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Educación en España
La educación en España está actualmente regulada por la LOGSE (Ley de Ordenación General del Sistema Educativo). Es un derecho constitucional de los ciudadanos y es obligatoria y gratuíta desde los 6 a los 16 años de edad.
Contenido
- 1 Historia
- 2 Estructuración
- 3 Estructura agregada
- 4 Etapas
- 5 Referencias
- 6 Enlaces externos
Historia
Estructuración
De acuerdo con la Ley Orgánica de Educación de España, el sistema educativo español se organiza en etapas, ciclos, grados, cursos y niveles de enseñanza.
Las enseñanzas que ofrece el sistema educativo son las siguientes:
- Educación infantil
- Educación primaria
- Educación secundaria obligatoria
- Bachillerato
- Formación profesional
- Enseñanzas de idiomas
- Enseñanzas artísticas
- Enseñanzas deportivas
- Educación de personas adultas
- Enseñanza universitaria.
Estructura agregada
Educación básica
La Educación Primaria (EP) y la Educación Secundaria Obligatoria (ESO) constituyen la educación básica española. La enseñanza básica es obligatoria y gratuita para todas las personas, comprende diez años de escolaridad y se desarrolla, de forma regular, entre los seis y los dieciséis años de edad.
Educación secundaria
La educación secundaria se divide en Educación Secundaria Obligatoria (ESO) y educación secundaria postobligatoria. Constituyen la educación secundaria postobligatoria el Bachillerato y la Formación Profesional (FP) de grado medio o FP I en sus distintas disciplinas incluyendo las artísticas, plásticas y deportivas. Estos estudios se cursan en Institutos de Enseñanza Secundaria (IES).
Educación superior
Abarca los estudios universitarios (Actuales: Grado, Máster y Doctorado; en extinción: Diplomatura, Licenciatura y Doctorado), la Formación Profesional (FP) de grado superior o FP II, así como, las distintas enseñanzas artísticas, plásticas y deportivas superiores.
Enseñanzas de régimen especial
Las enseñanzas de idiomas —a través de las escuelas oficiales de idiomas—, las enseñanzas artísticas y las deportivas tendrán la consideración de enseñanzas de régimen especial.
Etapas
Educación infantil
La Educación Infantil (EI) constituye la etapa educativa con identidad propia que atiende a niños desde el nacimiento hasta los seis años de edad. La Educación Infantil tiene carácter voluntario y su finalidad es la de contribuir al desarrollo físico, afectivo, social e intelectual de los niños.
La etapa de Educación Infantil se ordena en dos ciclos:
- E.I. de Primer Ciclo (de 0 a 3 años). Las Administraciones públicas promoverán un incremento progresivo de la oferta de plazas públicas en el primer ciclo. Asimismo, coordinarán las políticas de cooperación entre ellas y con otras entidades para asegurar la oferta educativa en este ciclo. A tal fin, determinarán las condiciones en las que podrán establecerse convenios con las corporaciones locales, otras Administraciones y entidades privadas sin fines de lucro. A diferencia de la enseñanza primaria de segundo ciclo, no se garantiza su gratuita por ley, aspecto que ha sido criticado, entre otros, por el Consejo Económico y Social de España.[1]
- E.I. de Segundo Ciclo (de 3 a 6 años). Es gratuito y tiene como finalidad "contribuir al desarrollo físico, afectivo, social e intelectual de los niños" (LOE Art. 12.2)
Educación Primaria
La Educación Primaria (EP) es una etapa educativa que comprende seis cursos académicos, que se cursarán ordinariamente entre los seis y los doce años de edad. Esta etapa comprende tres ciclos de dos años académicos cada uno y se organiza en áreas, que tendrán un carácter global e integrador. Al finalizar el segundo ciclo de la EP todos los centros realizarán una evaluación de diagnóstico de las competencias básicas alcanzadas por sus alumnos.
Estos estudios se realizan en un Centro de Educación Infantil y Primaria, el CEIP.
Educación Secundaria Obligatoria (ESO)
La etapa de Educación Secundaria Obligatoria (ESO) comprende cuatro cursos, que se seguirán ordinariamente entre los doce y los dieciséis años de edad. Los alumnos que al terminar la ESO hayan alcanzado las competencias básicas y los objetivos de la etapa obtendrán el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria (GESO), el antiguo Graduado Escolar. El título permitirá acceder al Bachillerato, a la FP I, a los ciclos de grado medio de artes plásticas y diseño, a las enseñanzas deportivas de grado medio y al mundo laboral.
Bachillerato
El Bachillerato capacitará a los alumnos para acceder a la educación superior.
Comprende dos cursos y se establecen las siguientes modalidades: a) Artes, b) Ciencias y Tecnología, c) Humanidades y Ciencias Sociales y d) Ciencias de la Naturaleza y la Salud.
El Bachillerato se organizará en materias comunes, en materias de modalidad y en materias optativas. Los alumnos podrán elegir entre la totalidad de las materias de modalidad establecidas.
Los alumnos que cursen satisfactoriamente el bachillerato en cualquiera de sus modalidades recibirán el título de Bachiller. Para acceder a los estudios universitarios será necesaria la superación de una única prueba que, junto con las calificaciones obtenidas en bachillerato, valorará, con carácter objetivo, la madurez académica y los conocimientos adquiridos en él, así como la capacidad para seguir con éxito los estudios universitarios. La susodicha es la Prueba de Acceso a la Universidad (PAU) o Selectividad. La nota media de Bachillerato pondera un 60% mientra que, la nota en la PAU, pondera un 40%.
Formación profesional
La formación profesional comprende el conjunto de acciones formativas que capacitan para el desempeño cualificado de las diversas profesiones, el acceso al empleo y la participación activa en la vida social, cultural y económica. Incluye las enseñanzas propias de la formación profesional inicial, las acciones de inserción y reinserción laboral de los trabajadores así como las orientadas a la formación continua en las empresas, que permitan la adquisición y actualización permanente de las competencias profesionales.
La regulación contenida en la Ley Orgánica de Educación se refiere a la formación profesional inicial que forma parte del sistema educativo.
La formación profesional en el sistema educativo comprende un conjunto de ciclos formativos con una organización modular (la evaluación del aprendizaje del alumnado en los ciclos formativos se realizará por módulos profesionales; la superación de un ciclo formativo requerirá la evaluación positiva en todos los módulos que lo componen), de duración variable y contenidos teórico-prácticos adecuados a los diversos campos profesionales. Los ciclos formativos serán de grado medio y de grado superior y estarán referidos al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
Podrán cursar la formación profesional de grado medio quienes se hallen en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. Podrán cursar la formación profesional de grado superior quienes se hallen en posesión del título de Bachiller.
También podrán acceder a la formación profesional aquellos aspirantes que, careciendo de los requisitos académicos, superen una prueba de acceso regulada por las Administraciones educativas. Para acceder por esta vía a ciclos formativos de grado medio se requerirá tener diecisiete años como mínimo, y diecinueve para acceder a ciclos formativos de grado superior, cumplidos en el año de realización de la prueba o dieciocho si se acredita estar en posesión de un título de Técnico relacionado con aquél al que se desea acceder.
Los alumnos que superen las enseñanzas de formación profesional de grado medio recibirán el título de Técnico de la correspondiente profesión. El título de Técnico, en el caso del alumnado que haya cursado la formación profesional de grado medio, permitirá el acceso directo a todas las modalidades de Bachillerato. Los alumnos que superen las enseñanzas de formación profesional de grado superior obtendrán el título de Técnico Superior. El título de Técnico Superior permitirá el acceso a ciertos estudios universitarios.
Enseñanzas de idiomas
Las enseñanzas de idiomas tienen por objeto capacitar al alumnado para el uso adecuado de los diferentes idiomas, fuera de las etapas ordinarias del sistema educativo, y se organizan en los niveles siguientes: básico, intermedio y avanzado. La superación de las exigencias académicas establecidas para cada uno de los niveles de las enseñanzas de idiomas dará derecho a la obtención del certificado correspondiente.
Enseñanzas artísticas y de diseño
Son enseñanzas artísticas las siguientes:
a) Las enseñanzas elementales de música y de danza.
b) Las enseñanzas artísticas profesionales. Tienen esta condición las enseñanzas profesionales de música y danza, así como los grados medio y superior de artes plásticas y diseño.
c) Las enseñanzas artísticas superiores. Tienen esta condición los estudios superiores de música y de danza, las enseñanzas de arte dramático, las enseñanzas de conservación y restauración de bienes culturales, los estudios superiores de diseño y los estudios superiores de artes plásticas, entre los que se incluyen los estudios superiores de cerámica y los estudios superiores del vidrio.
Enseñanzas elementales de música y de danza
Las enseñanzas profesionales de música y de danza se organizarán en un grado de seis cursos de duración. Para acceder a las enseñanzas profesionales de música y de danza será preciso superar una prueba específica de acceso a la enseñanza o, alternativamente a elección del alumno, a cada curso.
La superación de las enseñanzas profesionales de música o de danza dará derecho a la obtención del título profesional correspondiente. El alumnado que finalice las enseñanzas profesionales de música y danza, obtendrá el título de Bachiller si supera las materias comunes del bachillerato, aunque no haya realizado el bachillerato de la modalidad de artes en su vía específica de música y danza.
Enseñanzas de artes plásticas y diseño
Las enseñanzas de artes plásticas y diseño se organizarán en ciclos de formación específica. Para acceder al grado medio de las enseñanzas de artes plásticas y diseño será necesario estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y, además, acreditar las aptitudes necesarias mediante la superación de una prueba específica.
Podrán acceder al grado superior de artes plásticas y diseño quienes tengan el título de Bachiller y superen una prueba que permita demostrar las aptitudes necesarias para cursar con aprovechamiento las enseñanzas de que se trate. También podrán acceder a los grados medio y superior de estas enseñanzas aquellos aspirantes que, careciendo de los requisitos académicos, superen una prueba de acceso. Para acceder por esta vía a ciclos formativos de grado medio se requerirá tener diecisiete años como mínimo, y diecinueve para el acceso al grado superior.
Los alumnos que superen el grado medio de artes plásticas y diseño recibirán el título de Técnico de Artes Plásticas y Diseño en la especialidad correspondiente. El título de Técnico de Artes Plásticas y Diseño permitirá el acceso directo a la modalidad de artes de bachillerato. Los alumnos que superen el grado superior de artes plásticas y diseño recibirán el título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en la especialidad correspondiente.
Enseñanzas artísticas superiores
- Estudios superiores de música y de danza y Enseñanzas de arte dramático
Los estudios superiores de música y de danza se organizarán en diferentes especialidades y consistirán en un ciclo. Las enseñanzas de arte dramático comprenderán un solo grado de carácter superior.
Para acceder a estos estudios superiores será preciso reunir los requisitos siguientes:
a) Estar en posesión del título de Bachiller o haber superado la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años.
b) Haber superado una prueba específica de acceso.
Los alumnos que hayan terminado los estudios superiores obtendrán el título superior, que será equivalente a todos los efectos al título universitario de Licenciado o el título de grado equivalente.
- Enseñanzas de conservación y restauración de bienes culturales y Estudios superiores de artes plásticas y diseño
Para el acceso se requerirá estar en posesión del título de Bachiller y superar una prueba de acceso. Los alumnos que superen estos estudios obtendrán el título superior, que será equivalente a todos los efectos al título universitario de Diplomado o el título de grado equivalente.
Enseñanzas deportivas
Las enseñanzas deportivas se organizarán tomando como base las modalidades deportivas, y, en su caso, sus especialidades, de conformidad con el reconocimiento otorgado por el Consejo Superior de Deportes. Las enseñanzas deportivas se estructurarán en dos grados, grado medio y grado superior, y podrán estar referidas al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales. Para acceder al grado medio será necesario el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. Para acceder al grado superior será necesario el título de Bachiller y el de Técnico deportivo, en la modalidad o especialidad correspondiente. También podrán acceder a ambos grados aquellas personas que superen una prueba de entrada en cada grado.
Las enseñanzas deportivas se organizarán en bloques y módulos. Quienes superen las enseñanzas deportivas del grado medio recibirán el título de Técnico Deportivo en la modalidad o especialidad deportiva correspondiente. Quienes superen las enseñanzas deportivas del grado superior recibirán el título de Técnico Deportivo Superior en la modalidad o especialidad deportiva correspondiente. El título de Técnico Deportivo Superior permitirá el acceso a los estudios universitarios que se determine.
Educación de personas adultas
La educación de personas adultas tiene la finalidad de ofrecer a todos los mayores de dieciocho años la posibilidad de adquirir, actualizar, completar o ampliar sus conocimientos y aptitudes para su desarrollo personal y profesional. Además de las personas adultas, excepcionalmente, podrán cursar estas enseñanzas los mayores de dieciséis años.
Enseñanza universitaria
La enseñanza universitaria en España está regulada actualmente por:
- la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades,[2]
- y la Ley Orgánica 4/2007 de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001.[3]
Referencias
- ↑ La oposición exige al Gobierno que amplíe las ayudas por recién nacido y cubra todo 2007 · ELPAÍS.com
- ↑ «Error 404 - Pagina no encontada del Ministerio de Educación».
- ↑ http://www.boe.es/boe/dias/2007/04/13/pdfs/A16241-16260.pdf
Enlaces externos
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