- Toma de razón
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La toma de razón es un control jurídico previo, general y obligatorio, propio del sistema chileno, que en materia de legalidad y constitucionalidad realiza la Contraloría General de la República de Chile, respecto de los decretos, decretos con fuerza de ley y resoluciones.
Procedimiento
La Contraloría puede adoptar tres actitudes en el trámite de toma de razón:
- Cursarlo, cuando el decreto o resolución no tiene ningún vacío o error, ni ningún vicio de ilegalidad o inconstitucionalidad. Puede cursarse simplemente, o hacerlo con alcance, señalando posibles reparos no esenciales.
- Repararlo u observarlo, cuando considera que existe algún vacío o error susceptible de repararse.
- Representarlo, cuando considera que existe algún vicio de ilegalidad, ante lo cual el Presidente de la República puede insistir.
Por regla general, la Contraloría tiene un plazo, no perentorio, de 15 días para realizar la toma de razón, aunque existe un plazo menor para casos excepcionales.
Con la toma de razón surge respecto del decreto una presunción de legalidad.
Categoría:- Derecho administrativo de Chile
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