- Jornada de trabajo
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La jornada de trabajo o jornada laboral es el tiempo que cada trabajador dedica a la ejecución del trabajo por el cual ha sido contratado. Se contabiliza por el número de horas en las que el empleado desarrolla su actividad laboral, en principio en el día o jornada laboral, si bien, por extensión, también repercute en el cómputo de la semana laboral, mes laboral y el año laboral.
Contenido
Regulación internacional
En esta Conferencia se estableció el convenio por el que se limitan las horas de trabajo en las industrias a ocho horas diarias y cuarenta y ocho semanales cuestión que constituyó el primer punto del orden del día de la reunión de la Conferencia celebrada en Washington, y que después de haberse decidido que dichas proposiciones revistieran la forma de un convenio internacional, se acordo la constitución del acuerdo como Convenio, que podrá ser citado como el Convenio sobre las horas de trabajo -industria- de 1919, y que fue sometido a la ratificación de los Miembros de la Organización Internacional del Trabajo de acuerdo con las disposiciones de la Constitución de la OIT.
Unión Europea
La directiva europea de 2003 de organización del tiempo de trabajo (Working Time Directive - 32003L0088 - 4/11/2002) indica que los trabajadores de la Unión Europea no pueden ser obligados a trabajar durante más de 48 horas por semana debiendo tener al menos 11 horas de descanso consecuetivo cada 24 horas, si el horario de trabajo supera las 6 horas el trabajador tendrá derecho a un descanso computado como tiempo de trabajo. Semanalmente tendrá al menos 24 horas (1 día) de descanso ininterrumpido. Tendrán un descanso anual de 4 semanas. La jornada diaría de trabajo no excederá las 8 horas. Así lo indica la Directiva de Tiempo de Trabajo.[1]
En el año 2005 la semana laboral media en Europa de los trabajadores a tiempo completo era de 40 horas (8 horas de lunes a viernes), por encima de 40 horas están Letonia (que encabeza la lista con 42,6 horas), Estonia, República Checa, España (41 horas), Alemania y Austria. Francia aparece en la posición inferior en horas trabajadas semanales con 37,6 horas semanales, según Eurostat.[2]
Clasificación de las jornadas de trabajo
La jornada de trabajo puede ser, básicamente:
- Jornada a tiempo completo
En la jornada a tiempo completo la distribución y organización del trabajo se distribuye a lo largo del día y/o las jornadas de la semana, pudiéndose hacer de las siguientes formas:
- Jornada reducida: hay trabajos en los que la jornada es más reducida debido a una regulación especial como consecuencia de las particulares circunstancias físicas en que se ejecuta el trabajo, concretamente son:
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- Trabajos con riesgos para la salud de los trabajadores
- Trabajos en cámaras frigoríficas y de congelación
- Trabajos en el interior de las minas
- Trabajos de construcción y obras públicas
- Otras reducciones de jornada: guarda legal de hijos o lactancia
- Jornada continua: cuando se inicia y finaliza la jornada con una sola interrupción de treinta minutos para descansar o tomar algún alimento.
- Jornada partida: cuando a la mitad de la jornada hay una interrupción del trabajo de al menos una hora de duración.
- Trabajo a turnos: cuando se establecen turnos de trabajo rotatorios entre los trabajadores que forman equipos van alternando mañana, tarde o noche donde la actividad no puede paralizarse, por razones productivas o de servicio.
- Trabajo nocturno. cuando la jornada está comprendida entre las diez de la noche y las seis de la mañana siguiente.
- Trabajo en festivos. cuando el trabajo se realiza en festivos
- Horas extraordinarias: son las horas de trabajo efectivo que se realizan sobrepasando la duración máxima de la jornada de trabajo legal establecida. El número de horas extraordinarias no puede ser superior a ochenta al año, salvo las realizadas por causa de fuerza mayor.
Descansos
El período de descanso es aquel en el cual el trabajador se encuentra libre de la actividad laboral y no está tampoco a disposición del empresario. Los períodos mínimos de descanso establecidos, salvo que en convenio colectivo se establezcan períodos superiores, son:
Descanso semanal El trabajador tiene derecho a un descanso mínimo semanal de día y medio ininterrumpido. Como regla general, suele ser la tarde del sábado, o la mañana del lunes, y el día completo del domingo. Para los menores de 18 dieciocho años es de dos días, como mínimo.
Entre jornada y jornada tiene que haber un periodo de descanso mínimo de doce horas.
En la jornada continuada debe existir un descanso de al menos quince minutos.
Legislación
Regulación de la jornada de trabajo en España
En 2007 en España la jornada de trabajo está regulada por el Art 34 del Estatuto de los trabajadores y por lo que dispongan los Convenios Colectivos que les afecten. De este artículo cabe destacar los siguientes apartados:
- La duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo será de cuarenta horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual.
- Mediante convenio colectivo, o, en su defecto, por acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores, se podrá establecer la distribución irregular de la jornada a lo largo del año. Dicha distribución deberá respetar en todo caso los períodos mínimos de descanso diario y semanal previstos en esta Ley.
- Entre el final de una jornada y el comienzo de la siguiente mediarán, como mínimo, doce horas.
- Los trabajadores menores de dieciocho años no podrán realizar más de ocho horas diarias de trabajo efectivo, incluyendo, en su caso, el tiempo dedicado a la formación y, si trabajasen para varios empleadores, las horas realizadas con cada uno de ellos.
- El trabajador tendrá derecho a adaptar la duración y distribución de la jornada de trabajo para hacer efectivo su derecho a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en los términos que se establezcan en la negociación colectiva o en el acuerdo a que llegue con el empresario respetando, en su caso, lo previsto en aquélla.
- Normativa básica en España
- http://www.mtin.es/es/sec_leyes/trabajo/estatuto06/ Estatuto de los trabajadores. Edición conmemorativa del 25 aniversario NIPO:
Referencias
- ↑ Directive 2003/88/EC of the European Parliament and of the Council of 4 November 2003 concerning certain aspects of the organisation of working time, Official Journal L 299 , 18/11/2003 P. 0009 - 0019
- ↑ La jornada laboral de España sólo es superada por cinco países de la UE, El diario vasco, 19/11/2006
Véase también
- Reducción de la jornada de trabajo
- Semana laboral
- Condiciones de trabajo
- Condiciones de trabajo en España
- Directiva de Tiempo de Trabajo
- Trabajo a destajo
- Desempleo
- Desempleo estructural
- Ernst Abbe
- Día hábil y natural
Categorías:- Trabajo
- Inventos de Alemania
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