- Veguería
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La veguería (antiguamente también veguerío[1] ) es una demarcación territorial histórica de Cataluña de origen medieval, que existió desde el siglo XII hasta el XVIII, cuando las veguerías fueron sustituidas por corregimientos a raíz del Decreto de Nueva Planta promulgado por el rey Felipe V tras la Guerra de Sucesión Española. Se trataba del territorio sobre el cual tenía potestad un «veguer», figura equivalente a la del «merinático» —o «merino»— y la del «corregidor».[2] [3]
Estas instituciones surgen como alternativa a los condados y mandaciones —propios del régimen feudal en el Alto Medievo— para reforzar el poder territorial del monarca, a través de un aparato administrativo más centralizado, frente al carácter doméstico de las instituciones señoriales.[4] El «veguer», cuyo título viene del latín vicarius —representante de una autoridad superior— era un funcionario que asumía responsabilidades judiciales y de representación del Conde de Barcelona en el territorio bajo su jurisdicción.[2]
Contenido
Historia
Siglo XII
En el siglo XII existían diez veguerías, que se fueron ampliando a medida que el poder real se iba imponiendo a las jurisdicciones feudales hasta acabar instaurándose como demarcación territorial básica. En época de Jaime II de Aragón, conocido como "Jaime el Justo" eran:
- Veguería de Bages, o de Manresa, con la subveguería de Moianés, que después pasa a depender de Barcelona.
- Veguería de Barcelona, con la subveguería del Vallés.
- Veguería de Berga, después subvegueria dependiente de Manresa.
- Veguería de Besalú, después subvegueria dependiente de Gerona.
- Veguería de Camarasa, después incorporada a la de Lérida.
- Veguería de Camprodón.
- Veguería de Cervera, con las subveguerías de Agramunt y de Prats de Rey.
- Veguería de Gerona.
- Veguería de Lérida, con la subveguería de Balaguer, después denominada veguería de Lérida, Pallars y Camarasa.
- Vegueria de Montblanc.
- Veguería de Osona, o de Vic.
- Veguería de Pallars, después subveguería dependiente de Lérida.
- Veguería de la Ral (San Pablo de Seguries), después subveguería dependiente de Osona.
- Veguería de Ribagorza, desaparecida durante el siglo XIV.
- Veguería de Ripoll, después subveguería dependiente de Osona.
- Veguería de Tarragona.
- Veguería de Tárrega.
- Veguería de Tortosa.
- Veguería de Villafranca del Penedés, con la subveguería de Igualada después incorporada a Barcelona.
Siglos XVI y XVII
En los siglos XVI y XVII, esta figura empezó a entrar en conflicto con las responsabilidades de los poderes municipales, donde era el batlle (alcalde) quien tenía esta potestad. Del mismo modo, las veguerías convivían con otra división territorial propia de la Generalidad, las veredas y las colectas, que ejercían competencias en materia fiscal.
En el Anexo:Cataluña 1553 figura la Relación de las ciudades, villas y lugares del Principado de Cataluña, recogida por Tomás González, dividida en Colectas y Veguerías,
Decreto de Nueva Planta (1716)
El artículo 31 y siguientes establecen un total de 12 corregimientos:
- Tortosa (capital Tortosa).
- Tarragona (capital Tarragona; Montblanch, alcaldía mayor).
- Lérida (capital Lérida ; Balaguer y Tárrega alcaldías mayores).
- Talarn (capital Talarn).
- Puigcerdà (capital Puigcerdà).
- Cervera (capital Cervera; Agramunt, alcaldía mayor).
- Manresa (capital Manresa; Berga, alcaldía mayor).
- Vic (capital Vic; Camprodón, alcaldía mayor).
- Gerona (capital Gerona; Besalú, alcaldía mayor).
- Mataró (capital Mataró; Granollers, alcaldía mayor).
- Villafranca del Panadés (capital Villafranca; Igualada, alcaldía mayor).
- Barcelona (capital Barcelona).
El Valle de Arán se convierte en distrito especial.
Ocupación francesa (1808-1814)
Con la entrada en España de las tropas napoleónicas, se establecen 4 departamentos:
- Departamento del Ter, con capital en Gerona (Figueras y Vich, cabezas de distrito).
- Departamento de Montserrat, con capital Barcelona (Manresa y Villafranca cabezas de distrito).
- Departamento del Segre, con capital en Puigcerdá (Talarn, Solsona y Andorra, cabezas de distrito). El Valle de Arán es segregado de Cataluña.
- Departamento de las Bocas del Ebro, con capital en Lérida (Tortosa, Cervera y Tarragona cabezas de distrito). A este departamento se anexionan tierras de Aragón.
Finalmente en 1833 se lleva a cabo la división provincial en España. En 1931 tras la recuperación de la democracia, perdida con la dictadura de Primo de Rivera, se vincula definitivamente la representación electoral al ámbito provincial. Las aspiraciones de ciudades tan representativas como Tortosa, Manresa o Vic quedan truncadas definitivamente hasta hoy.
La veguería en la Edad Contemporánea
La Generalidad republicana
Los decretos de la Generalidad de Cataluña del 27 de agosto y el 23 de diciembre de 1936 dividieron a Cataluña en treinta y ocho comarcas y nueve regiones, si bien en el proyecto de 1933 se utilizaba la denominación de veguería en lugar de la de región. La denominación de región fue finalmente cambiada por la de veguería el 1 de diciembre de 1937 por el presidente Lluís Companys, debido a las presiones de Antoni Rovira i Virgili. El final de la Guerra Civil eliminó cualquier división territorial distinta a las provincias.
La veguería hoy
A finales del siglo XX empezó a estudiarse la división del territorio catalán en siete veguerías, que servirían como demarcación territorial. Así, en 2004 se proponían las siguientes veguerías, no obstante debido a la reciente sentencia Tribunal Constitucional, hace una reinterpretación por la cual esta medida no se llevará a cabo:
- Barcelona, coincidente con el Ámbito Funcional Territorial (AFT) denominado Àmbit metropolità de Barcelona.
- Gerona (AFT: Comarques Gironines).
- Alto Pirineo y Arán (AFT: Alt Pirineu i Aran).
- Lérida (AFT: Ponent).
- Cataluña Central (AFT: Comarques Centrals).
- Campo de Tarragona (AFT: Camp de Tarragona).
- Tierras del Ebro (AFT: Terres de l'Ebre).
La ley de veguerías ha suscitado diversas reivindicaciones por distintos sectores de la sociedad catalana. Por una parte, se reclama la creación de nuevas veguerías como el Alto Ter y el Panadés; y, por otra, existen disputas sobre la capitalidad y la nomenclatura de las veguerías.
En el caso del Alto Pirineo y Arán, el Consejo General de Arán ha reclamado que no puede integrarse en ninguna veguería, mientras que existen disputas entre Puigcerdá, Seo de Urgel y Sort sobre la capitalidad. El consejo comarcal de la Cerdaña ha pedido pertenecer a la veguería de la Cataluña Central, al mismo tiempo que los alcaldes de Montellà i Martinet y Lles de Cerdaña amenazan a dicho consejo comarcal con pedir formar parte del Alto Urgel, si la Cerdaña pasa a pertenecer a la veguería de la Cataluña Central.[5]
En la veguería de la Cataluña Central, Vic y Manresa se disputan ser su capital, mientras que en la comarca de Anoia, por una parte, quieren integrarse en una veguería del Panadés, al propio tiempo que el alcalde de Igualada ha pedido formar parte de la veguería de Barcelona.
En el Campo de Tarragona, Tarragona reclama que la denominación sea la de veguería de Tarragona y que Tarragona sea la única capital, mientras que en Reus quieren que el nombre sea Campo de Tarragona y ser cocapital.
En las Tierras del Ebro hay una aspiración por la cocapitalidad por parte del Ayuntamiento de Amposta.
Por último, los alcaldes de Tarragona y Lérida, así como el presidente de la Diputación de Barcelona, piden que se paralice la ley de veguerías.[6]
En la actualidad, el nuevo estatuto catalán (artículo 2, 83, 85 y 90), ya en vigor, concibe las veguerías como nueva división territorial, contemplándose la sustitución de las diputaciones provinciales por las mismas, si bien en la referida norma no se determinan los límites de cada veguería, su número o su peso electoral en el Parlamento de Cataluña; aspectos estos supeditados a una ley propia de división territorial y otra electoral, estrechamente ligadas.
El 2 de febrero de 2010 el Gobierno de Cataluña aprobó el proyecto de ley de veguerías.[7] En dicho proyecto se contemplan las veguerías de "Tierras del Ebro" (Terres de l'Ebre), Barcelona, "Lérida" (Lleida), "Alto Pirineo y Arán" (Alt Pirineu i Aran), Cataluña Central, "Gerona" (Girona) y "Campo de Tarragona" (Camp de Tarragona). El Alto Pirineo y la Cataluña Central son las únicas que no tienen definidas todavía sus respectivas capitales, no obstante debido a la reciente sentencia Tribunal Constitucional, hace una reinterpretación por la cual esta medida no se llevará a cabo .
Véase también
Referencias
- ↑ Extracto del Decreto de Nueva Planta de Cataluña
- ↑ a b "Administración y legislación. Medios del poder real". ArteHistoria, JCyL
- ↑ "La construcción de instituciones (España)". ArteHistoria, JCyL
- ↑ "La administración de justica en León y Castilla durante los siglos X al XIII". Sánchez-Arcilla Bernal, José. Ed. Complutense, Madrid
- ↑ Viure als Pirineus: Lles, Montellà i Martinet i la Seu d'Urgell defensen la vegueria (en catalán).
- ↑ El avispero de las veguerías: el mapa genera conflictos en Tarragona, Cataluña Central y el Panadés, El País, 29/12/2009.
- ↑ Artículo titulado Cataluña aprueba el proyecto de ley de las veguerías, publicado por el periódico Público el 2/2/2010.
Enlaces externos
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