- Servicio militar
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El servicio militar obligatorio (SMO), servicio o conscripción es el desarrollo de la actividad militar por un individuo de manera obligatoria en algunos países y voluntarias en otras. En algunos casos, la actividad tampoco es remunerada.
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Servicio militar por países
Argentina
En la Argentina el Servicio Militar Obligatorio fue instituido en el año 1901 por el entonces ministro de Guerra Pablo Riccheri, mediante el Estatuto Militar Orgánico de 1901 (Ley Nº 4.301), durante la segunda y última presidencia de Julio Argentino Roca.
La edad de los reclutas y el tiempo de su permanencia en el servicio varia con el tiempo. En sus comienzos, se reclutaba a ciudadanos de entre 20 y 21 años, y su duración era de 18 a 24 meses. En las décadas previas a su suspensión, se reclutaba a hombres de 18 años por un sistema de cupo variable por sorteo que los distribuía entre las tres fuerzas armadas.[1] Era de hasta 14 meses de duración y se lo conocía popularmente como «colimba», palabra que se supone estaba formada por un acrónimo en alusión de tres actividades frecuentes en los conscriptos (corre, limpia y barre). En el año 1994, el asesinato de un conscripto de 18 años, Omar Carrasco (véase Caso Carrasco), por otros dos soldados instigados por un oficial, puso en tela de juicio al Servicio Militar. A partir de este hecho, el maltrato a soldados en distintas guarniciones del país tomó estado público, y el 31 de agosto de 1994, durante el gobierno del presidente Carlos Menem, se suspendió la ley del Servicio Militar Obligatorio y decretó un nuevo formato de Servicio Militar Voluntario, donde los candidatos se anotan y obtienen a cambio de sus servicios, una remuneración mensual, pueden permanecer hasta 10 años en servicio y los más reconocidos tienen la posibilidad de hacer un pequeño curso para formar parte del cuadro de Suboficiales. Debe señalarse que la conscripción militar obligatoria no ha sido abolida, pues la Constitución Nacional indica que todo individuo está obligado a armarse en defensa de la Patria. La Ley de servicio militar obligatorio sigue vigente; puede ser puesta en práctica en tiempos de guerra, crisis o emergencia nacional. Estas condiciones son definidas por las autoridades del Estado.
Bolivia
En Bolivia el servicio militar es obligatorio, el cual se nutre de personas de sexo masculino entre 18 a 20 años de edad. De forma voluntaria se ha creado el servicio premilitar, dirigido a personas de ambos sexos que están entre el tercer año de secundaria hasta un máximo de 18 años. Algunas formas de dar el servicio premilitar es entrar a los Colorados de Bolivia, a la Armada, al Estado Mayor, o la Fuerza Aérea Boliviana.
Chile
La inscripción es automática y obligatoria, y sólo se dará paso al sorteo donde estarán los jóvenes que cumplen los 18 años en el mismo año en curso y los disponibles del año anterior; luego de eso tienen el plazo de un mes donde presentan sus reclamaciones para excluirse del Servicio Militar.
En el caso de que falten voluntarios para completar los cupos, los seleccionados en el sorteo se someterán a un examen médico; si éste arroja resultados compatibles con la formación militar, tendrán diversas opciones para realizar el servicio. Las opciones son realizarlo como soldados conscriptos (forma tradicional), soldado estudiante (generalmente por un par de meses en verano), o bien tendrán la opción de aplazarlo si se encuentran estudiando o bien si entrarán a estudiar en algún centro de educación superior. Estos últimos tienen también la opción de reemplazar el servicio militar por la prestación temporal de servicios profesionales, una vez que el individuo haya culminado sus estudios.
Claramente lo "Obligatorio" del servicio militar es mínimo, ya que entre 1998 y 2008 se han entregado 320 000 cupos para el Servicio Militar en Chile, siendo que se han presentado más de 1.500.000 personas, además de que para entrar a este sistema es necesario inscribirse.[cita requerida]
Por esta razón en Chile se planteó en el año 2000 eliminar el Servicio Militar obligatorio, pero el mismo gobierno dijo que esto sería "un gasto de papel en el congreso" (refiriéndose a la ley que es emitida en papel), "ya que era idiota cambiar una palabra, sin relevancia alguna, en una ley que no tiene validez, y en realidad se deberían dar más cupos para el servicio militar, ya que demasiada gente que desea entrar queda fuera".[cita requerida]
Colombia
La ley establece que todos los varones colombianos están obligados a definir su situación militar a partir de la fecha en que cumplan su mayoría de edad,[2] la cual es a los 18 años. Para que los ciudadanos colombianos puedan definir su situación militar, es necesario que se inscriban ante el distrito militar respectivo el año anterior a que cumplan su mayoría de edad.
El servicio militar obligatorio podrá prestarse en el Ejército, la Armada, la Fuerza Aérea, la Policía Nacional y el INPEC[3] , en las siguientes formas y modalidades:[4]
- a) Como Soldado Regular, durante 22 meses.
- b) Como Soldado Campesino, durante 18 meses.
- c) Como Soldado Bachiller, durante 12 meses.
- d) Como Auxiliar de Policía,[5] durante 18 meses.
- e) Como Auxiliar de Policía Bachiller,[6] durante 12 meses.
- f) Como Auxiliar Bachiller del INPEC,[7] durante 12 meses.
Se exime de la prestación del servicio militar en todo tiempo y lugar al pago de la cuota de compensación militar en los siguientes casos:
- A todos aquellos que padecen limitaciones físicas o sensoriales permanentes.
- A los indígenas que se comporten como tal, es decir, que residan en sus territorios nativos, conservando la integridad cultural, social y económica que caracteriza a estos grupos étnicos.
- Se exime del servicio a los clérigos de la religión católica y similares jerárquicos de otras religiones, siempre y cuando se dediquen permanentemente al culto.
- También se excluyen a los condenados a penas que tengan como accesoria la pérdida de los derechos políticos.
- Hijos únicos.
- Jóvenes cabezas de familia que coadyuven a la coexistencia de padres o hermanos.
- Hermanos o hijos caídos en combate o que hayan adquirido inhabilidad absoluta y permanente en actos del servicio o como consecuencia del mismo durante la prestación del servicio militar obligatorio.
- Casados.
- Inhábiles relativos y permanentes.
- Como un acto de reconocimiento y solidaridad para con los hijos de los oficiales, suboficiales, agentes y civiles de la fuerza pública que ofrendaron su vida en combate o que perdieron toda su capacidad laboral en actos relacionados con la actividad militar o policial.
- Estudiantes que estén cursando una carrera profesional.
La ley no permite reclutar menores de edad. La única excepción para que un menor de edad preste su servicio militar es en un Colegio Militar. En estos establecimientos educativos, tanto hombres como mujeres prestan un servicio militar, que puede ser voluntario u obligatorio (según el colegio) durante tres años (Grados Noveno, Décimo y Undécimo), y tienen la posibilidad de obtener un diploma de bachiller y la Libreta de Reservista de Primera Clase.
España
En España, los distintos servicios militares implantados a partir de la Regencia posterior a la muerte de Fernando VII se encontraron con problemas de aceptación social. Los quintos y la posibilidad de pagar para eludir el servicio resultaban en la utilización de soldados de las clases sociales bajas para la defensa de la patria, lo cual causaba mucha animadversión entre los afectados.
En 1912 Canalejas quiso aportar otra solución más satisfactoria al problema de las injusticias de reemplazo, creando un servicio obligatorio para todos con la figura del "soldado de cuota" para eliminar los sistemas de "sustitución" y de "redención a metálico"; de acuerdo con el nuevo sistema, nadie se libraría totalmente del servicio militar, aunque se seguía ofreciendo ventajas importantes a las familias de determinado nivel económico; estos pagando una cuota de 1000 pesetas, permanecían en filas durante diez meses y aquellos que abonaban la cantidad de 2000 pesetas sólo servían cinco meses. Por contra aquellos que no se hallaban en disposición de pagar cualquiera de estas cuotas se veían obligados a prestar servicio durante tres años. Se suponía que en caso de guerra, los "soldados de cuota" podían ser movilizados.[8]
Este servicio recibió la denominación popular de "mili" y fue siempre exclusivo de los varones. Durante los últimos años del franquismo se produjeron los primeros casos de objeción de conciencia de carácter antimilitarista (los testigos de Jehová se negaban ya a cumplir con el servicio militar). Tras la Transición, se crea el MOC (Movimiento de Objeción de Conciencia) que propone la insumisión como estrategia de resistencia pacífica al reclutamiento obligatorio. Cientos de sus seguidores fueron encarcelados por sucesivos gobiernos por negarse a prestar el servicio militar. En 1984 se reguló por primera vez la objeción de conciencia, penándola con un sistema de servicio social sustitutorio que duplicaba en tiempo al militar. En 1997 se presentaron 130 000 solicitudes de objeción de conciencia[9] y al año siguiente por primera vez los objetores superaron en número a los reclutas: 144 823.[10] El Servicio Militar Obligatorio fue abolido en España el 31 de diciembre de 2001,[11] y finalmente suprimido por el gobierno de José María Aznar.[12]
México
En México el servicio militar se instituyó en 1942 por el entonces presidente Gral. Manuel Ávila Camacho como una necesidad de respuesta a la Segunda Guerra Mundial en que se vio involucrado el país dados los acontecimientos que se suscitaron ante el hundimiento de sus barcos petroleros Potrero del Llano y Faja de Oro por submarinos alemanes. Entre otras medidas tomadas en defensa de la soberanía, el gobierno mexicano se vio en la necesidad de convocar a todos los jóvenes mayores de 18 años a prestar el Servicio Militar Nacional (SMN). Los conscriptos deben someterse a entrenamiento básico de combate y armas de reserva, aunque de 1994 a 2005, el servicio militar se utilizó principalmente para realizar proyectos de servicio social, tales como campañas de alfabetización y educación física, entre otras. Desde 2006, el Servicio Militar Nacional volvió a proporcionar a los conscriptos entrenamiento básico de combate y armamento.
A pesar de que México no ha participado en ninguna guerra desde hace más de 60 años, el Servicio Militar Nacional obligatorio para los varones continúa vigente, la cartilla que avala su cumplimiento se utiliza todavía para muchos trámites oficiales. No obstante, una ley de reciente creación suprime la obligatoriedad de presentarla para obtener un pasaporte. Pese a ello, aún es común que para solicitar trabajo en algunas empresas del sector privado se pida como requisito el haber cumplido con el servicio militar, asunto que ha ocasionado polémica en algunos sectores; asimismo, es obligatorio para ocupar un puesto en los cuerpos policiales.
La razón por la cual muchas empresas solicitan cumplir con el trámite se debe al posible impacto negativo en su productividad, si el trabajador debe ausentarse para realizar su servicio militar, ya que la Ley del Servicio Militar (1998) establece que:
Artículo 19: Los patrones, sindicatos, uniones, comisariados ejidales, padres, tutores y además toda persona moral o física de quienes dependan económicamente individuos con obligaciones militares, deberán exigirles que cumplan con éstas y, en su defecto, inscribirlos y presentarlos ante las Juntas Municipales de Reclutamiento.Artículo 23: Los trabajadores, obreros, campesinos y empleados llamados al servicio, tienen derecho a volver a ocupar sus puestos una vez terminado aquél, a cuyo efecto los patrones o jefes de quienes dependan los cubrirán con substitutos que serán desocupados al cumplir aquellos con su servicio.Antaño, en algunas escuelas también se solicitaba el cumplimiento del servicio militar, como requisito de inscripción a fin de evitar el ausentismo en las instituciones educativas y perturbar las actividades escolares.
En los últimos años se ha instituido un servicio militar con carácter voluntario para el sexo femenino. La excesiva carga burocrática, así como algunas quejas presentadas ante la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, en los últimos años, por maltrato físico y psicológico por parte de los militares hacia los conscriptos, ha hecho que ciertos sectores de la sociedad se manifiesten contra la obligatoriedad de este servicio.
Perú
En Perú, el más importante quizás de los deberes del ciudadano es el estar siempre listo para defender a la Patria cuando su honor o su integridad peligre. Esta defensa no podría ser eficaz si el ciudadano careciera de la preparación militar que se necesita en las guerras modernas. He aquí por qué la Constitución prescribe el servicio militar, que declara obligatorio (aunque no forzado) para todo peruano, con el fin de que tenga la ocasión de instruirse en el arte de la guerra. En la actualidad el Servicio Militar es Voluntario, siendo de 2 años.
Venezuela
En Venezuela el servicio militar no es obligatorio, es un deber (no hay reclutamiento forzoso, según el artículo 134 CNB de 1999), a partir del 21 de octubre de 2009 cuando fue publicada en la Gaceta Oficial n.º 5.933 la nueva Ley de Conscripción y Alistamiento Militar. La edad militar durante el cual los venezolanos tienen obligaciones militares está comprendida entre 18 y 50 años para inscribirse en el servicio militar. Además para cumplir con el deber de prestar servicio militar la edad es de 18 a 30 años, y el servicio militar tiene una duración de un año, y se presta en dos modalidades: a tiempo completo o a tiempo parcial, para fines educativos y de empleo, con todos los beneficios de ley: comida balanceada, alojamiento, seguro de vida, asignación mensual de acuerdo a la modalidad escogida, etc.
Véase también
- Wikimedia Commons alberga contenido multimedia sobre Servicio militar. Commons
- Leva
- Objeción de conciencia
- Objeción de conciencia al servicio militar
Notas
- ↑ YouTube.com (el servicio en Argentina).
- ↑ ley 48 de 1993
- ↑ [ARTÍCULO 50 LEY 65 DE 1993 (agosto 19) Código Penitenciario y Carcelario]
- ↑ CAPITULO 2, DECRETO 2048 DE 1993 (octubre 11)
- ↑ Ley 2 de 1977 (Enero 21)
- ↑ Articulo 2º, Decreto 2853 de 1991 (diciembre 20)
- ↑ [ARTÍCULO 50 LEY 65 DE 1993 (agosto 19) Código Penitenciario y Carcelario]
- ↑ http://libros.fnac.es/a61587/Carlos-Blanco-Escola-La-Incompetencia-militar-de-Franco?PID=5,p.57
- ↑ Movimiento de Objeción de Conciencia: En legítima desobediencia: tres décadas de objeción, insumisión y antimilitarismo (versión libre en formato PDF]), pág. 380. Madrid: Traficantes de Sueños, 2002.
- ↑ Derechos y Libertades: revista del Instituto Bartolomé de las Casas. 8. Ene-jun 2000. p. 199. ISSN 1133-0937. http://e-archivo.uc3m.es:8080/bitstream/10016/1381/1/DyL-2000-V-8-Garcia-Inda.pdf. Consultado el 31 de octubre de 2009.
- ↑ Cuenta atrás para que el último recluta vaya a la mili, El Mundo, 9 de noviembre de 2000.
- ↑ Real Decreto 247/2001, 9 de marzo, por el que se adelanta la suspensión de la prestación del servicio militar.
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