- Regencia (política)
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Regencia (política)
La regencia es un período transitorio durante el cual una personalidad (generalmente de la familia real) ejerce el poder en nombre del monarca titular ya sea porque éste es demasiado joven o viejo, por ausencia del mismo, o por su incapacidad para gobernar por sí mismo. La Regencia cesa cuando desaparece la causa que la motivó. La Regencia puede ser individual o colectiva. Generalmente ejercen la Regencia personas allegadas a la Corona como el padre o la madre del Rey, también el Príncipe Heredero en el supuesto de ausencia o incapacidad del Rey.
Contenido
Bélgica
- 1830-1831: Regencia de Erasmo Luis Surlet de Chokier, hasta la subida al trono de Leopoldo I de Bélgica.
Egipto
- ca. 1478 a. C.-1457 a. C.: regencia de Hatshepsut, madrasta de Tutmose III
España
La Constitución española dedica los artículos 58, 59, 60 y 61 a regular la institución de la Regencia. Una regulación tan pormenorizada es un efecto de la frecuencia con la que se ha producido esta situación en España.
Clases de Regencia
En la Constitución existen dos supuestos: por minoría de edad del Rey de España y por inhabilitación. En el primer caso el Príncipe Heredero, a pesar de su minoría, se convierte en Rey, por lo que la sucesión es automática; en el segundo supuesto, el Rey queda inhabilitado para el ejercicio de su autoridad, lo cual debe ser reconocido por las Cortes Generales. Por tanto, en cualquiera de los dos supuestos la Regencia se ejerce en nombre del Rey. La situaciones de incapacidad del Rey deben ser apreciada según los criterios del Código Civil y nunca de modo político, ya que la Constitución no admite inhabilitaciones políticas del Rey, supuestos que en cualquier caso deben referirse a enfermedad, en sentido amplio; también a la ausencia cuando sea de naturaleza que así lo exija.
Sujetos de la Regencia
La Constitución exige dos requisitos generales para ser regente: ser mayor de edad y español. Existen dos supuestos en nuestra Constitución: la Regencia necesaria o legítima y la Regencia por inhabilitación; la primera se produce en el caso de la minoría de edad del Rey y la ejercerán «el padre o la madre del Rey, y en su defecto el pariente de mayor edad más próximo a suceder en la Corona»; en el supuesto de la Regencia por inhabilitación, su ejercicio corresponderá al Príncipe Heredero si fuera mayor de edad. Si el Príncipe heredero es menor de edad, la Regencia se desempeñará provisionalmente en la forma prevista para la minoría de edad. La Constitución establece una dativa supletoria para «si no hubiera ninguna persona a quien corresponda la Regencia, ésta será nombrada por las Cortes Generales» y se compondrá de una, tres, cinco personas.
Caracteres de la Regencia
En el ordenamiento constitucional español no existe la posibilidad de la Regencia por Corona vacante, ya que la Regencia siempre se ejerce en nombre del Rey. La Regencia es una institución provisional: en el caso de minoría de edad del Rey, acaba cuando el Monarca cumple 18 años. En el supuesto de la Regencia por inhabilitación terminará por la recuperación de la salud, muerte o abdicación del Rey inhabilitado. La Constitución establece una incompatibilidad ente las figuras del Regente y el tutor del Rey menor, excepto cuando sean tutores el padre, la madre o ascendientes directos del Rey. Los Regentes tendrán el tratamiento de Alteza, e iguales honores que los establecidos para el Príncipe de Asturias.
Hungría
- Regencia del almirante Miklós Horthy desde 1920 hasta 1945, en ese periodo Hungría fue una monarquía constitucional con el trono vacante.
Regencias históricas
- 1665-1675: regencia de Mariana de Austria, madre de Carlos II
- 1823: Instaurada en España a consecuencia de la invasión de los Cien Mil Hijos de San Luis. Fue disuelta a la llegada de Fernando VII
- 1833-1840: regencia de María Cristina de Borbón hasta el 12 de octubre de 1840.
- 1885-1902: regencia de María Cristina, madre de Alfonso XIII.
Francia
- 1059-1066: regencia de Ana de Kiev, madre de Felipe I
- 1226-1242: regencia de Blanca de Castilla, madre de Luis IX.
- 1316-1316: regencia de Felipe de Poitiers, futuro Felipe V, llamado el Longevo, tras el fallecimiento, en junio, de su hermano Luis X, llamado Luis el Pendenciero, y hasta la muerte, prematura, en septiembre, del hijo de éste último Juan I, llamado el Póstumo.
- 1483-1491: regencia de Ana de Francia, hija de Luis XI, durante la minoría de Carlos VIII.
- 1643-1661: regencia de Ana de Austria, madre de Luis XIV
- 1715-1723: regencia de Felipe de Orleans, llamado el Regente, sobrino de Luis XIV de Francia y tio de Luis XV. Esta regencia constituyó un régimen político en sí mismo: la Regencia
Reino Unido
México
Administración
En el Reino de los Países Bajos regente era el nombre que se daba a la autoridad municipal.
Arte
El Estilo regencia fue el nombre que se le dio al estilo artístico creado en Francia entre 1715 y 1730 durante la Regencia, a principios del siglo XVIII. El mobiliario regente prefigura el estilo Luis XV que introdujo una forma redondeada en las patas de las cómodas, mesas, armarios, etc., compartiendo la severidad del estilo Luis XIV y las fantasías del rococó de la época de Luis XV.
Véase también
Categorías: Monarquía | Gobierno
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