- Fondo Solidario de Crédito Universitario
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Fondo Solidario de Crédito Universitario
En el estado chileno es un beneficio, establecido por la ley N°19.287, que se entrega a los alumnos de educación superior pertenecientes a las veinticinco universidades del Consejo de Rectores, para costear de forma total o parcial los aranceles de las carreras.
Está pensado para aquellos alumnos de escasos recursos que deseen estudiar en la educación superior
Contenido
Historia
Gestado como Crédito Fiscal Universitario, por medio del D.F.L N°4 de 1981, del Ministerio de Educación, durante el régimen militar, fue el inicio del beneficio para los estudiantes de las universidades estatales e institutos profesionales de la época. Sus principales características fueron las siguientes: la deuda se traduciría a Unidades Tributarias Mensuales, esta deuda se cancelaría en 10 cuotas anuales si ésta no excede las 40 UTM en caso de una deuda mayor a este monto, las cuotas oscilarían entre 11 a 15, el interés devengado sería de un 1%.[1]
Los fondos anuales para el crédito quedaron supeditados desde un comienzo a las variaciones del IPC multiplicadas por un factor progresivo que aumentaba estos recursos cada año. Para asignar estos recursos se requirió de una evaluación socio-económica y se basaba en los siguientes aspectos fundamentales: ingreso por grupo familiar, la cantidad de personas integrantes de dicho grupo, las personas que se encontraban estudiando y el lugar de residencia del grupo, todo esto para lograr cierta igualdad en su asignación, así lo destaca la norma:
"...Todo ello con el fin de lograr que las solicitudes por Crédito Fiscal Universitario obedezcan a situaciones de real necesidad y la selección de los alumnos que opta al Crédito, sea aplicada en forma homogénea y consistente en las distintas entidades de Educación Superior."[2]El primer crédito se mantendrían hasta 1986 cuando por medio de la ley Nº18.591 se modifica, pasando a denominarse Crédito Universitario con similares características en su interés y reajuste, cambiando la forma de pago, es así como los beneficiarios deberan cancelar en cuotas anuales pagaderas, durante un periodo no mayor a los años en que se obtuvo el crédito.
Déficit
Reprogramación
Movilizaciones
Fondo Solidario
En el año 1994 se vuelve a modificar la Ley creando esta vez el actual y vigente hasta ahora Fondo Solidario, quedando estampado en el Artículo 70 de dicha ley:
"...Créase un fondo solidario de crédito universitario para cada una de las instituciones de educación superior que reciben aporte del Estado con arreglo al artículo 1° del decreto con fuerza de ley N°4, del Ministerio de Educación, de 1981..."[3]Requisitos[4]
- Tener nacionalidad chilena.
- Declarar una condición socioeconómica que impida el pago total o parcial del arancel anual.
- Obtener un puntaje en la PSU igual o superior a 475 puntos.
- Estar matriculado en alguna de las 25 Universidades del Consejo de Rectores.
- Completar de forma satisfactoria el Formulario de Postulación.
Postulación
Apelación[5]
Los alumnos que no hayan obtenido un monto igual al arancel de referencia, tienen la instancia de apelación al Fondo Solidario de Crédito Universitario con el fin de aumentar el beneficio; siempre y cuando se encuentre en una de las siguientes condiciones:
- Enfermedad catastróficas no cubiertas por el AUGE de algún integrante del núcleo familiar. Se debe presentar certificado de enfermedad o invalidez.
- Hermanos en otras instituciones de educación superior, se debe acreditar con certificado de alumno regular y los costos de los aranceles.
- Muerte o cesantía del sostenedor del grupo familiar, esto debe ocurrir entre la postulación y la apelación.En caso de cesantía se deben presentar finiquitos.
Éstos trámites se deben realizar en la institución correspondiente, en los fechas determinadas para cada proceso de apelación.
Cobranza
Actualidad
Universidades con el beneficio
- Universidad de Chile
- Universidad de Santiago de Chile
- Universidad Arturo Prat
- Universidad de Antofagasta
- Universidad de Atacama
- Universidad de La Frontera
- Universidad de La Serena
- Universidad de Magallanes
- Universidad de Talca
- Universidad de Valparaíso
- Universidad de Tarapacá
- Universidad de Playa Ancha de Ciencias de la Educación
- Universidad Metropolitana de Ciencias de la Educación
- Universidad del Bío-Bío
- Universidad de Los Lagos
- Universidad Tecnológica Metropolitana
- Pontificia Universidad Católica de Chile
- Universidad de Concepción
- Pontificia Universidad Católica de Valparaíso
- Universidad Técnica Federico Santa María
- Universidad Austral de Chile
- Universidad Católica del Norte
- Universidad Católica de la Santísima Concepción
- Universidad Católica del Maule
- Universidad Católica de Temuco
Véase también
- Crédito con garantía del Estado
- Crédito Corfo Pregrado
- Aporte Fiscal Indirecto
- Aporte Fiscal Directo
Referencias
- ↑ Cobranza Crédito Fiscal Universtario
- ↑ Extracto Artículo 8º, Decreto Nº720, 1982
- ↑ Artículo 70º,Ley 19.287, 1994
- ↑ Gobierno de Chile
- ↑ Página Oficial
Enlaces externos
- Universidad de Chile
- Postulación
- DFL Nº4
- Ley 18.591
- Ley 19.287
- Becas y Créditos para estudiar una carrera
Categoría: Educación Superior de Chile
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