- Nacionalidad chilena
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La nacionalidad chilena es la pertenencia de una persona al ordenamiento jurídico de la República de Chile. Se adquiere de cuatro formas distintas:
- Por territorialidad (ius soli)
- Por consanguinidad (ius sanguini)
- Por carta de nacionalización
- Por gracia del legislador
Se encuentra regulada en el Capítulo II de la Constitución Política de la República de Chile (artículos 10.° a 18.°).[1]
La Constitución otorga amparo judicial directo de la nacionalidad chilena. Si alguna autoridad administrativa privase o desconociese a una persona de su nacionalidad chilena, el afectado puede recurrir ante la Corte Suprema, dentro de 30 días, personalmente o mediante otra persona ante la Corte Suprema de Justicia.
El efecto más importante de la nacionalidad es conceder la ciudadanía. Esta es un atributo de la nacionalidad que otorga los derechos de participación política. Se adquiere por el hecho de cumplir 18 años por toda persona, sin distinción, salvo que el sujeto haya sido condenado a pena aflictiva (privativa de libertad por haber cometido un crimen o simple delito). La Constitución otorga también los derechos de participación política a los extranjeros en ciertos casos.
Contenido
Modos de adquirir la nacionalidad
Territorialidad
Toda persona nacida dentro del territorio nacional adquiere inmediatamente la nacionalidad chilena al momento de nacer. Las únicas dos excepciones que se aplican son:
- A los hijos nacidos de personas al servicio de un gobierno extranjero en Chile, como los diplomáticos.
- Los niños cuyos padres no residen en el país. Sin embargo, estos niños tienen la opción de adquirir la nacionalidad chilena.
Consanguinidad
A través de este criterio, los hijos de padre o madre chilenos reciben la nacionalidad, aunque hayan nacido en territorio extranjero o internacional. En todo caso, es necesario que alguno de sus ascendientes en línea recta en primer o segundo grado, padres o abuelos, hayan adquirido la nacionalidad por territorialidad, por carta o por gracia.
Nacionalización por carta
Los extranjeros mayores de 21 años —o de 18 años si es hijo de padre o madre chilenos por nacionalización— pueden obtener la nacionalidad chilena si residieron por más de cinco años de forma continua en el país y tienen residencia permanente. Se excluyen aquellos que hayan sido condenados o estén actualmente procesados por crimen o simple delito y aquellos que estén incapacitados para ganarse la vida.[2] [3]
Nacionalización por gracia de la ley
También existe la «nacionalidad por gracia», que es el beneficio de nacionalidad otorgado por el Congreso a aquellos extranjeros que han realizado grandes servicios a la República.
Pérdida de la nacionalidad
La nacionalidad chilena se pierde por las siguientes cuatro causas:[1]
- Por renuncia voluntaria, siempre que el chileno adquiera una nacionalidad extranjera.
- Por decreto supremo si durante una guerra exterior el chileno presta servicios a enemigos de Chile o a los aliados de estos.
- Por cancelación de la carta de nacionalización.
- Por ley que revoque la nacionalidad concedida por gracia.
En tal caso, la nacionalidad sólo se recupera en virtud de una ley. Una persona puede cambiar de nacionalidad, solo en el hecho de que se quede a vivir en el país.
Véase también
- Portal:Chile. Contenido relacionado con Chile.
- Nacionalidad y ciudadanía en la Constitución chilena
- Anexo:Nacionalidades por país
Referencias
- ↑ a b Ministerio del Interior de Chile (24 de octubre de 1980). «Constitución Política de la República de Chile - Capítulo II: Nacionalidad y ciudadanía». Consultado el 23 de octubre de 2011.
- ↑ Ministerio del Interior de Chile (26 de junio de 1981), Decreto 5142: «Fija el texto refundido de las disposiciones sobre nacionalización de extranjeros», http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=19444&idVersion=1981-06-26, consultado el 23 de octubre de 2011
- ↑ Gobierno de Chile - Ministerio del Interior de Chile: Departamento de extranjería y migración (11 de abril de 2011). «Requisitos para solicitar la nacionalidad chilena por nacionalización» (PDF). www.extranjeria.gov.cl. Consultado el 23 de octubre de 2011.
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