- Reserva de Recursos Manejados San Rafael
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Reserva de Recursos Manejados San Rafael
Las legislaciones de los países intenta amparar a los bosque y a la vida silvestre y aquí se presenta uno de los resguardos ambientales con el que cuenta el Paraguay: la Reserva de Recursos Manejados San Rafael.
Contenido
Ubicación
Ubicado al norte del departamento de Itapúa y al sur de Caazapá, aproximadamente a 450 km de Asunción. Pasando por los distritos de Tavaí, San Juan Nepomuceno y Yuty del departamento de Caazapá y por San Rafael del Paraná, Tomás Romero Pereira, Edelira, Itapúa Poty, Alto Verá y San Pedro del Paraná del departamento de Itapúa.
En 1992 fue designado parque nacional; y en marzo de 2002 elevada a la categoría de reserva de recurso manejados abarca 73.000 ha y forma parte de una de las 15 ecorregiones del Bosque Atlántico del Alto Paraná.
En San Rafael se encuentra la reserva más grande de agua dulce el Acuífero Guaraní
Animales de la reserva
Se han identificado 52 especies de peces, 4 de reptiles, 11 de anfibios, 61 de mamíferos y 500 de invertebrados.
Está distinguida como la primera “área de importancia para las aves”, pues se han identificado unos 392 especies tales como el pájaro Campana, (ave nacional de Paraguay), Chopí Saiyú.
Este parque también es el único sitio de Paraguay donde se registró el águila morena o harpía, maracaná, papagayo rojo y azul, yacutinga (especie de pava silvestre), tucán amarillo y el carpintero dorado por mencionar algunas de estas aves.
Entre los mamíferos que habitan esta zona está el puma: especie amenazada, también podemos mencionar el tapir y el jagua yvyguy el único cánino sudamericano que caza en jaurías.
Ríos y Arroyos
En la Cordillera de San Rafael nacen los ríos Tebicuary y Pirapó que riega las mayores áreas de producción de la zona. En el área existen ríos, arroyos, saltos y nacientes de agua, así como esteros.
Importantes cursos hídricos desembocan en los ríos Paraguay y Paraná, el río Tebicuary es el más importante tributario en la margen izquierda del río Paraguay, nace en el sistema orográfico de las Cordilleras de Yvyturuzú, Caaguazú, San Rafael, su longitud principal es de 654 km. En esta zona en los años 2005-2006 un incendio forestal afectó a 1.850 ha.
Vegetación
En el Parque se hallan 322 especies de plantas, esto es igual a 4,6% de la flora paraguaya y 7,2% de la Región Oriental. Hay gran variedad entre ella citamos lapacho, cedro, laurel, incienso y guajaivi. El árbol nacional lapacho alcanza una altura de más o menos 30 m con flores amarrillas y rosadas, el incienso con unas flores de color amarillo verdoso da un agradable aroma al bosque, así como orquídeas y helechos.
Habitantes
Esta reserva está habitada por familias de la nación guaraní de la etnia Mbya, se dedican a la caza, pesca y recolección, entre los cultivos se encuentra principalmente maíz, mandioca, lenteja, poroto, y batata.
Leyes Ambientales
Podemos citar algunas de leyes de la legislación paraguaya sobre la preservación de bosques, reserva forestal y la vida silvestre.
Ley N° 352/94 de “Áreas Silvestres Protegidas”
Art. 4º.Se entiende por Área Silvestre Protegida toda porción del territorio nacional comprendido dentro de límites bien definidos, de características naturales o seminaturales, que se somete a un manejo de sus recursos para lograr objetivos que garanticen la conservación, defensa y mejoramiento del ambiente y de los recursos naturales involucrados. Las Áreas Silvestres Protegidas podrán estar bajo dominio nacional, departamental, municipal o privado, en donde los usos a que puedan destinarse y las actividades que puedan realizarse deberán estar acordes con las disposiciones de la presente Ley y sus reglamentos independientemente al derecho de propiedad sobre las mismas.
Ley 2524/04 de “Prohibición en la región oriental de las actividades de transformación y conversión de superficies con cobertura de bosques”
Art. 1°.Es objetivo de esta ley propiciar la protección, recuperación, y el mejoramiento del bosque nativo en la Región Oriental. A los efectos de esta Ley se entenderá por "Vida Silvestre a los individuos, sus partes y productos que pertenezcan a las especies de la flora y fauna silvestre que, temporal o permanentemente, habitan el territorio nacional" aún estando ellas manejadas por el hombre.
Ley 96/92 de la “Vida Silvestres”
Art. 1º.La Autoridad de Aplicación publicará las listas de especies que serán excluidas del ámbito de regulación de la presente Ley.
Art. 2º.A los fines de esta Ley se entenderá por fauna silvestre todos aquellos animales vertebrados e invertebrados que en forma aislada o conjunta, temporal o permanente, tienen al territorio nacional como área de distribución biogeografía.
Art. 3º.A los fines de esta ley se entenderá por flora silvestre todos aquellos vegetales, superiores o inferiores que, temporal o permanentemente, tienen al territorio nacional como área de distribución biogeográficariental, para que en un marco de desarrollo sostenible, el bosque cumpla con sus funciones ambientales, sociales y económicas, contribuyendo al mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes del país.
Referencias
- Revista ABC Color
- http://procosara.org/es/san-rafael
Enlaces externos
Categoría: Áreas protegidas de Paraguay
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