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Entidad de ámbito territorial inferior al municipio
Una Entidad de ámbito territorial inferior al municipio (EATIM) es una unidad administrativa de España, con carácter intramunicipal. Su concepto agrupa varios tipos de poblamiento, dependientes de otra localidad más grande, pero con administración autónoma superior a la de las pedanías o los anejos, entre otros.
Contenido
Constitución
Para su constitución hace falta la existencia de un núcleo de población separado de otro mayor en el cual se localiza el ayuntamiento. Su creación puede ser solicitada por los vecinos del núcleo menor, siendo necesaria mayoría simple.
Competencias
Las EATIM están regidas por un alcalde pedáneo y una junta vecinal. Pueden tener las siguientes competencias: construcción, conservación y reparación de fuentes, lavaderos y abrevaderos, vigilancia de caminos rurales, montes, fuentes y ríos, administración y conservación del patrimonio, regulación del aprovechamiento de sus bienes comunales, ejecución de obras o prestación de servicios de competencia municipal.
Legislación de las Comunidades Autónomas
Algunas comunidades autónomas de España han desarrollado legislativamente formas similares de organización submunicipal en sus respectivos territorios bajo otros nombres específicos como el de Entidad Local Menor (Aragón y Castilla y León), Entidad Local Autónoma (Andalucía), Entidad Municipal Descentralizada (Cataluña) o pedanía (Comunidad Valenciana y Región de Murcia).
Enlaces externos
- Ministerio de Política Territorial. Entidades de ámbito territorial inferior al municipio
Categorías: Organización territorial de España | Entidades subnacionales | Pedanías | Geografía rural
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