- Magistratura de Trabajo (España)
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La Magistratura de Trabajo es una jurisdiccion especial creada el 13 de mayo de 1938, en plena Guerra Civil Española,dependia del Ministerio de Trabajo y estaba destinada a la resolución de conflictos planteados en los procesos de producción y, de manera muy especial, los de carácter laboral. La promulgación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, supuso la integración de las Magistraturas en el sistema judicial general. Éstas se mantuvieron hasta la entrada en vigor de la Ley de Planta y Demarcación Judicial, de 28 de diciembre de 1988, en virtud de la cual fueron sustituidas por los actuales Juzgados de lo Social.
Desarrollo del Fuero del Trabajo
Creada durante del Régimen de Franco por Pedro González-Bueno y Bocos Ministro de Acción y Organización Sindical en 1938. Su creación supone la supresión de los Jurados Mixtos de Trabajo y los Tribunales Industriales cuya asumen las nuevas Magistraturas, con la finalidad de que las relaciones laborales fueran objeto de una administración judicial especializada e independiente de cualquier tipo de política[1]
La base de esta organización estaba prevista en la Declaración VII del Fuero del Trabajo, cuyo contenido decía:
«...Se creará una nueva Magistratura del Trabajo, con sujeción al principio de que esta función de justicia corresponde al Estado...»[2]A juicio de Pedro González-Bueno y Bocos Ministro de Acción y Organización Sindical del Primer Gobierno del Régimen de Franco.
«...Una disposición que podía ser objeto de perfeccionamiento en el futuro, pero cuya promulgación no debía aplazarse ni sufrir demoras injustificadas porque su meta era acabar con el sistema vigente. Éste no hacía sino fomentar la lucha de clases, frenado la aplicación de los principios del Movimiento, cuya meta era precisamente que los sindicatos fuesen herramientas de colaboración y no de enfrentamiento ...»[3]Funcionamiento
La promulgación del Fuero del Trabajo, la primera de las ocho Leyes Fundamentales del Reino, supuso una nueva concepción económica y social del mundo laboral, inspirada tanto en el ideario de José Antonio Primo de Rivera como en la doctrina social de la iglesia católica basada en la encíclica Rerum Novarum . En este contexto la nueva magistratura regula las relaciones laborales en base al concepto de justicia social, considerando al trabajador como ser humano.
Tras más de cuarenta años de funcionamiento, la Ley Orgánica del Poder Judicial hace desaparecer esta jurisdicción, sustituyéndola los actuales Juzgados de lo Social.
</ref> Se trata de una institución especializada de procedimiento sumario, oral, directo y eficaz, con una abundante jurisprudencia, que a juicio de los profesionales del derecho laboral, tantas veces ha orillado en la práctica las dudas y hasta los graves problemas creados por una legislación múltiple, torrencial y en ocasiones confusa. Su funcionamiento fue eficaz, según manifiesta un abogado laboralista:
«...Quienes por razones profesionales, hemos acudido durante años (y seguimos acudiendo) a las Magistraturas de Trabajo, podemos acreditar la bondad del procedimiento, la eficacia del trámite y sobre todo la admirable labor tuitiva que esta jurisdicción viene desarrollando a favor de los trabajadores, aplicando unos conceptos de equidad irreprochables. ...»[4]Referencias
- ↑ Artículo 1, párrafo 1º
- ↑ Promulgado el 9 de marzo de 1938 Fuero del Trabajo
- ↑ *González-Bueno y Bocos, Pedro (2006). En una España cambiante. Vivencias y recuerdos de un ministro de Franco.. Áltera, Barcelona (España). ISBN 84-89779-89-9.
- ↑ Fernando Vizcaíno Casas 30 de octubre de 1979, “El retablo” en El Imparcial
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