Incendio de Guadalajara de 2005

Incendio de Guadalajara de 2005


Incendio de Guadalajara de 2005
Vista aérea del incendio, en Riba de Saelices.
Vista aérea del incendio, en Riba de Saelices.
Ubicación Flag Guadalajara Province.svg Guadalajara
Bandera usual de Castilla-La Mancha.svg Castilla-La Mancha

Bandera de España España
Fecha 16 de julio de 2005
Área quemada 10.352,57 ha
Fuente de ignición Barbacoa
Uso del suelo Forestal, cultivos.
Fatalidades 11 muertos.
Heridos 1
Motivo Descuido.

El incendio de Guadalajara de 2005 fue un desastre natural que asoló parte de la provincia de Guadalajara (España) desde el sábado 16 hasta el miércoles 20 de julio de 2005 y que se cobró la vida de 11 miembros de los equipos de extinción.[1] Su origen fue una barbacoa que unos excursionistas descuidaron en un merendero cercano a la Cueva de los Casares en el municipio de Riba de Saelices. Ardieron 10.352,57 hectáreas de monte arbolado, en su mayor parte masas de pino resinero, sabina mora y roble, 2.380,16 hectáreas de matorral y pasto y 154,64 hectáreas de superficie no forestal.[2] El incendio devastó 2.400 hectáreas de alto valor ecológico pertenecientes al Parque Natural del Alto Tajo. Hubo medio millar de desalojados, incluyendo poblaciones enteras como Ciruelos del Pinar, Luzón o Tobillos entre otras.[3]

La gestión que del incendio tuvo el gobierno de Castilla-La Mancha fue duramente criticada desde distintos ámbitos alegando que no se enviaron los medios aéreos y terrestres necesarios durante las primeras horas.[4] Dichas críticas se basaban entre otras, en las grabaciones del 112[5] y a que sólo se elevó el nivel de alerta y se solicitó ayuda al gobierno central cuando se conoció la trágica noticia de los once muertos, como reconoció el entonces vicepresidente de la Junta Máximo Díaz Cano.[6]

El 17 de diciembre de 2005, cerca de 5.000 personas según la policía, 10.000 según los organizadores, se manifestaron en Guadalajara para homenajear a los fallecidos y exigir responsabilidades.[7]

Contenido

Origen y desarrollo del incendio

El lugar es una zona recreativa vinculada a la existencia de la Cueva de los Casares, cueva prehistórica ornamentada con grabados de valor arqueológico catalogado como monumento nacional. Un paraje ampliamente utilizado por senderistas por encontrarse en el entorno del Parque Natural del Alto Tajo, cerca del Valle de los Milagros. Esta área recreativa, aunque reconocida como tal en el Plan de Uso y Gestión del Parque Natural del Alto Tajo, es propiedad del Ayuntamiento de la Riba de Saelices, y su mantenimiento es competencia de ese Ayuntamiento.

El sábado 16 de julio de 2005 unos excursionistas, pese a ser advertidos por un guía de la zona de no hacer fuego debido al fuerte viento, deciden encender una barbacoa cerca de la Cueva de los Casares. Cuando el guía se marcha los excursionistas deciden tomar un baño y dejan sin apagar las brasas de la barbacoa lo que con la ayuda del viento reinante provoca el inicio del incendio en un pastizal cercano. A 350 metros se encuentra la zona arbolada más cercana.

El primer aviso al teléfono de emergencias 112 se produce a las 14:44. La patrulla y la autobomba de la localidad de Mazarete llegan al lugar y a continuación llega el primer medio helitransportada. Debido a la intensidad del humo se decide desalojar a los vecinos de Ciruelos del Pinar, Tobillos y Mazarete a Maranchón.

Las condiciones meteorológicas en esos momentos eran de 33º de temperatura y viento de 20 km/h de dirección suroeste y la humedad relativa del aire de 22%;[8] a ello hay que sumar que la precipitación registrada en la zona había sido inferior a un 50% de un año considerado normal, y la vegetación afectada estaba formada por pino resinero.[9] [10] El fuego se propagó rápidamente en dirección noreste saliendo de los límites Parque Natural del Alto Tajo. Entrada la madrugada del sábado el fuego continua activo e incontrolado.

En la mañana del domingo 17 los vecinos de Mazarete pueden volver a su localidad mientras que el resto de vecinos siguen evacuados. Se da la orden de evacuación de Luzón y de Santa María del Espino. El fuego llega a 300 metros del centro urbano de Luzón. Las condiciones metereológicas de este día son parecidas a las del día anterior, la velocidad del viento llega a los 24 km/h, la temperatura alcanza los 32,2 °C y la humedad relativa del aire es del 20%. El incendio se mantiene durante ese día activo en tres frentes: Mazarete-Anquela-Selas, Ciruelos-Luzón-Santa María del Espino y otro, irregular, hasta Villarejo de Medina. Se empiezan a realizar cortafuegos en las inmediaciones de Ciruelos del Pinar. Había cuatro carreteras cortadas: GU-951, de Ciruelos del Pinar a Mazarete; GU-944, de Mazarete a Cobeta; GU-949, de Mazarete a Ablanque; y CM-2107, sólo habilitada para el servicio de extinción de incendios.

Por la tarde se sospecha que ha podido suceder un grave accidente que ha costado la vida al retén de Cogolludo. Pero no se puede confirmar hasta última hora del día. Once muertos y un herido grave. Se declara el nivel 2 de emergencias lo que permite que el gobierno regional puede disponer, para afrontar el incendio, de medios estatales adicionales a los asignados a la comunidad autónoma.

Ese mismo día se controlan los dos frentes que afectan a las poblaciones de Santa María del Espino y Luzón. Siguen activos los frentes que afectan a las poblaciones de Mazarete, Selas, Anquela del Ducado y Villarejo de Medina. Pero en cambio se reaviva el frente que se dirige hacia el Parque Natural del Alto Tajo. El martes día 18 sólo queda el frente de Selas tras haber mejorado notablemente las condiciones metereológicas y, finalmente, el miércoles 19 a primeras horas se considera el incendio totalmente controlado habiendo transcurrido 56 horas de su inicio.

El incendio dura casi cinco días en los que han ardido 13.000 hectáreas y en el que han perdido la vida 11 personas habiendo además un herido con quemaduras graves.

Datos y estadísticas comparativas

Evolución de los grandes incendios

Un helicóptero Kamov 32A del Ministerio de Medio Ambiente.

Evolución de los grandes incendios en España.[11] Se aprecia que en los años 2000 y 2005, por número de grandes incendios y superficie afectada, las condiciones para los grandes incendios fueron especiales. Asimismo la tendencia al alza de los grandes incendios.

Año Nº Total >=500 ha  % Grandes incendios Total superficie % Sup. Grandes incendios
1996 16.771 10 0,060 59.813,66 11,64
1997 22.319 7 0,031 98.503,17 5,39
1998 22.445 25 0,111 133.643,31 31,25
1999 18.237 15 0,088 82.217,36 21,26
2000 24.118 49 0,203 188.585,71 33,74
2001 19.547 16 0,082 93.297,91 21,79
2002 19.929 17 0,090 107.472,05 13,57
2003 18.616 44 0,226 148.173,07 44,90
2004 21936 21 0,098 134.192,64 42,27
2005 25.492 47 0,192 188.697,49 44,84

Gran incendio >=500 ha

Muertos y heridos 1985-2005

Muertos y heridos en España por incendios entre 1985 y 2005.[12]

Año 1985 1986 1987 1988 1989 1990 1991 1992 1993 1994 1995 1996 1997 1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005
Muertos 7 2 1 4 10 4 6 15 9 24 9 3 3 3 6 7 5 4 9 3 17
Heridos 28 74 76 93 57 60 92
Muertes por fuego eruptivo[10]
Año Lugar Muertos
1984 La Gomera (Canarias) 20
1992 Grazalema (Cadiz-Málaga) 5
1996 Millares (Valencia) 7
1999 Alájar (Huelva) 4
2005 Riba de Saelices (Guadalajara) 11
Atribuidos a fuego eruptivo[10]
1992 Madrid 5
1994 Tarragona 4

Muertos por categorías:[12]

Víctimas en vuelo 41
Agentes forestales 4
Brigadistas 49
Conductores y maquinistas 21
Civiles 25
Bomberos 9
Soldados 1
Sin datos 1


Medios utilizados

Varias instituciones de distinto ámbito colaboraron con la extinción del incendio aportando medios.

  • Gobierno de Castilla-La Mancha: veinte Técnicos de Extinción y Coordinadores, cuarenta y un Agentes Medioambientales, cuatro aviones de carga en tierra, dos helicópteros, un avión de coordinación, dos retenes helitransportados, veinticinco retenes terrestres, veinticinco autobombas, cuatro patrullas móviles, trece máquinas pesadas, un tanque Belice, una cisterna de combustible.
  • Ministerio de Medio Ambiente: ocho hidroaviones, dos helicópteros bombardero Kamov, tres helicópteros Puma de ataque y transporte, tres brigadas helitransportadas y una unidad móvil de meteorología.
  • Gobierno de Castilla y León: un Técnico de Extinción, un Agente Forestal de Coordinación, dos máquinas pesadas, dos autobombas y dos retenes.
  • Por empresas privadas: dos máquinas pesadas y dos cisternas de agua.

En total puede calcularse un dispositivo humano superior a 500 personas.[9]

Peculiaridades de este incendio

Casi todos los incendios son noticias en la prensa del día y poco más una vez extinguidos. Incluso cuando hay víctimas, pues todos los años hay un número de víctimas de incendios forestales nada despreciables, como puede verse en la estadística.

Sin embargo este incendio desde el principio se vio envuelto en una polémica y una crítica durísima sobre la falta de medios y gestión y a los gobernantes de la Comunidad y Provincia conforme al estilo que la oposición mantuvo en esta legislatura.

La no depuración de responsabilidades políticas (los principales implicados continúan en sus cargos o incluso han ascendido; y la única que dimitió, la entonces consejera Rosario Arévalo, fue recolocada en otro cargo) ha contribuido decisivamente a que años después siga siendo un asunto polémico y ocupe amplios espacios informativos en todos los periódicos nacionales: "El País", "El Mundo" o "ABC", entre otros, pero sobre todo en los de Guadalajara y Castilla La Mancha.[13]

Al margen de la prensa se hicieron varios informes técnicos.[14] Los que tratan las causas de las muertes establecen con sus diferencias que la causa fue un fenómeno extraño poco estudiado; alguno lo define como "fuego eruptivo", del que se hablará más adelante. Sin embargo las víctimas van a ser utilizadas como el gran argumento que da soporte a las reivindicaciones de tipo político.

La Comisión parlamentaria de la Comunidad de Castilla La Mancha constituida al efecto consideró, gracias al voto de la mayoría socialista y con el rechazo del PP, suficientes los informes en cuanto a la determinación de la causa de las muertes; asimismo consideró que la actuación técnica en el uso de los medios, control y extinción del incendio fue correcta. El Gobierno de Barreda impidió la comparecencia de la mayoría de los ponentes propuestos por el PP.[15]

Asimismo la Inspección de Trabajo en su informe consideró que las muertes fueron producto de un accidente.

Un fenómeno conocido pero poco estudiado: El fuego eruptivo o "blow-up"

Este fenómeno es conocido por los técnicos en extinción de incendios desde hace tiempo. Suele tomarse como el primer caso estudiado el ocurrido en el barranco de Mann en EEUU el 5 de agosto de 1949, conociéndose a partir del mismo varios casos más.

En España se reconoce el mismo fenómeno en el incendio de la Gomera, en Canarias, en 1984 en el que murieron 20 personas incluido el Gobernador civil; en el Parque Natural de Grazalema en 1992,(Cádiz) en el que murieron 5 personas; en Millares (Valencia) en 1994, con el resultado de siete muertos; en Alájar (Huelva) en 1999, cuatro muertos.

No obstante el incendio de Guadalajara ha sido el que ha promovido una mayor polémica por las peculiaridades de una reivindicación que acaba convirtiéndose en lucha política, como veremos en otro apartado; pero sobre todo a partir de un informe técnico que niega rotundamente, en contraposición a informes técnicos anteriores, la existencia de dicho fenómeno en este incendio; dicho informe, "informe Montoya", provoca una discusión técnica al mismo tiempo que suscita una fuerte polémica en el seno profesional de los Ingenieros de Montes.

Por otro lado este hecho ha servido para una mejor toma de conciencia del fenómeno poco estudiado todavía y, sobre todo, poco introducido en los protocolos de extinción de incendios forestales en España.

Breve descripción del fenómeno de "fuego eruptivo"

Siendo este un tema que merece un artículo propio como "fuego eruptivo" o "blow-up" en inglés, aquí procede únicamente una breve descripción del mismo.[16]

Fenómeno básicamente unido a unas condiciones determinadas de combustible vegetal y configuración orográfica. Se trata de superficies dotadas de combustible vegetal de matorral denso y material seco disperso. Combustible que presenta gran superficie de exposición al fuego, con gran exposición al oxígeno del aire, por lo que ofrece una gran velocidad de expansión.

Variación de la velocidad, según la pendiente.

En caso de avanzar por una determinada pendiente, ayudado por el viento, se produce una aceleración del fuego por la mayor exposición de superficie al mismo, como se muestra en el dibujo. Se calcula que la velocidad de propagación del fuego se duplica por cada 10º de aumento de la pendiente de la ladera.

Esto supone un aumento muy fuerte de la temperatura lo que junto con los movimientos de convención de los gases, el viento y la orografía del terreno puede dar lugar al fuego eruptivo de forma totalmente imprevisible, alcanzando una velocidad de propagación increíble.

En el caso que nos ocupa se trata de un jaral muy denso. La jara segrega el ládano que facilita en gran medida la inflamabilidad de la jara una vez florecida y madurados sus frutos.

Se calcula que la velocidad de propagación del fuego en el caso que nos ocupa alcanzó los 121 km/h. en un área afectada ligeramente superior a 2 ha.[17]

Los combatientes percibieron algo extraño y rápidamente subieron a los vehículos dispuestos para la huida. Sólo tuvieron tiempo para recorrer unos 300 metros de los 600 que hubieran sido suficientes para la huida eficaz.

El superviviente, por ser el último en salir con el vehículo, pudo ver lo que ocurría y saltar del vehículo en marcha, protegiéndose por una pequeña loma que le defendió de la trayectoria de la erupción y arrastrándose pudo llegar al Tatra[18] donde abriendo la espita del agua pudo sobrevivir a pesar de sus quemaduras. En el momento de su rescate declaró: "El fuego vino a por nosotros".

El fenómeno es completamente impredecible, y los datos metereológicos no pueden abarcar los movimientos de convención que se originan en un área tan pequeña y específica.

Sólo estudios más a fondo de los incendios forestales permitirán incorporar en su día protocolos de actuación de los combatientes en orden a poder evitar, dentro de lo posible, las catastróficas consecuencias de fenómenos de este tipo.

Actuaciones judiciales

Fechas de declaración de los imputados

Tras el incendio en el verano de 2005, declararon como imputados los siete excursionistas que encendieron la barbacoa, y el guarda de la cueva de Casares.

1) Marcelino Herce Segura

2) Olga Fulgencio

3) Juan José Jiménez Casado

4) María Delgado

5) Serapia Cruz

6) Carlos Fernández

7) Iasson Klados

8) David Fanego

9) Emilio Moreno Foved


La nueva jueza amplió, de 9 a 29 las imputaciones por el siniestro.

10) 23-11-2007 Miguel Aguilar Larrucea Responsable del Centro de Operaciones Provincial (COP)

11) 30-11-2007 Antonio Solis Camba Jefe del Servicio de Medio Ambiente en la Delegación de Guadalajara

12) 14-12-2007 Antonio Pallarés Antón Jefe de Extinción

13) 18-01-2008 José María Gaitán Pacheco Técnico del Centro de Operaciones Provincial en la Delegación de Medio Ambiente

14) 15-02-2008 Angel Millán Vela Laina Técnico de la Junta de Comunidades que ejercía como jefe de Extinción

15) 08-02-2008 Carlos Damián Muñoz Técnico del 112

16) 18-02-2008 José Luis Huarte Secretario del Ayuntamiento de Riba de Saelices

17) 05-03-2008 Alfredo Luis Chavarria

18) 26-03-2008 Sagrario Rodríguez Gutiérrez Jefe de Sala del 112

19) 31-03-2008 Carlos Vázquez Cruz Jefe sala 112

20) 07-04-2008 Luis Miñano Representante de Helicóperos del Sur

21) 14-04-2008 José Luis Samper Alcalde de Riba de Saelices

22) 21-04-2008 Joaquín Baumela Navarro Director General de la empresa Servicios y Proyectos Avanzados S.A

23) 28-04-2008 Sergio David González Egido Delegado de Medio Ambiente

24) 05-05-2008 Rafael Ruiz López de Cova Director del parque natural del Alto Tajo

25) 19-05-2008 Luis Miguel Carrascal Bravo Representante de la empresa pública Tragsa en Guadalajara

26) Hipólito Sebastián Ballesteros Alcalde de Riba de Saelices

27) 10-09-2008 Rosario Arévalo Consejera de Medio Ambiente de Castilla-La Mancha

28) 15-09-2008 Carlos Rojo Tenorio Responsable de la torre de vigilancia ubicada en Riba de Saelices

29) 24-10-2008 José Ignacio Nicolás Dueñas Director del Medio Natural de la Junta de Comunidades


Las posibles responsabilidades penales se sustancian en el juzgado de Sigüenza.

Durante dos años de instrucción en el juzgado de Sigüenza no aparecieron motivos de imputación, salvo los excursionistas que encendieron la barbacoa, pero se pidió por parte de la jueza un nuevo informe "in sáculo",[19] que mantuvo fundamentalmente las tesis de los informes anteriores respecto a la causa que produjo las muertes.

No obstante, la acusación particular, que agrupa a la mayoría de las víctimas, impugnó dicho informe ante la Audiencia Provincial de Guadalajara que determinó que se repitiera el informe teniendo en cuenta diversos datos, entre otros las conversaciones del 112. Sin embargo la orden de repetición de este informe no se produce sino cuando se han realizado todas las imputaciones, ya en la primavera del 2008.

En el verano del 2007 se produce un cambio de jueza, así como la presentación de un nuevo informe por la parte acusadora titulado: "Análisis técnico de las causas que condujeron a la muerte de 11 personas en el incendio forestal de Guadalajara (17/07/2005)".

En el mes de noviembre son imputados por "imprudencia con resultado de muerte, daños y contra la seguridad y derechos de los trabajadores" 5 técnicos que dirigieron las operaciones de extinción del incendio. Con más de dos años de retraso y a raíz de este informe técnico realizado con dos años de retraso que se comenta más adelante. Pero se empieza a sentir la cercanía de las nuevas elecciones.

El 31 de enero de 2008 la jueza titular de dicho juzgado de instrucción ha imputado a Sergio David González, delegado de Medio Ambiente, al director del parque natural del Alto Tajo, y al alcalde de La Riba de Saelices, el municipio en que se originó el incendio. También imputó a TRAGSA, una de las empresas que trabaja en las labores de extinción del incendio y formación de los combatientes. Asimismo, ve indicios razonables de responsabilidad penal en Rosario Arévalo, ex-consejera de Medio Ambiente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. El delito del que se acusa es el de "incendio forestal por imprudencia grave". En el caso de la ex-consejera la Juez de instrucción ha remitido el escrito de imputaciones al Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha para que éste aclare si la ex Consejera era persona aforada en el momento en que se produce el incendio.[20]

Tan complejo se está volviendo el proceso judicial que el día 20 de marzo de 2008 El País nos sorprende con la siguiente noticia:

Un acuerdo contrario a la Ley Electoral apartó a la juez del caso de Guadalajara.

El Poder Judicial dio 10 días a la magistrada para su traslado en lugar de los 100 que establece la norma[21]

En el desarrollo de la noticia se informa de que la primera jueza solicitó cerrar la instrucción pero no fue posible porque el Consejo General del Poder Judicial le dio solamente 10 días para su traslado, en contra de la norma de la Ley Electoral. Siendo presidenta de la Junta Electoral debería tener 100 días para su traslado a su nuevo puesto como Magistrada. ¿Se trataba de evitar el cierre de la instrucción?

Curiosamente la noticia de El País sale ahora, después de las elecciones del 2008.

El País, 13 de enero de 2009, tiene acceso al segundo informe del Colegio de Ingenieros de Montes al ser revocado el primero por la Audiencia Provincial de Guadalajara, y pedido el segundo por Concepción Espejel, hoy vocal del CGPJ a propuesta del PP.

De nuevo, y una vez más, bajo el punto de vista técnico se considera que las muertes han sido consecuencia de un accidente inevitable, y aclarando algunas cuestiones secundarias.[22]

Lo que nos lleva a la problemática político-electoral, tema que se trata más adelante.

Un informe pólémico

Como señalamos anteriormente en el verano de 2007, dos años después del incendio, a petición de la acusación particular se presenta el informe titulado: "Análisis técnico de las causas que condujeron a la muerte de 11 personas en el incendio de Guadalajara (17/07/2005)".El autor es el Ingeniero de Montes D. José Miguel Montoya Oliver.

El informe no habría tenido mayor relevancia que la que le correspondería en el juzgado a no ser por un hecho verdaderamente insólito. El día 18 de septiembre de 2007 aparece en el diario El Mundo y en Libertad Digital una noticia que “escandalosamente” señala que los informes técnicos que se habían utilizado tanto en la Comisión parlamentaria como en el juzgado tenían todos el mismo error: "Situaban el incendio de Guadalajara en Finlandia, más en concreto, en un pueblo llamado Skankort"" de donde se deducía que todos los informes se habían copiado unos de otros, puesto que todos cometían el mismo error.

http://www.libertaddigital.com/noticias/noticia_1276313567.html

ARTÍCULO DE EL MUNDO, día 18 de septiembre de 2007

http://www.elmundo.es/papel/2007/09/18/espana/2205646.html


ESPAÑA
Dos informes de la Junta sitúan el foco del incendio de Guadalajara en una localidad de Finlandia


ROBERTO MANGAS. Corresponsal
GUADALAJARA.- Veintiséis meses después de ocurrir los hechos y más de 16.000 páginas de sumario aún no son suficientes para esclarecer lo sucedido el 17 de julio de 2005. Aquel día, los 11 miembros del retén de Cogolludo perdieron la vida mientras intentaban extinguir un incendio forestal en el Parque Natural del Alto Tajo, en Guadalajara, y la investigación del suceso no sólo no ha desvelado lo que ocurrió, sino que ha ofrecido errores garrafales, como situar el origen del fuego en Finlandia.
José Miguel Montoya Oliver, el perito contratado por la Asociación de Víctimas del Incendio de la Riba de Saelices, afirmó ayer que «la cadena de negligencias acumuladas son la causa real del fuego y que sin ella éste nunca se habría producido».
Montoya dio a conocer algunos de los numerosos errores de los dos informes periciales pagados por la Junta. El más llamativo, el que sitúa las coordenadas del lugar donde se inició el fuego en el municipio finlandés de Scankort. Una coincidencia que hace pensar a Montoya que los dos informes «están ligados entre sí» y que se trata de trabajos «asamblearios elaborados por peritos más o menos dependientes de la Junta».
Asimismo, responsabiliza a cargos técnicos de la Junta de no cumplir con sus obligaciones.
Por ello, las familias de nueve de los fallecidos pedirán la imputación de otras siete personas, todas altos cargos de la Junta en aquel momento: desde el director del 112 y el jefe del Centro de Operaciones Provincial, a varios técnicos de extinción, que eran los responsables de que no hubiera medidas defensivas ni cortafuegos; no existieran zonas de agua; las infraestructuras de defensa no llegaran al 1%; no existieran planes comarcales y no se guardara una distancia mínima de seguridad con el rastrojo.

El autor del informe hace una presentación pública en rueda de prensa el día 17 de septiembre de 2007 y aparece el 22 de septiembre en una emisión de la cadena pública Telemadrid y el 24 del mismo mes en la cadena privada CUATRO denunciando la mala gestión de la extinción del incendio.

En el foro de los Agentes Forestales http://www.agentesforestales.es/index.php?option=com_fireboard&Itemid=97&func=showcat&catid=11 se inicia una crítica muy fuerte contra este informe, pero sobre todo un Ingeniero de Montes que ha participado en la elaboración del informe ADAI- Universidad de Coimbra, D. David Caballero, explica en su blog".[23]

http://gnomusy.blogspot.com/2007/10/el-dislate-de-las-coordenadas.html

el monumental error del Sr. Montoya que no ha sabido interpretar correctamente la forma de expresar las coordenadas de los informes, e inicia un hilo en el foro del Colegio de Ingenieros de Montes con el título: “El dislate de las coordenadas finlandesas” donde se critica duramente el error de base y elemental en el que ha caído el Sr. Montoya.

El escándalo entre los profesionales del sector es enorme. ¿Cómo se puede pensar que los informes estén copiados por coincidir en unas coordenadas? Lo extraño es que no coincidieran. El mismo Sr. Montoya reconoce su error en dicho foro, considerándolo como un error sin importancia. Pero el eco de la publicidad que ha adquirido el informe ya no hay quien lo pare.

Al ser ampliamente conocido el informe del Sr Montoya se critica en el foro no solo el tema de las coordenadas sino su contenido técnico y de manera especial:

- El título, por considerar que no es adecuado a un informe técnico[24]

- El desprecio a la explicación de “fuego eruptivo” o “blow up” como explicación de la causa de las muertes.[25]

- La explicación alternativa que ofrece sin soporte argumentativo técnico suficiente.[26]

- La escasez de fuentes manejadas[27]

- El menosprecio que hace de los informes anteriores.[28]

- Un lenguaje poco apropiado a un informe técnico[29]

- Apreciaciones subjetivas y críticas improcedentes a los compañeros de profesión[30]

El foro del Colegio de Ingenieros de Montes

D. David Caballero explicó en su blog el gravísimo error del Sr. Montoya en su informe respecto a las coordenadas "finlandesas", y de forma más contundente el Foro de Agentes Forestales. El día 1 de octubre David Caballero crea un nuevo hilo en el foro del Colegio de Ingenieros de Montes con el nombre: “El dislate de las coordenadas finlandesas”.

El éxito del foro desborda todas las expectativas. Es acogido con enorme interés por el colectivo de Ingenieros de Montes y agentes forestales así como gente independiente que expresan sus opiniones de forma que, aclarado el tema de las coordenadas, se entra al fondo de las diversas cuestiones técnicas y de deontología profesional que plantea el informe Montoya.

A mediados de noviembre ya ha alcanzado alrededor de 17.000 lecturas. El propio Sr. Montoya interviene, y sus explicaciones expresan mejor que nadie la forma peculiar en que interpreta sus propios errores achacándoselos a los “otros”.[31]


Rápidamente surgen opiniones que consideran que el informe Montoya falta a las normas deontológicas profesionales y reclaman que el Colegio de Ingenieros de Montes debe intervenir desautorizando el informe.[32] El Colegio se ve obligado a emitir una nota el día 20 de noviembre excusando el conocimiento del informe por no haber sido visado. Es conocida así la obligación de visado del Colegio en un informe pericial de parte que el Colegio no exige[33] .

Esta nota por algunos es interpretada como un apoyo explícito al Sr. Montoya por parte del Colegio.[34]

Otros ven en la nota una velada amenaza al foro[35]

Efectivamente las peticiones de intervención de la Comisión Deontológica del Colegio son cada vez más exigentes y el Colegio de forma unilateral decide suspender el foro con la siguiente nota:

La Junta de Gobierno del Colegio, en sesión celebrada el día 10 de diciembre de 2007 ha adoptado el acuerdo por unanimidad de suspender temporalmente el Foro, a la vista de que no se ha atendido la llamada de atención que se hizo en la nota remitida a todos los colegiados y publicada en esta web, en el sentido de que eran improcedentes las manifestaciones que, más allá de una mera crítica, incurrieran en descalificaciones a los compañeros. Esta suspensión es temporal hasta tanto se redacten y aprueben unas nuevas normas de funcionamiento del Foro que eviten que se vuelvan a producir este tipo de situaciones.

La Junta de Gobierno no se presta a que el Foro colegial, abierto a la discusión sobre temas profesionales, se desvirtúe por las razones anteriormente mencionadas.

En todo caso, la Junta de Gobierno quiere hacer pública su convicción de que todos los Ingenieros de Montes se encuentran capacitados para intervenir como peritos en un proceso sobre un incendio como el de Guadalajara, si bien insiste en que no le corresponde valorar técnicamente las pericias emitidas por estar sometidas a decisión judicial
Junta de Gobierno del Colegio Oficial de Ingenieros de Montes

Nuevo foro

Como es natural enseguida se organiza un nuevo foro, "El dislate de las coordenadas finlandesas II" en:

http://ingenierosdemontes.forogratis.es/foro/viewtopic.php?t=4&postdays=0&postorder=asc&start=525

El foro dura cerca de dos meses, seguido con interés con un nivel de más de 20.000 lecturas. Pero muere cuando las posibilidades de su argumento llegan a un límite, porque:

1.- Ya se ha analizado el informe Montoya y valorado negativamente en su valor técnico, pero sobre todo en lo que se refiere a "Deontología profesional".

2.- Se constata la postura del Colegio que rehuye pronunciarse sobre las denuncias recibidas sobre el informe Montoya y recurre al juez en menoscabo de su "autonomía" en cuestiones de "Deontología Profesional".

3.- Se ha estudiado la doctrina jurídica sobre incendios forestales y analizado las imputaciones. Extrañan las imputaciones de los técnicos y mucho más las de los políticos, salvo por un sentido judicial garantista que no acaba de entenderse.

4.- Se ha polemizado ampliamente con quienes defendían el informe Montoya y las imputaciones. Al final, cuando ya se han realizado las imputaciones políticas, se acaba reconociendo que las muertes se han producido por accidente.[36]

La impresión que queda en el foro es que una vez que se ha conseguido la imputación de los políticos: Delegado de Medio Ambiente y Ex-Consejera de Medio Ambiente, y justamente poco antes de las elecciones del 9 de marzo de 2008, ahora ya no importa ni el informe Montoya, ni el testimonio de los vecinos, ni nada; objetivo conseguido. Todo el problema consiste en la lucha por el poder político. El foro pierde interés y muere.[37]

Consecuencias políticas

Frente a las comparaciones con el Prestige y el posible uso partidista que el PP intentara hacer de la catástrofe, José María Manteca, tío de uno de los fallecidos y portavoz del colectivo que agrupa a la mayoría de las familias, afirmó que "allí no murió nadie y aquí nos faltan once" e insistió en que "como allí mandaba el PP todos formaron una piña: el PSOE, IU, los ecologistas, los verdes, los amarillos... Aquí al contrario, no hemos visto ni a los ecologistas, ni a los sindicatos, ni a nadie».

Sin embargo, la sección alcarreña de la ONG Ecologistas en Acción sí que pidió la dimisión de Rosario Arévalo, consejera de Medio Ambiente de la Junta de Castilla-La Mancha, "por la descoordinación, falta de recursos materiales y la muerte de al menos 11 personas de la brigada de extinción de incendios de Cogolludo".

El 21 de julio dimitió la consejera, que, según el portavoz de las familias "a los cuatros días recolocaron en otro cargo".[cita requerida]

En septiembe, José Luis Rodríguez Zapatero invitó a las familias de las víctimas a que visitaran por separado La Moncloa, pero éstas replicaron "que viniera él a vernos a Guadalajara. Aún le estamos esperando".[cita requerida]

Éstas hablan también del "fraude de una comisión de investigación que no se han creído ni los que la montaron".[cita requerida]

El sábado 17 de diciembre de 2005, unas 5.000 personas según la Policía, cerca de 10.000 según la organización, partieron desde la delegación provincial de Medio Ambiente hasta la subdelegación del Gobierno de la capital alcacerreña para manifestarse por las calles bajo el lema "Nos faltan once. No nos olvidéis".

Se ha acusado a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha de rechazar la ayuda de la Comunidad de Madrid y de la Comunidad Valenciana por razones políticas, dado que la Comunidad castellano-manchega está gobernada por el PSOE y las otras dos por el PP.[38]

La actualidad del incendio de Guadalajara es tema relevante en la campaña electoral del 9 de marzo.[39]

http://lacronica.net:80/frontend/lacronica/Analisis-Electoral-vn686223589-vst37

A la vista de los resultados electorales, el PP de Castilla-La Mancha, propone reabrir la Comisión Parlamentaria: http://www.laverdad.es/albacete/20080403/provincia/toledo-pide-apertura-comision-20080403.html

Auto de transformación de la causa en Procedimiento Abreviado

Finalmente la jueza considera terminada la instrucción y eleva escrito de transformación para procedimiento abreviado el 20 de mayo de 2009 coincidiendo con el inicio de un período electoral.

La defensa considera respecto al Auto de transformación de la Instrucción en Procedimiento Abreviado que el Instructor debe tener en cuenta y valorar todas las diligencias practicadas, careciendo de justificación alguna en Derecho que, en el presente caso, se haya obviado especialmente un Informe pericial elaborado a instancias del propio Juzgado, que es favorable a los imputados, y que acredita la inexistencia de delito.

Valoración del fiscal

Según publica El País, 23 de junio de 2009, el fiscal "pide dejar sin efecto la inculpación de 19 técnicos y políticos contra los que va la juez del caso, María del Mar Lorenzo, que ignora que sus propios informes periciales descartan que hubiera la negligencia que ella sí ve".

Un comportamiento sorprendente del Partido Popular

El Partido Popular ha estado personado en el proceso judicial como parte desde el inicio de la instrucción del sumario. Sin embargo ha permanecido inactivo durante prácticamente toda la instrucción y su postura oficial ha sido siempre de beligerancia hacia el PSOE y sus cagos políticos, aclarando, siempre que ha tenido ocasión, que sus acciones no buscaban perjudicar a los técnicos imputados a quienes, según las propias palabras de la diputada por el PP en el Parlamento Castellano-Manchego Sra. Guarinos, mostraba su mayor apoyo. Pero curiosamente, justo cuando el fiscal pide dejar sin efecto la inculpación de los técnicos, el Partido Popular presenta un escrito de acusación en el que pide siete años de prisión para para 7 de los técnicos imputados y cuatro para otros 2 técnicos, siendo chocante que esta petición sea un calco de la presentada por el abogado de la Asociación de Víctimas. Y no solo eso sino que, como publica El País el viernes 17 de julio de 2009, pide que se indemnice a los familiares de las víctimas, pero dejando fuera de la indemnización a dos de los fallecidos, Pedro Almansilla Fuero y Marcos Martínez García, y al único superviviente Jesús Abad.

Auto de Procesamiento por Procedimiento Ordinario

El 16 de octubre de 2009 la Audiencia de Guadalajara da la razón al fiscal en el recurso que éste presentó contra el auto de transformación de la Instrucción en Procedimiento Abreviado de la jueza de Sigüenza de 20 de mayo de 2009 y establece la posible acomodación de la presente causa a los trámites del Sumario Ordinario.[40]

Un nuevo retraso que la jueza resuelve con rapidez con auto de Procesamiento el día 13 de enero de 2010.

Han llamado la atención algunas características de este escrito:

En primer lugar, no ha partido de todas las diligencias de instrucción practicadas para deducir de su resultado unas conclusiones relevantes para la determinación de la existencia de indicios de criminalidad. Se valora sobre todo algunos testimonios de referencia y conversaciones del 112, omitiendo los informes técnicos que califican como accidente la causa de las muertes.[41]

Las imputaciones están basadas en indicios cuando la doctrina jurídica no admite que una eventual responsabilidad penal a título de imprudencia se fije por las meras declaraciones testificales de personas que no estaban con los imputados cuando fueron realizados los hechos que se estiman como delictivos.Así el Tribunal Supremo establece:

debe ser establecida con fundamento en una ley de causalidad, que puede ser fundada en la experiencia, pero que, en determinados casos complejos, debe ser comprobada científicamente, es decir sobre la base de una prueba pericial
Sentencia del Tribunal Supremo de 11 de diciembre de 2008

Se omite practicar una diligencia de instrucción desestimada por el Juzgado y que fue admitida por la Sección 1ª de la Ilma. Audiencia Provincial de Guadalajara, por considerarla necesaria en fase de Instrucción.[42]

Resulta verdaderamente extraño que los técnicos puedan ser culpables de "incendio forestal por imprudencia grave", no estando ninguno en el lugar y en el tiempo en el que se produce la "causa" del incendio, es decir, en la barbacoa. Sin embargo se exonera de delito a 5 de los excursionistas y solo se procesa a 3 de ellos.[43]

20 personas que en el día y hora en que se produce el incendio están en su casa o disfrutando un fin de semana tienen una “relación causal” con el incendio por "acción omisiva" en tiempo anterior al hecho. Si la acción “omisiva” fuera posterior, nunca podría ser causa.

En cambio quien ha ido de excursión, estaba allí en el lugar y el momento y ha podido colaborar lo mismo que impedir, que se encendiera o no se encendiera el fuego, en unas condiciones meteorológicas semejantes a las que describe el Tribunal Supremo, puede quedar exculpado de imprudencia.[44]

Sólo cabe pensar que los técnicos imputados fueran cómplices de los excursionistas. Pero resulta verdaderamente extraño que se les pueda aplicar la doctrina jurídica existente al respecto.[45]

En el delito contra la seguridad de los trabajadores no se concreta en qué y por quién y en qué momentos se produce la mala ejecución del Plan ni la defectuosa evaluación; en base a qué competencias personales se producen tales faltas o errores.[46]

Ni siquiera se cita el informe emitido por la Inspección de Trabajo que consideró las muertes como accidente. Ni se especifican las normas incumplidas ni qué trabajadores concretos se vieron afectados por dicho incumplimiento.

En ningún momento se concreta la actividad desarrollada por cada uno de los imputados como causa eficiente de la muerte como para hacer una imputación tan grave como es la muerte de 11 personas.[47]

La declaración del superviviente, a estos efectos, resulta esclarecedora: “El fuego vino a por nosotros”, y es el único que es testigo de lo que allí ocurrió.

El 16 de enero de 2010 es interpuesto recurso de reforma frente al Auto de 13 de enero por parte de la defensa.

Desestimación del recurso de la defensa y recurso de Apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial

La jueza de Instrucción de Sigüenza desestima el recurso de la defensa en auto con fecha 17 de febrero de 2010, por lo que la defensa de los funcionarios de la Junta de Castilla la Mancha imputados,(7 técnicos, el Director General de Medio Natural y el Delegado Provincial de Medio Amgiente), interpone recurso de Apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial.

Resolución de la Audiencia Provincial de Guadalajara

Finalmente al cabo de cinco años la Audiencia Provincial dicta resolución estableciendo de manera concluyente que el incendio fue obra de unos excursionistas que encendieron una barbacoa y que imprudentemente dejaron sin vigilancia; quedan así prácticamente al margen de la cuestión penal por la muerte de 11 trabjadores tanto los políticos imputados como los técnicos encargados de la extinción del incendio, así como de la responsabilidad sobre la seguridad de los mismos. Finalmente son los excursionistas los que permanecen procesados.

La resolución analiza la actuación de los técnicos y concluye que su actuación es completamente irrelevante en lo penal con respecto a las muertes de los trabajadores. El delito exige "incendiar" es decir "prender fuego a una cosa que no esté destinada a arder"[48] por lo que en realidad se imputó a los técnicos "el delito cometido por otros procesados".[48]

Respecto al delito contra la seguridad de los trabajadores la resolución concluye que las muertes fueron por accidente en cuya causa no intervino o se debió a "la falta de medios o ausencia de formación del personal que intervino en la extinción del incendio",[48] sino que, según concluyeron los informes de la Consejería de Empleo de la Junta así como la Inspección de Trabajo, el accidente se produjo por un "aumento repentino e imprevisto de la velocidad de propagación del fuego al sur de la zona donde operaban los trabajadores[48] reprochando a la jueza de instrucción que no tuviera en cuenta el testimonio del único superviviente que dijo que el "fuego vino a por nosotros": "aunque hubiéramos tenido 10 motobombas y un helicóptero no hubiéramos podido apagarlo.[48]

Finalmente la resolución de la Audiencia Provincial deja en ridículo las imputaciones a los políticos, Consejera de Medio Ambiente de la Junta de Castilla la Mancha, Rosario Arévalo, Delegado Pronvincial, Sergio González y Director General, Jose Antonio Nicolás, así como el Director del Parque Natural del Alto Tajo, Rafael Ruiz. La resolución compara los argumentos de la jueza en la imputación como equivalencia a "prohibir la circulación de vehículos de motor para evitar los accidentes de circulación".[48]

Unos días después de este auto la parte acusadora decide no recurrir con lo que prácticamente el proceso penal queda reducido a los imputados que encendieron la barbacoa. En realidad se pone de manifiesto que todo el asunto de las imputaciones ha sido claramente desorbitado desde el momento en que se politizó algo que "desgraciadamente" se repite en tantos incendios forestales con víctimas, como prueba la estadística.

Fuentes

Notas

  1. Diario El País. «11 muertos en un incendio forestal que arrasa miles de hectáreas en Guadalajara». Consultado el 11 de octubre de 2008.
  2. Ministerio de Medio Ambiente de España. «Los incendios forestales en España. Decenio de 1996-2005.» (PDF). Consultado el 11 de octubre de 2008.
  3. «Un pavoroso incendio de pinos resineros calcina 13.000 hectáreas en Guadalajara y deja 11 muertos» (4). Consultado el 28 de septiembre de 2008.
  4. Diario Digital MiCiudadReal.es. «De Cospedal critica al PSOE por su ineptitud en política forestal». Consultado el 11 de octubre de 2008.
  5. El Decano de Guadalajara. «Grabaciones del 112». Consultado el 11 de octubre de 2008.
  6. El Periódico de Aragón. «La Junta admite que no pidió ayuda en Guadalajara hasta que murieron los forestales». Consultado el 11 de octubre de 2008.
  7. LaCronica.net. «El dolor por las víctimas del incendio llenó las calles de Guadalajara». Consultado el 11 de octubre de 2008.
  8. Situación próxima a lo que se conoce como situación 30.30.30 de máxima alerta (30 grados de temperatura, 30 km/h de velocidad del viento y 30 por ciento de humedad relativa del aire)
  9. a b «Comparecencia de la señora consejera de medio ambiente al objeto de informar sobre el incendio forestal originado en Riba de Saelices (Guadalajara), Expediente 06/0403-0114». Consultado el 11 de octubre de 2008.
  10. a b c Pons i Grau, V. (2007). La explosión del monte. El trágico suceso acaecido durante el incendio forestal de Guadalajara.. Valencia. Imprenta Romeu, s.l.. 
  11. Fuente INE
  12. a b Fuente Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino
  13. Párrafo que revela la intencionalidad con que algunos medios y grupos informan acerca de los hechos manteniendo una polémica política más que informativa
  14. Informe ADAI; Informe Dubaldo Dominguez Gomez; Informe EURAL; Informe Delegación de Medio Ambiente; Informe Bomberos Diputación Provincial; Informe Guardia Civil; Informe Melgar, Consejería Medio Ambiente
  15. Conforme al estilo de relaciones políticas que ha sido patente en esta legislatura iniciado y continuado a partir de los atentados del 11-M en Madrid de lo que este incendio es un ejemplo menor
  16. Puede verse un estudio con más detalle del fenómeno en el foro que ha discutido el accidente del incendio de Guadalajara, expuesto por el Ing. D. David Caballero en: http://ingenierosdemontes.forogratis.es/foro/viewforum.php?f=2; asimismo en el libro de tema monográfico que se cita en la bibliografía de Vicente Pons
  17. Op. cit. pág. 117
  18. Vehículo especial de incendios dotado de mangueras y depósito de agua
  19. Se dice así a un informe solicitado por un juez a un Colegio Profesional a fin de garantizar un informe independiente de las partes que están en litigio. El nombre hace referencia al procedimiento usado para determinar los autores técnicos de dicho informe. Se introducen los nombres de los miembros colegiados y entre ellos se saca a suertes
  20. La juez ve indicios para imputar a la consejera que gestionó el incendio de Guadalajara, en El Mundo
  21. Un acuerdo contrario a la Ley Electoral apartó a la juez del caso de Guadalajara · ELPAÍS.com
  22. Considera por ejemplo que la construcción y localización de la barbacoa eran adecuadas y "tiene unos parámetros de bajo riesgo de incendio"
  23. "Estas coordenadas, tomadas con GPS, digitalizadas en una plataforma GIS, contrastadas con mapas de papel, discutidas sobre ortofotos, utilzadas en la simulación y referidas por activa y por pasiva a la zona del incendio (se menciona explícitamente el paraje de la Cueva de los Casares) son UTM30N X=0559556 Y=4532330 que equivalen a latitud 40º56'23" y longitud -2º17'33"W y en grados decimales DecLat 40.939934 DecLon -2.2925005 (estas son las que metemos en Google Earth)" "confundieron coordenadas UTM por coordenadas geográficas decimales, es decir, la coordenada UTM X 0559556 podía haberse confundido con Dec Lat: 55.9556, lo cual explicaría la tan alta latitud (confusión de Northing por la coordenada X, un error común si vas rápido ya que en ambos casos es el primer número). Y en cuanto a la longitud, me percaté que el desplazamiento de la posición de La Riba con respecto a la referencia del Huso UTM30N (España central) era muy parecida al desplazamiento en Dinamarca del Huso UTM32N (no me preguntéis por qué se utilizó el Huso 32N). Así pues, la coordenada UTM32N X=0559556 tendría ahora el equivalente de longitud 9º42'26" es decir la coordenada decimal DecLon: 9.7074995 y la coordenada de latitud no variaría con el cambio de Huso. Con estas dos "coordenadas", nuevamente confundidas porque ambas son X, es decir (55.9556, 9.7074995) en Google Earth aparecemos en efecto en un punto de Dinamarca, y por tanto la etiqueta de Scankort aparece en la parte de abajo, confundiéndola con el nombre de un municipio. Este razonamiento podría explicar esta posición tan exótica.
  24. Hace referencia dicha crítica al concepto de "causa que conduce", lo que implicaría intencionalidad sólo aplicable a las acciones humanas y algo completamente extraño en un análisis técnico sobre las causas que producen unas muertes.
  25. Nº 37: Recurren pues a algunas explicaciones ininteligibles y discutibles, ecuaciones matemáticas, programas informáticos, referencias bibliográficas remotas, y hasta a algunas hilarantes "palabritas" en inglés ("blow up"). Insistimos: las personas murieron, simplemente, porque no pudieron salir de allí..
  26. Como era previsible, se encontraron encerrados en la línea de choque de dos frentes de fuego, que se aceleraron por la abundancia de restos y las enormes pendientes, "llamándose" mutuamente y formando un "contrafuegos" de manera natural. Cuando dos frentes de fuego se acercan, el uno reclama al otro por efecto de succión del aire caliente, ambos se aceleran en su avance, y finalmente chocan "explosivamente" en el campo intermedio, apagándose a continuación, pues a ambos lados el terreno está quemado. Es lo que se usa como "contrafuegos" en la extinción de los grandes incendios forestales. Esta teoría produce extrañeza al no ser reconocida en el ámbito de los Ingenieros de Montes especialistas en incendios forestales, máxime cuando a lo largo de todo el informe no se da ninguna otra referencia ni explicación.
  27. Básicamente:- Declaraciones de testigos - Escritos de abogados de los familiares de las víctimas - Documentos oficiales existentes - Informes periciales - Ademas:- Visita de campo - Internet - Bibliografía en la materia; frente a los 6 folios de presentación personal y méritos
  28. Valga la presentación que hace del informe ADAI:Informe llamado de la Universidad de Coimbra (Informe Caballero). Consejería de Medio Ambiente:AUTORÍA.El que en diversos documentos se denomina "Informe de la Universidad de Coimbra", no es Informe de Universidad Portuguesa alguna, sino que simplemente participan en él, y a título meramente personal, algunas personas que, al parecer, trabajan en dicha Universidad, no sabemos a qué título ni en qué (parece ser que se trata de un laboratorio de ensayos físicos), aunque sí sabemos que la de Coimbra no es una Universidad Forestal, ni tampoco imparte cursos sobre Incendios Forestales. Las personas que actúan, tampoco parecen tener formación forestal, pues no la alegan. Sí parece existir allí un formal CEDF que en ningún momento aparece. No hay firmas, antefirmas, ni identificación ninguna de los participantes portugueses en el Informe. ¿PROFESIÓN? ¿EMPLEO? Literalmente el encabezamiento dice "ADAI" que quiere decir exactamente: "Asociación para el Desarrollo de la Aerodinámica Industrial". Esta Asociación parece tener su sede en la Universidad de Coimbra; pero, obviamente, ni es en sí la siempre muy respetable Universidad de Coimbra, ni tampoco centro forestal alguno.No puede pues admitirse este Informe como un Informe experto independiente y de alto nivel. Esto no sólo por estas básicas cuestiones formales, que ya sería bastante; sino, sobre todo, por los contenidos mismos del documento que lo prueban de forma taxativa e indiscutible. El que firma como "compilador" (¿Qué responsabilidad incumbiría en este caso a un mero "compilador"?) el Dr. Ingeniero de Montes D. David Caballero, y dicho sea con el máximo respeto y consideración personal, es persona totalmente vinculada, profesional y personalmente, a la Administración de Castilla La Mancha y a sus funcionarios; y esto, al menos, por dos vías diferentes:- Como Decano del Colegio de Ingenieros de Montes en Castilla La Mancha es nombrado y cesado por el colectivo de estos ingenieros y tiene por función esencial la defensa de sus colegiados. Es, precisamente y en buena parte, la actuación de algunos de estos colegiados lo que ahora se cuestiona. El Informe, por tanto, es de parte y no independiente, pues por razón de su cargo está obligado a su defensa. - Como profesional y hombre de empresa forestal (parece ser que ligado sobre todo a la caza) sus proyectos, obras y actuaciones, deben ser siempre aprobados previamente por la Administración de Medio Ambiente de Castilla La Mancha, antes de su aplicación, que ejerce labores de control y seguimiento sobre los mismos. Por tanto, de nuevo el Informe es cuestionable en su independencia, pues su actividad profesional, actual y futura, depende de sus buenas relaciones con estos funcionarios y con la Administración de Medio Ambiente. - Como profesional forestal que somos, debemos resaltar que las profesiones forestales están todas ellas, por su tipo de actividad, muy ligadas a la Administración Medio Ambiental correspondiente. Por eso, y a escala autonómica, los profesionales forestales (Ingenieros, de Montes e Ingenieros Técnicos Forestales), son muy dependientes de dicha Administración. Sería muy arriesgado para ellos no doblegarse ante la misma, máxime en este caso. Las dificultades para encontrar un perito independiente que ha encontrado en Castilla La Mancha la representación de las familias de las víctimas, lo prueba de forma indiscutible. - No es cuestionable que el Informe fue encargado por el Delegado Provincial de Medio Ambiente en Guadalajara de Castilla La Mancha. - Anteriormente se había redactado ya un primer informe o borrador con participación directa de los funcionarios de Castilla La Mancha. Todas estas razones creemos que obligan, en principio, a poner "en cuarentena" la casi totalidad del contenido del Informe. De manera increíble, igual que con las coordenadas finlandesas, el autor confunde al Sr. Caballero que cita, y que no tiene nada que ver con el informe, con D. David Caballero, este sí coautor del informe y creador del foro del Colegio de Ingenieros Es de destacar que D. Domingos Viegas, uno de los autores del informe, es una autoridad mundial en el tema de incendios forestales y que el Centro de la Universidad de Coimbra pasa por ser uno de los pocos centros de investigación de incendios forestales en el mundo.
  29. Considérese por ejemplo esta frase que cita El Mundo en el cuadro reseñado:«la cadena de negligencias acumuladas son la causa real del fuego y que sin ella éste nunca se habría producido». O este otro párrafo: 028. La actitud auto-exculpatoria de los informes existentes, que no tanto informan sino que meramente disculpan, prueba el sentimiento íntimo de responsabilidad por parte de los informantes y sus allegados. En buena parte de los informes que han llegado a nuestras manos, creemos que existe una clara voluntad de engaño {Disculpas no pedidas...). Algunos pretenden exhibir supuestos conocimientos matemáticos, en la creencia de que la justicia está formada por "gentes de letras" que van a doblegarse mansamente ante la mística de los números y las actitudes cabalísticas o chamánicas. Nos avergonzamos como ingenieros, y públicamente pedimos disculpas en nombre del colectivo: no todos somos iguales. O este otro: Nº037: Las personas murieron, simplemente, porque no pudieron salir de allí. Toda explicación es pues meramente morbosa, y tal vez irrelevante a los efectos que ahora nos ocupan (No lo olvidemos, la. cuestión central es: ¿Hubo o no negligencia por parte de la administración y sus funcionarios y empleados?).De nuevo los "informes" se concentran en tratar de "epatar" y confundir a un presunto lector, al que de nuevo presuponen lego. Recurren pues a algunas explicaciones ininteligibles y discutibles, ecuaciones matemáticas, programas informáticos, referencias bibliográficas remotas, y hasta a algunas hilarantes "palabritas" en inglés {"blow up"). Insistimos: las personas murieron, simplemente, porque no pudieron salir de allí.
  30. Véase referencias en el propio texto de El Mundo reseñado en el cuadro, como así se hace en el informe donde se llega a afirmar: Nº 007:Ni técnica ni políticamente nadie hizo nada, excepto detentar cargos o más adelante Nº 28: Nos avergonzamos como ingenieros, y públicamente pedimos disculpas en nombre del colectivo: no todos somos iguales..
  31. José Miguel Montoya Oliver. MensajePublicado: Vie Oct 19, 2007 12:08 pm. Mi querido amigo y compañero D. David Caballero: ………/……. Como comprenderás, el dato de las coordenadas es absolutamente irrelevante, así lo he declarado ante el juzgado y ante los medios (prensa, radio y televisión), pues el origen del fuego es claro y nadie lo discute ¿Por qué entonces me niego a corregir la pequeña y poco relevante imprecisión de estos informes oficiales, y formo semejante y divertidísimo "dislate" que tanta trascendencia mediática ha tenido? Porque, como diferentes informes citan con idéntica imprecisión las mismas coordenadas, esto que en el fondo, repito, es irrelevante, prueba un hecho relevantísimo y con efectos jurídicos indudables: se hicieron coordinadamente Informes distintos, pagados por una misma Administración, porque inciden en idéntica imprecisión. Se copiaron pues unos a otros. El nerviosismo de algunos, e incluso el del mismísimo Vicepresidente de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha (Sr. Lamata), que descienden a la descalificación y al insulto personal a mi persona, prueban que he dado en el clavo. ¡Vaya que el tiro ha ido al codillo! ………/………… José Miguel Montoya Oliver
  32. Se hace especial referencia al cumplimiento del Articulo 7.- del Código Deontológico: Los ingenieros de montes se relacionarán con sus compañeros de profesión con lealtad, respeto mutuo y colaboración profesional, absteniéndose de realizar juicios de valor sobre la actuación personal de algún compañero y limitando sus valoraciones a la crítica objetiva sobre la actuación profesional
  33. Según se recoge en el Art. 5 de los Estatutos del Colegio: Se debe visar cualquier trabajo que el ingeniero realice al amparo de su título profesional (que no académico) en cualquiera de las actividades para las que faculta dicho título, entre estos se encuentran: Informes y Dictámenes, Valoraciones, [u]Pericias[/u], Estudios, Planes (caza, restauración de espacios, urbanismo, de gestión, ordenación, de Seguridad y Salud ... ), todo tipo de proyectos, anteproyectos, memorias, estudios previos …, Direcciones de obra parciales y finales , Etc. Además todo ello con independencia de que el trabajo se realice para un particular, una empresa o una entidad pública, incluida la Administración del Estado, Autonómica o Local, Tribunales de Justicia etc. Para el caso de peritajes para Tribunales de Justicia, conviene aclarar que todas las pericias son notificadas por el Juzgado y el perito es nombrado siempre por el Juez a petición de una de las partes o ambas, por tanto deben ser visadas.
  34. Titular del Sr. Fernando Rojo en ABC. Al día siguiente ABC publica una carta al Director en la que el Colegio rectifica el titular del Sr. Fernando Rojo
  35. [...] entre profesionales se puede llevar a cabo una crítica objetiva del trabajo de otro compañero, pero lo que no resultaría conforme a las normas deontológicas sería que, bajo pretexto de analizar o discutir el trabajo de otro o cualesquiera hechos acaecidos, se aproveche para desprestigiar a otros profesionales, o insultar, ofender y calumniar. Tanto en un dictamen pericial, como a través de otros medios - prensa, radio, foros, etc.- se pueden verter juicios de valor sobre un trabajo, y precisamente en un proceso judicial, lo habitual es el enfrentamiento de ideas, de criterios, de visiones, discrepancias sobre la comprensión de los datos, pero lo que no procede es traspasar determinados límites, por cuanto sus autores podrán verse demandados o querellados por otros, si a juicio de éstos la crítica realizada entra en el terreno de lo personal y les desacredita gravemente [...]
  36. Foro "El dislate de las coordenada finlandesas II, págs. 30-36
  37. Véase el papel del incendio tras las elecciones del 9 de marzo de 2008 en http://lacronica.net:80/frontend/lacronica/Analisis-Electoral-vn686223589-vst37
  38. La ayuda que rechazó Castilla-La Mancha, en Libertad Digital
  39. El Decano de Guadalajara - Rajoy saca a la palestra el incendio de Guadalajara en el debate con Zapatero
  40. El País, 13 de noviembre de 2009. http://www.elpais.com/articulo/espana/juez/incendio/Guadalajara/tendra/rehacer/investigacion/elpeputec/20091113elpepunac_7/Tes
  41. Informe ADAI; Informe EURAL; Informe de la Inspección de Trabajo, Primer informe del Colegio de Ingenieros de Montes y, especialmente se ignora uno que ha sido pedido por el propio juzgado, una vez desestimado el primer informe in sáculo del Colegio de Ingenieros de Montes favorable a los imputados; aunque ha tardado un año en solicitarlo al Colegio. Este último informe técnico nuevamente considera que no ha habido fallos en la gestión por parte de los técnicos.
  42. Si, tratándose de fotografías aéreas, fueran tan claras como las mostradas por el Informe de D. Pedro Duque, que tampoco fue admitido por la jueza, publicadas por El País no deja de producir extrañeza la no consideración de dicho material para determinar el grado de corrección de las actuaciones técnicas de los técnicos respecto a determinadas condiciones de viento en los días del incendio.
  43. la ausencia, olvido o subestimación de las más elementales normas de cautela y reflexión, fácilmente asequibles a cualquiera y vulgarmente previsibles, como es encender un fuego soplando un fuerte viento y en las proximidades de una zona boscosa, lo que refleja una desatención exigible a cualquier persona, omitiendo primarias normas de cuidado y originando un amplio riesgo o peligro, no pudiendo calificarse el resultado como de mero accidente al ser previsibles las consecuencias por cualquier persona de capacidad psíquica norma
    Sentencia del Tribunal Supremo de 11 de diciembre de 2008
    Lo que prueba la importancia de las fotos aéreas y datos que establecen las condiciones meteorológicas del día en que se produjo el incendio. Datos que dudosamente pueden aportar con suficiente calidad técnica los declarantes y llamantes del 112
  44. la ausencia, olvido o subestimación de las más elementales normas de cautela y reflexión, fácilmente asequibles a cualquiera y vulgarmente previsibles, como es encender un fuego soplando un fuerte viento y en las proximidades de una zona boscosa, lo que refleja una desatención exigible a cualquier persona, omitiendo primarias normas de cuidado y originando un amplio riesgo o peligro, no pudiendo calificarse el resultado como de mero accidente al ser previsibles las consecuencias por cualquier persona de capacidad psíquica norma
    Sentencia del Tribunal Supremo de 11 de diciembre de 2008
    Lo que prueba la importancia de las fotos aéreas y datos que establecen las condiciones meteorológicas del día en que se produjo el incendio. Datos que dudosamente pueden aportar con suficiente calidad técnica los declarantes y llamantes del 112
  45. es también opinión unánime el que la complicidad debe ser dolosa en sentido estricto, es decir con dolo dirigido tanto a favorecer como cómplice la realización del delito por el autor, como a la naturaleza dolosa del hecho principal
    Sentencia del Tribunal Supremo de 7 de diciembre de 1994
  46. La Sentencia de la Ilma. Audiencia Provincial de Madrid, de 31 de octubre de 2008,señala al respecto:
    Un delito especial propio, por cuanto el precepto refiere como sujetos activos a quienes estuvieren legalmente obligados a facilitar los medios necesarios para que los trabajadores desempeñen su actividad con las medidas de seguridad e higiene adecuadas. Aparece así caracterizado además el tipo por la infracción de un deber específico centrado en las obligaciones que al empresario le impone, fundamentalmente, la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales. Se tipifica como un comportamiento omisivo, en cuanto que sanciona a quienes estando obligados a ello no faciliten los medios necesarios para garantizar la seguridad e higiene de los trabajadores
  47. La doctrina del Tribunal Supremo en la aplicación de artículol 142.1º del Código Penal exige: a) Que se haya producido un comportamiento (activo u omisivo) directamente causal del resultado de muerte; b) Que haya existido una previsibilidad del peligro originado, o del aumento del riesgo ocasionado; c) Que concurra una infracción del deber o de las normas objetivas de cuidado, que provoque un resultado prohibido por la norma penal. Esta infracción de la norma de cuidado presenta, en su aspecto interno, el deber de advertir el peligro, y, en el externo, el deber de comportarse conforme a las normas de cuidado previamente advertido. Para la imputación debe concretarse, así, que el daño y perjuicio concreto, sobrevenido como consecuencia de aquella conducta negligente, es con secuencia de su doble vertiente de falta de previsión o «deber saber» y la falta de cuidado o «deber evitar». d) Y que se dé la adecuada relación de causalidad entre el proceder descuidado, desatador del riesgo, y el mal sobrevenido (de causa a efecto), lo que a su vez generará la responsabilidad cuando el reproche sea imputable a persona determinada.
  48. a b c d e f El País 23 de Julio de 2010

Bibliografía

  • Pons i Grau, V. (2007). La explosión del monte. El trágico suceso acaecido durante el incendio forestal de Guadalajara.. Valencia. Imprenta Romeu, s.l.. 


Enlaces externos

  • Uno de los informes presentados dio lugar a un debate en el foro del colegio de ingenieros de montes, que aunque se cerró, aún puede verse en: http://skankort.blogspot.com/
  • Lamentablemente, otros repositorios de este foro que se abrieron en su momento y la continuación del mismo ya no están disponibles (Página cerrada -probable inactividad-): http://ingenierosdemontes.forogratis.es/

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