- Presupuestos procesales de existencia
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Presupuestos procesales de existencia
Los presupuestos procesales de existencia constituyen tres elementos:
1 La existencia de un Conflicto, lo cual indica que debe haber una controversia entre las partes que actúan dentro de un proceso, este conflicto debe ser actual, no potencial ni eventual.
Luego surge la duda de que si ¿Hay procesos en los asuntos civiles no contenciosos?, la respuesta es siempre negativa, porque no hay conflicto ya que se está ante gestiones de naturaleza administrativa, y estos son conocidos por los tribunales de justicia solo porque la ley lo manda.
2 Las Partes, todo proceso supone al menos la existencia de dos partes, una de ellas que sostiene la pretensión materializada en una demanda, que es el demandante, y la otra contra quien se dirige esta pretensión, o sea, el demandado.
Las partes pueden ser varias, en ese caso nos vamos a encontrar a una figura jurídica conocida como pluralidad de partes o litis consortio.
3 El Tribunal que es el órgano jurisdiccional encargado de resolver un conflicto. Este órgano debe estar instalado e investido de jurisdicción.
La falta de cualquiera de estos requisitos o presupuestos hacen que el tribunal no este obligado a proveer la demanda, que el demandado no tenga la carga de responderla, que jamás se produzca litis pendencia, que la sentencia definitiva dictada produzca efectos de cosa juzgada, que en definitiva no puedan sanearse aquellos vicios por la voluntad de las partes o del transcurso del tiempo.
Categoría: Derecho procesal
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