- José Benjamín Gorostiaga
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José Benjamín Gorostiaga
Dr. José Benjamín Gorostiaga
Diciembre de 1877 – Agosto de 1887
10 de junio de 1865 – Diciembre de 1877
Datos personalesNacimiento 26 de marzo de 1823
Santiago del Estero, ArgentinaFallecimiento 3 de octubre de 1891 (68 años)
Buenos Aires, ArgentinaProfesión Abogado Alma máter Universidad de Buenos Aires José Benjamín Gorostiaga (Santiago del Estero, 26 de marzo de 1823 – Buenos Aires, 3 de octubre de 1891[1] ) fue un abogado y político argentino y principal autor de la Constitución Argentina de 1853, la cual, con algunas reformas, es la que aún rige a ese país.
Fue también Ministro del Interior y de Hacienda, y presidente de la Suprema Corte de Justicia. Su importancia personal, la trascendencia de sus conocimientos académicos y de su sabiduría, lo hacían permanentemente estar en la actividad política que él prefería rechazar. Para el caso, cuando fue designado candidato a Presidente de la nación por un grupo de católicos militantes, incluidos Pedro Goyena, José Manuel Estrada y la familia Frías (sus parientes), y con el apoyo de Bartolomé Mitre, terminó por renunciar a la postulación cuando tenía muchas posibilidades de serlo, para dedicarse a su función de juez.
El autor de la Constitución Argentina
Se recibió de abogado en 1844 en Buenos Aires, y se destacó como abogado y periodista en la época de Juan Manuel de Rosas, del cual era partidario. Perteneció a la "generación de 1837" y fue considerado por Carlos Sánchez Viamonte como el “creador e intérprete de la Constitución argentina”.
Elegido convencional constituyente por la provincia de Santiago del Estero el 9 de agosto de 1852, José Benjamín Gorostiaga tuvo una relevante participación en el Congreso Constituyente que sancionó la Constitución federal en 1853. Según Vanossi, la tarea más memorable de Gorostiaga en aquella oportunidad:
...sería la de principal redactor de la Constitución y la de miembro informante de la Comisión de Negocios Constitucionales, participando constantemente en los debates, llevando la voz de la defensa del Proyecto de Constitución.La Constitución de 1853 tenía 107 artículos, de los cuales toda la doctrina (el preámbulo y la parte orgánica, es decir, la distribución de los tres poderes y la función de los tres poderes) es autoría exclusiva de Gorostiaga, quedando en duda quien fue el autor de la parte dogmática que constaba de 31 artículos.
Según las tablas de equivalencias de los artículos de la Constitución de los Estados Unidos de América, que realizó Ernesto Padilla, 60 artículos de este cuerpo legal fueron reproducidos literalmente en la Constitución Argentina. La parte dogmática comprende solamente a los artículos 1, 2, 5, 14, 15 y 19 al 29; por tanto, en 17 o 18 artículos del total de 107, habría alguna una duda sobre sí los hizo o no Gorostiaga. Pero las 40 intervenciones que tuvo en los debates de la Convención Constituyente y la defensa de todos ellos y la autoría del informe de la elevación, hacen pensar que si él no los redactó en su integridad, fue muy importante en la sanción de los mismos.
Después del Acuerdo de San Nicolás fue elegido diputado en la Convención Constituyente de Santa Fe. En ésta fue elegido miembro de la Comisión redactora del proyecto de Constitución junto con su amigo Juan María Gutiérrez.
Carrera ministerial y judicial
Gorostiaga fue constituyente por la provincia de Santiago del Estero en 1853 y en 1860 y por la provincia de Buenos Aires en 1870; Ministro del Interior y Ministro de Hacienda en la presidencia de Domingo Faustino Sarmiento; Presidente del Banco de la Provincia de Buenos Aires; Ministro de la Corte Suprema de la Nación, siendo Presidente de la misma durante diez años de los veinte que la integró. Asimismo, fue docente universitario y académico de derecho en 1885 e integró la Comisión Redactora del Código de Comercio de la Nación.
Además tiene dos antecedentes importantes que demuestran su preocupación permanente por los problemas nacionales: en 1890, habiendo dejado la Corte hacía dos o tres años, fue miembro de la "Junta Consultiva" de la Revolución del 90 con Leandro Alem, Bartolomé Mitre, y Bernardo de Irigoyen entre otros; pero también fue fundador y miembro de la Junta Ejecutiva de la Unión Cívica que presidía el mismo Leandro Alem y que es la antecesora de la Unión Cívica Radical.
Fue enviado del gobierno para ajustar los tratados de libre navegación de los ríos interiores con Inglaterra, Estados Unidos y Francia, y a su regreso asumió como ministro del interior la Confederación. No obstante, renunció en octubre y se mudó a Buenos Aires, donde se enroló en el Partido Liberal. En 1860 regresó a Santa Fe como diputado de la Convención Reformadora de la Constitución. En 1862 fue ministro de la Suprema Corte de Justicia, pero renunció al poco tiempo y fue diputado nacional.
El presidente Sarmiento lo nombró su Ministro de Hacienda en 1868. Regresó más tarde a la Suprema Corte, y desde 1877 fue su presidente, reemplazando a Salvador María del Carril. Reemplazó la jurisprudencia local por la consulta a los fallos judiciales de los Estados Unidos, creando nueva jurisprudencia.
Fue también director de varias empresas concesionarias de servicios públicos. En los años 1880 se unió a los grupos políticos de inspiración católica, dirigidos por Pedro Goyena y José Manuel Estrada. El presidente Juárez Celman, enemigo de la influencia eclesiástica en política, lo hizo reemplazar en 1887, alejándose para siempre de la actuación pública.
Su influencia en la Constitución argentina ha sido expuesta por Vanossi en su libro “La influencia de José Benjamín Gorostiaga en la Constitución Argentina y en su jurisprudencia”, donde demuestra, como trabajo de tesis, la influencia que tuvo Gorostiaga en el proceso de la sanción de la Constitución argentina de 1853 y 1860 en la implementación constitucional efectuada a través de las principales leyes sancionadas, justo cuando fueron organizados los poderes nacionales a partir de 1862, como miembro del Congreso Nacional, y a través de los fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, órgano que Gorostiaga llegó a presidir, marcando un capítulo distintivo de la jurisprudencia constitucional argentina. Tuvo, además, actuación universitaria, diplomática y política.
Referencias
Categorías:- Nacidos en 1823
- Fallecidos en 1891
- Santiagueños (capital)
- Constituyentes Argentinos de 1853
- Abogados de Argentina
- Ministros de Economía de Argentina
- Ministros del Interior de Argentina
- Políticos de Argentina
- Argentinos de ascendencia vasca
- Jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina
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