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Entes locales en España
En la administración local de España, los entes locales son entidades territoriales que tienen personalidad jurídica para obrar. Se basan principalmente en la Ley 7/85 de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local (conocida comúnmente como "Ley de Bases")
Tipos
- Provincia
- Isla
- Municipio
- Supramunicipales
- Comarca
- Área Metropolitana
- Mancomunidad
- Inframunicipales
- Entidad local menor, caseríos, parroquias, aldeas, barrios, anteiglesias,concejos, pedanías, lugares anejos
- Supramunicipales
Competencias
En su calidad como Administración Publica, les corresponde en todo caso:
- Las potestades reglamentarias y de autoorganización.
- Las potestades tributaria y financiera.
- La potestad de programación o planificación.
- Las potestades expropiatoria y de investigación, deslinde y recuperación de oficio de sus bienes.
- La presunción de legitimidad y la ejecutividad de sus actos.
- Las potestades de ejecución forzosa y sancionadora.
- La potestad de revisión de oficio de sus actos y acuerdos.
- Las prelaciones y preferencias y demás prerrogativas reconocidas a la Hacienda Pública para los créditos de la misma, sin prejuicio de las que correspondad a las Haciendas del Estado y de las Comunidades Autónomas; así como la inembargabilidad de sus bienes y derechos en los términos previstos en las leyes.
Categoría: Administración local
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