que los impuestos especiales, sean impuestos armonizado a nivel comunitario, regulados por distintas Directivas comunitarias que constituyen el marco definitivo de la imposición por impuestos especiales en la Unión Europea.
Clases de impuestos especiales
- Armonizados a nivel comunitario
- Impuesto sobre el alcohol y las bebidas derivadas.
- Impuesto sobre la cerveza.
- Impuesto sobre los hidrocarburos.
- Impuesto sobre las labores del tabaco.
- No armonizados
- Impuesto sobre la electricidad
- Impuesto sobre determinados medios de transporte
Categoría:- Impuestos de España
- Armonizados a nivel comunitario
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