- Ordalía del agua
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La prueba del agua pertenecía en la Edad Media a las llamadas juicios de Dios con las que se pretendía decidir la culpabilidad o inocencia de un acusado, a menudo de brujería.
Existían dos pruebas jurídicas distintas, una con agua caliente y otra con agua fría.
Contenido
Agua caliente
La judicium aquae ferventis es probablemente la forma más antigua de juicio de Dios en Europa. La prueba aparece mencionada en algunos de los textos de leyes más primitivos (por ejemplo en Hinkmar von Reims) de Europa Central.[1]
En esta prueba, el acusado debía extraer, con el brazo desnudo, una pequeña piedra o un anillo de un caldero de agua hirviendo.
Agua fría
La judicium aquae frigidae fue introducida probablemente por el Papa Eugenio II (824-827).
En la prueba, el acusado era atado y se le descendía con una cuerda a una masa de agua mientras se repetía el rezo:[2] deja que el agua no reciba el cuerpo de aquel que, liberado del peso de la bondad, es llevado por el viento de la injusticia.
Al contrario que en el caso de la prueba de agua caliente, aquí era necesario que se produjera un milagro para declarar culpable al acusado. Si la acción seguía su curso normal, es decir el reo se hundía, era declarado inocente y se le sacaba de nuevo del agua – aunque en estos casos también se producían muertes involuntarias. Sin embargo, también hubo épocas en las que se consideraba el hundimiento del cuerpo en el agua como señal de culpabilidad.
En un misal que se encuentra en el Museo Británico,[cita requerida] uno de los partidarios del Emperador del Sacro Imperio cuenta la historia de una prueba del agua realizada en 1083, cuando la Querella de las Investiduras había alcanzado su máxima intensidad. Algunos de los principales prelados de la corte papal quisieron demostrar que el Papa tenía razón. Tras tres días de ayuno, se bendijo el agua y se echó al agua a un muchacho que debía representar al emperador Enrique IV. Los prelados se asustaron cuando el muchacho se hundió como una piedra. El Papa Gregorio VIII, tras enterarse del suceso, ordenó que se repitiera, con el mismo resultado. Luego se echó el muchacho al agua de nuevo, pero como representante del Papa. El muchacho permaneció en la superficie del agua durante las dos pruebas, a pesar de todos los intentos de hundirlo en el agua. A todos los que habían participado en las pruebas se les hizo jurar silencio.[cita requerida]
Prueba de brujas
La prueba del agua fría también se empleó como prueba para desenmascarar a brujas, al igual que otras pruebas de brujas que – a pesar de no ser reconocida oficialmente – siguieron siendo empleada en procesos a brujas.
A pesar de que la participación de religiosos en los llamados juicios de Dios se prohibió en el Cuarto Concilio de Letrán en el año 1215 y de que las pruebas iban siendo prohibidas poco a poco en los juicios civiles a partir de la Alta Edad Media, de forma que a partir del siglo XIII se empleó más y más la tortura para obtener confesiones, la prueba del agua reapareció en el contexto de la caza de brujas a comienzos de la Época Moderna. Y aunque la prueba siguió siendo rechazada por la mayoría de los juristas como indicio de culpabilidad, las creencias populares llevaron a menudo a que los mismos acusados pidieran poder someterse a la prueba del agua, ya que veían en ella una buena posibilidad de demostrar su inocencia sin tener que someterse a la tortura.
Uno de los más conocidos teóricos de la brujería, que había justificado la realización de la prueba en diversos escritos, fue Wilhelm Adolf Scribonius. De él se conoce el siguiente ejemplo de prueba del agua:[3]
[...] Cuando llegué el 25 del mes de otoño a Lemgow, dos días más tarde [...] se llevaron de la vida a la muerte por el fuego, por orden del consejo, a tres brujas por sus muchas y abominables acciones. Esa misma tarde los sirvientes del consejo detuvieron a otras tres que habían sido acusadas por las anteriores como sus cómplices y las encerraron en la cárcel. Al día siguiente, casi hacia las dos de la tarde, fueron llevada a las puertas de la ciudad y para descubrir la verdad fueron atadas de la siguiente manera: la mano derecha se ató al dedo gordo del pie izquierdo y la mano izquierda se ató al dedo gordo del pie derecho, de forma que no pudiera mover el cuerpo. Luego, en presencia de varios miles de personas fueron echadas al agua y por tres veces, pero flotaron como madera en la superficie y ninguna se hundió. [...]
Sendbrieff / Wilhelm Adoph Scribonij von Marpurg / Von erkundigung und Prob der Zauberinnen durchs kalte Wasser (1583)Notas
- ↑ Aparece mencionada en la Ley Sálica y en la capitular de Luis el Piadoso de 819/819. El antiguo Frostathingslov noruego la disponía sólo para mujeres que quisieran limpiarse de la acusación de haber hecho ofrendas paganas.
- ↑ Traducción propia del original: Lass das Wasser nicht empfangen den Körper dessen der, vom Gewicht des Guten befreit durch den Wind der Ungerechtigkeit emporgetragen wird.
- ↑ Traducción propia del original: [...]/ Als ich den fünff und zwanzigsten tag deß Herbstmonats / bey euch zu Lemgow ankame / sind zwen tag hernach / [...] / auff erkandtnuß des Raths / drey Zäuberinnen wegen ihre vielfaltigen unnd greuwlichen mißhandlung mit Feuwer von leben zum todte gebracht. Desselbigen abends auch sind wiederumb drey / so von den obgemelten als jr mitgenossen und rottgesellen angegeben / von den Stadtdienern aufgegriffen / und ins Gefengniß gelegt / folgendes tages aber / fast umb zwey uhr nach mittag / sind sie vor dem Stadtthor / zu mehrer erforschung der warheit / auff das Wasser gebunden / die kleider abgezogen / auff folgende weise aber war das binden also angeschlagen: Die rechte handt war an den lincken grossen Zehen / und wiederumb die lincke hand an den rechten grossen zehen verknüpffet / daß sie sich mit dem gantzen leibe gar nicht regen kondten / Darauff in beywesen etlicher tausend Menschen / sind sie in das Wasser geworffen / und ein jede zu drey malen / aber gleich wie ein holtz oder block oben geschümmet / unnd keine undergegangen. [...]
Bibliografía
- A. Erler: Kesselfang. En: Handbuch der Deutschen Rechtsgeschichte Vol. 2. pág. 707 f. Berlín 1978.
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