Bien común (Economía política)

Bien común (Economía política)

Bien común (Economía política)

Se entiende por bien común un concepto complejo, que abarca o tiene aplicación o relevancia en las áreas de sociología , política, filosofía, Economía, etc

Hay dos concepciones generales acerca de bienes: la de la tradición jurídica -Bien jurídico- que hace referencia a las cosas, materiales o no, sobre las cuales las personas tienen un derecho de uso reconocido por la ley [1] (esta tradicion se expresa en el concepto de Dominio publico) y la económica -Bien económico- cosas que son útiles a quienes las usan o poseen. De esto se podría inferir que un bien común es aquella cosa que es propiedad o de beneficio -ya sea económico o no- a una comunidad.

Así la concepción mas amplia o general de bienes comunes es, intuitivamente, que son aquellos bienes “que se producen, se heredan o se transmiten en una situación de comunidad [2] [3] . Históricamente, lo común es aquello que surge de la comunidad y, por tanto, estos bienes pertenecen y responden al interés de todos y cada uno de sus miembros, comuneros o ciudadanos [4]

Contenido

Consideraciones politico-económicas

Se ha alegado que hay una confusión general acerca del concepto, el como concebirlo y estudiarlo e incluso a que nivel se aplica, Por ejemplo, Vercelli aduce: “Estas investigaciones muestran la heterogeneidad y diversidad de las discusiones y los análisis de los bienes comunes. En  este  sentido, estos bienes pueden referirse a temas tan diversos como la integridad física, biológica o moral de las personas, a los bienes intelectuales, a los recursos naturales, al desarrollo energético, a la salud, a biodiversidad, a la distribución de la riqueza, al acceso a la cultura, al medio ambiente o, entre muchos otros, al derecho de las generaciones futuras. Estos bienes no están sólo circunscriptos  al patrimonio, la hacienda o la riqueza de una persona física o jurídica. También pueden traducir valores e intereses a nivel social o comunitario. En igual sentido, las tensiones que estos bienes generan pueden ubicarse a nivel local, regional o global. A su vez, la diversidad y heterogeneidad de las tensiones sobre los bienes comunes crece exponencialmente con el cambio tecnológico."  [5]

Entre esas confusiones hay dos que conviene destacar: la de bienes comunes correspondiendo a una categoría especial de bienes o necesidades y la de los bienes comunes como propiedad estatal o fiscal.

Acerca de la primera Friedrich von Wieser planteo: “Generalmente se asume que el objeto de una economía individual es el servicio de las necesidades del individuo ... y que la economía de una comunidad satisface las necesidades comunes o colectivas -es decir, aquellas que son experimentadas por individuos como miembros de una comunidad.... La economía de un Estado, por lo tanto, provee las necesidades del Estado, en otras palabras, esas necesidades experimentadas por los ciudadanos de un estado en consideración de su conexión cívica entre ellos." Sin embargo Wieser rechaza esa concepción alegando que “atender a las necesidades individuales es indudablemente personal al mas alto grado, pero el volumen de las actividades individuales ha sido incluido en los intereses comunes (commonwealth) desde tiempos inmemoriales. En el estado “comunistico” el cargo de proveer por la suma total de las necesidades individuales recaería completamente en la economía del estado sin que esas necesidades hayan cambiado en absoluto. Debe ser, por lo tanto, alguna circunstancia que no pertenece a la naturaleza de la necesidad la que determina la división de la esfera económica” [6] .

Wieser encuentra esa diferencia en, por un lado, la intención de los actores de maximar beneficios (la capacidad de los individuos “es extraordinariamente aumentada cuando los hombres han aprendido a hacer uso de la división y cooperación del trabajo” [7] ) y el deseo de obtener resultados que no se pueden obtener individualmente. (op cit)

Sin embargo, y aun cuando Wieser reconoce explícitamente la existencia de una “economía comunal” a continuación procede como si tal categoría fuera equivalente a la de “economía estatal”. Para el, toda actividad económica da origen a gastos, gastos que, en el caso de las actividades comunes o sector publico, son administrados por -y por ende son propiedad de- “el Estado”. Por ejemplo, Wieser argumenta que “Las calles de un pueblo no serian de utilidad para el propósito del transito si no fueran usables sin pago, esto hace imposible que cualquier ciudadano retuviera rutas publicas para su propio beneficio. El mismo principio se mantiene en todos los casos en los cuales los bienes, cuya producción coste algo, deben ser ofrecidos al publico sin cargo -”bienes casi libres”, como Menger los llama. Muchas proyectos también, a pesar que son demandados por el interés publico, solo ofrecen una promesa de ganancias en el futuro distante, tan distante que en realidad no se puede esperar que algún individuo espere por el..” (op. cit)

Es quizás a ese tratamiento al que se puede trazar la segunda confusión. Sin embargo, en esta área Von Wieser es aun mas claro. El escribe: "Ademas de las economías privadas existen varias "economías comunales" ("Gemeinwirthschasften" en el original. -Op cit, p 209:)... Limitare mis investigaciones a la mas importante de la "economía comunal" (gemeinwirthshaft), esa del Estado" [8] . Sin embargo, eso ha sido traducido al ingles reemplazando las palabras enfatizadas con, respectivamente, la palabras "public economies" (economías publica) y "social economies" (economías sociales) [9] lo que tiene como resultado distorsionar el sentido de lo que Von Wieser esta diciendo. Esta confusión es aumentada cuando Von Wieser se refiere al origen de la „öffentliche Unternehmung" -traducido correctamente como la empresa publica- en la necesidad de proveer bienes y servicios que los individuos o el publico no puede comprar a precios de producción privados y que, en consecuencia y en su opinión, deben ser proveídos por el estado.

Tomando en cuenta lo anterior -y siguiendo la percepcion de Von Wieser- parecería posible entonces clasificar los bienes, como Paul A. Samuelson -quien es usualmente acreditado con ser el primer economista en desarrollar la teoría moderna de los "gastos públicos"- lo hace, en dos grandes categorías: bienes “de consumo privado” y los que el llamo “bienes de consumo colectivo": .. bienes que todos gozan en común en el sentido que el consumo individual de tal bien no conduce a disminución del consumo de ese bien por ningún otro individuo” [10] . Samuelson, en la misma obra, sugiere que los bienes colectivos no pueden ser tratados desde el punto de vista del cálculo económico como los bienes privados, dado que “ningún sistema de precios descentralizado puede servir para determinar óptimamente los niveles de consumo colectivo” lo que ocasiona la “imposibilidad de una solución espontánea descentralizada” a los cálculos envueltos para establecer un uso optimo de esos bienes.

Consecuentemente Samuelson avanza a introducir un grupo de ecuaciones que el considera constituyen las condiciones de “una teoría pura de gastos de gobierno en bienes de consumo colectivo”. (que llevaría a una nueva Economía del bienestar). Sin embargo, se puede nuevamente cuestionar aquí la equiparación de bienes comunes con el de bienes o gasto estatal.

Esta aproximación ha sido criticada como percibiendo lo común como un club, el cual provee a sus miembros con beneficios y facilidades pero basada en costos a ser compartidos. [11] . Sin embargo hace un punto que vale la pena considerar. En efecto, no es necesario aceptar que toda actividad económica comunal se basa o requiere una inversión o gasto original o estatal-por ejemplo, lluvia, océanos, etc- para percibir que por lo menos algunas lo requieren. Y alguien tiene que solventar ese gasto.

Adicionalmente, y a partir de esa percepción de lo común como estatal algunos han avanzado a sugerir que no están sujetos a restricción o control alguno, y, por lo tanto, expuestos a abuso: “Si la tierra no es posesión de alguien, a pesar que formalmente se pueda llamar propiedad publica, es utilizada sin consideración a las desventajas resultantes. Aquellos que están en la posición de apropiarse a si mismo de las ganancias -madera y caza de las forestas, peces de las áreas de aguas y depósitos minerales del subsuelo- no se preocupan de los efectos posteriores de su explotación. Para ellos, la erosión del suelo, deplecion de los recursos no renovables y otras descapacitaciones de utilizaciones futuras son costos externos que no entran en sus cálculos de ingresos y producción. Ellos cortan arboles sin considerar sus reemplazos o la reforestación. En la pesca y la caza ellos no vacilan de utilizar métodos que previenen la repoblación de las fuentes de pesca o caza.”[12] (Esta concepción esta estrechamente relacionada al problema de las externalidades -ver Tragedia de los comunes).

Sin embargo no es necesario que lo común sea equivalente a carente de regulación o control. Elinor Ostrom argumenta fuertemente que no solo ese no es el caso sino que “los utilizadores de los recursos (comunes) frecuentemente desarrollan sofisticados mecanismos de decisión y enforzamiento de reglas para manejar conflictos de interés, y caracteriza las reglas que promueven resultados positivos”[13]

A partir de esas observaciones, los economistas modernos sugieren que los bienes se pueden categorizar en cuatro grandes grupos en función de dos propiedades esenciales: rivalidad [14] y excludibilidad [15] . 1: Bienes privados, aquellos que poseen tanto rivalidad como excludibilidad.- 2: Monopolios Naturales [16] o Bienes de Empresa publica [17] o de Pago por uso [18] : aquellos que poseen excludibilidad pero no rivalidad (ver, por ejemplo, Peaje).- 3: Bienes públicos o Bienes Públicos Puros: aquellos que no poseen ni excludibilidad ni rivalidad (aire, aguas de lluvia, conocimiento, etc).- 4: Bienes comunes [19] o Recursos comunes -Mankiw; Perreira, etc - aquellos que poseen rivalidad pero no excludibilidad. (siguiendo los ejemplos de Mankiw: peces en el océano, medio ambiente, etc)

Tomando en cuenta todo lo anterior parece natural concebir los bienes comunes en un sentido amplio como correspondiendo tanto a los “monopolios naturales” (bienes de “empresas publicas” o “pago por uso”), como los “públicos puros” y los “recursos comunes”. Es decir, como siendo “bienes que todos -parafraseando tanto a Samuelson como Ostron- gozan en comunidad” pero con la consideración que tal goce común no implica en todos los casos ni uso sin limite o control ni ausencia de costos o de necesidad de inversión.


Dentro de ese interés general, un importante aspecto es la atención a lo que podría llamar “bienes no materiales” entendidos, por ejemplo, como “el conjunto de valores, percepciones compartidas y expectaciones que se establecen en la mente de los empresarios, trabajadores y políticos y que dan forma a sus comportamientos como actores económicos” [20] , basado en la sugerencia que “paises con una ideología comunitaria coherente” son capaces de adaptarse mejor a las presiones de la competividad internacional." [21] . Es importante notar que esta percepción no excluye explícitamente la idea del bien común como propiedad estatal, pero la restringe, enfatizando la cooperación social, las ideologías comunitarias mas exitosas son aquellas que: “restringen el gasto gubernamental y la regulación excesiva pero aumentan el alcance de la cooperación entre los gerentes, los trabajadores y el gobierno”. (op. cit.)

Este renovado interés no solo proviene de estudios de la realidad económica de los paises, sino de una revisión de lo que se entiende como una estrategia exitosa -o racionalidad- económica a partir de una reexaminación del dilema del prisionero. De acuerdo a Axelroad, la estrategia mas exitosa en una situación de múltiple “juegos” o encuentros económicos -mas realista, en el sentido que en la practica es probable que los mismos actores económicos se encuentren una y otra ves, estableciendo relaciones y realizando intercambios que se pueden extender por décadas- es la de cooperar mientras el otro actor reciproque: Si A toma ventaja de B hoy, B retaliara algún día en el futuro. Pero si A coopera hoy, es posible que B también coopere en el futuro. Si A y B establecen una relación mutua de cooperación, ambos se beneficiaran mas a largo plazo que si compiten. [22]

Sin embargo, conviene recordar aquí la extrictura de Wieser. Parafraseando, así como lo común no es una característica derivada de las necesidades tampoco lo puede ser de los bienes mismos. A pesar que algunos son obviamente mas adecuados a la posesión, administración y usufructo común no todos esos bienes son efectivamente administrados o poseidos comunalmente. Por ejemplo, y contrario a la aserción de Wieser, no todas las rutas, calles, puentes o ferrocarriles son de propiedad publica, comunal o estatal. Pero igualmente, no todos los bienes de consumo que poseen tanto excludibilidad como rivalidad son de propiedad privada o producidos privadamente, por ejemplo, medicinas en paises que poseen sistemas médicos socializados (ver, por ejemplo, Estado del bienestar). Lo central en todos esos casos es la decisión política, el deseo de una comunidad de socializar o no.

Consideraciones sociales

El concepto de comunidad es igualmente complejo, poseyendo diferentes significados y niveles de análisis, tanto políticos como religiosos, económicos, antropológicos y sociológicos. La palabra misma es derivada del Latín “communitas”, un termino general para referirse tanto a un sentido de pertenencia como a una sociedad organizada.[23]

Una de las tensiones básicas en tentativas de una definición mas especifica del concepto es el problema de si una comunidad requiere o implica un acuerdo explícito entre sus miembros. Por ejemplo, dos de las definiciones que la RAE ofrece se diferencian principalmente en esa base: la comunidad como conjunto de personas “de un pueblo, región o nación” y la de “Conjunto de personas vinculadas por características o intereses comunes.”

El concepto ha ocasionado muchos debates. Por ejemplo, de acuerdo al articulo al respecto en la wikipedia en ingles, a mediados de 1950 existían noventa y cuatro definiciones del termino solo en el área de la sociología. La mayoría de estas, quizás bajo la influencia de Ferdinand Tönnies (ver mas abajo) privilegian para esa concepción la organización alrededor de valores compartidos en unidades mayores que una familia. Así, por ejemplo, Max Weber se refiere a “relaciones sociales comunales” como “basadas en un sentido subjetivo de las partes, ya sea de afección o tradicional, que pertenecen” y “relaciones sociales asociativas” como descansando en “un ajuste racional de intereses o arreglos con motivos similares” [24] .

Como se ha sugerido, esta percepción se puede trazar a la obra de Tönnies, quien propone (en Gemeinschaft und Gesellschaft, 1887)- una clasificación de grupos sociales en dos grandes categorías: Gemeinschaft — a menudo traducido como comunidad— y que se refiere a grupos basados en “sentimientos de pertenencia y lazos mutuos”, que se sienten como objetivos a ser mantenidos y Gesellschaft — a menudo traducido como "sociedad" o "sociedad organizada"— que se refiere a grupos formados en base al interés propio, siendo por lo tanto, agrupaciones instrumentales a fin de obtener ciertos beneficios u objetivos. Tönnies agrega que en la realidad pocos grupos son puramente de un tipo o el otro, la mayoría de los casos siendo una mezcla de ambos aspectos. [25]

Entre los aspectos desde los cuales se pueden analizar esos valores compartidos y que parece necesario destacar aquí están los de Capital social (sociología) y cohesión social.

L.J. Hanifan's fue uno de los primeros en usar el termino Capital social -en su “El Centro Comunitario en la escuela rural” ("The rural school community center"[26] )- definiendolo como “No me refiero al edificio o la propiedad personal o dinero, sino mas bien a aquello que hace que esas cosas tangibles sean de importancia en la vida diaria de la gente, es decir, buena voluntad, sentido de humanidad (fellowship en el original), simpatía mutua y relaciones sociales entre un grupo de individuos y familias que forman una unidad social ... si alguien entra en contacto con sus vecinos y ellos con otros vecinos, habrá una acumulación de capital social, que puede satisfacer inmediatamente sus necesidades sociales y que puede crear las bases de un potencial social suficiente para la mejora substancial de las condiciones de vida de la comunidad entera. Toda esa comunidad se beneficiara por la cooperación de cada una de sus partes, mientras el individuo encontrara en su asociación las ventajas de la ayuda, la simpatía y la compañía de sus vecinos” (op. cit, p. 130-131)

El termino “coherencia social” es mas reciente [27] pero ha tenido una amplia aplicación en situaciones en la cual una comunidad esta integrada por elementos que se diferencian culturalmente. Cohesion social se refiere al “adhesivo” o atractor que hace que los miembros de una comunidad o sociedad deseen integrarse o se perciban como miembros una comunidad a pesar de reconocer -y no solo aceptar pero valorar- diferencias entre ellos. En otras palabras, se refiere a la confianza que los miembros de diferentes grupos (por ejmplo, un grupo minoritario en relacion a uno mayoritario) - o individuos que se percivan como diferente a un grupo- puedan tener que el otro grupo respetara y aceptara sus diferencias, lo que a su ves promueve la creacion o aceptacion de valores comunes y la integracion a un grupo mas amplio. Así, por ejemplo, en el 2003, el Runnymede Trust proclamo el “Año de la Cohesion”, en el contexto de, por un lado, integrar inmigrantes musulmanes al resto de la población del Reino Unido al mismo tiempo que, por el otro, posibilitar la mantencion por esos inmigrantes de sus percepciones culturales y religiosas, etc. La sugerencia es que las comunidades modernas no solo no pueden sino exhibir Diversidad cultural sino que se benefician de ella, en la medida que tal diversidad incrementa las alternativas u opciones disponibles -y aceptadas- para enfrentar problemas y situaciones cada día mas complejas.

Así se puede sugerir que ambos conceptos representan dos caras complementarias de una comunidad real. Mientras Tönnies mismo solo contemplo los aspectos cohesivos tanto a nivel comunitario como social (considerando el conflicto social como una patología, lo que es enfatizado por la idea de capital social) la realidad es que toda comunidad tendrá algunas contradicciones y tensiones, conflictos que pueden, si son manejados apropiadamente, tal como la propuesta de "cohesion social" implica, ser instrumentos no solo de cambio sino también de mejoramiento.

Un otro aspecto que conviene destacar es la extensión física de la comunidad. Muchos consideran que estas comunidades existen en alguna locación mas o menos especifica o restringida. Por ejemplo Joseph E. Stiglitz escribe: “Los mercados, gobiernos e individuos son tres de los pilares de una estrategia de desarrollo exitosa. Un cuarto pilar son las comunidades, gente trabajando juntos, a menudo con ayuda del gobierno o ONGs. En muchos países en desarrollo, mucha de la acción colectiva importante es a nivel local.”. (Esa "localización", puede, sin embargo, extenderse a un país, sub-continente, continente o incluso el mundo entero (como en Comunidades de las Naciones). Sin embargo, esta concepción de comunidad como poseyendo una locación especifica ha comenzado a cambiar, con la introducción de las comunidades virtuales).

Estas tensiones mencionadas dan origen a problemas tales como el que afecta al proyecto Pascua Lama de la empresa minera Barrick Gold,, en los bordes entre Argentina y Chile, proyecto en el cual los máximos mandatarios de esos países han otorgado una concesión sobre la base que será de conveniencia para las comunidades de esos países, dado que " movilizará recursos cercanos a los US$ 3 mil millones y que generará -en su etapa de levantamiento- unos 5 mil empleos, que se harán permanentes para 1.600 personas por a lo menos 25 años, tiempo calculado de vida útil para la mina ubicada en la cordillera entre las provincias de Huasco en Chile y San Juan en Argentina." [28] y, por el otro, Sara Larraín -Directora del Programa Chile Sustentable- recuerda que el "Ministerio de Finanzas de Noruega se deshizo de las acciones (140,5 millones de euros) que tenía de esta empresa, sobre la base de la recomendación del tribunal ético de su Fondo de Pensiones, debido a los "severos daños ambientales" causados por la compañía." y sugiere que los "habituales engaños, impresentables prácticas ambientales- y el hecho de que la Conama haya reconocido en el pasado que menos de 20% de las exigencias para las aprobaciones ambientales son fiscalizadas, cabe preguntarse por qué deberíamos confiar en Barrick y qué salvaguardias tiene el Estado para hacer valer el Estado de Derecho" [29] La falta de confianza que Larrain hace referencia no esta relacionada realmente a Barrick -que otra cosa se espera de una empresa privada que la promocion y maximacion de sus intereses? esa es, despues de todo, la obligacion legal de los directores empresariales- sino una falta de confianza en la capacidad -y quizas voluntad- del Estado de promover y salvaguardar los intereses del resto de la comunidad, tales como son expresados en la ley. Ese es uno de los aspectos fundamentales al que el concepto de "coherencia social" hace referencia.

Similarmente, por un lado el ex-alcalde de la zona en el lado chileno (Huasco) denuncia a los opositores como "afuerinos": “personas que no conocen del quehacer diario de la provincia”[30] , mientras por el otro, los representantes de la "Comunidad Agrícola Indígena Diaguita Los Huascoaltinos" solicitan que les sean reconocidos sus derechos legales "ancestrales": "Somos herederos de los territorios de los diaguitas prehispánicos, tierras que en el periodo colonial – 1750 - se conocieron como el Pueblo de Indios de Huasco Alto, las que nuestros antepasados en el año 1903 lograron salvaguardar inscribiéndolas como propiedad ancestral indígena. En el año 1997, el Ministerio de Bienes Nacionales efectuó el saneamiento de las tierras comunitarias que abarcan todo el valle del río del Transito, desde Alto del Carmen hasta el limite con la república argentina en la Cordillera, gestión realizada en virtud del DFL Nº 5. En la actualidad nuestra comunidad ha acordado por la unanimidad de sus miembros que las 390.000 hectáreas de la Estancia de los Diaguitas Huascoaltinos sean registradas como tierras indígenas y sometidas a la protección de la Ley Indígena" [31]

Situación actual

Es a partir de consideraciones como esas que Vercelli sugiere una redefinición del concepto de bienes (Para esta obra el concepto de 'bien / bienes' indica aquello que tiene [o puede tener] un valor, un interés, una utilidad, un mérito y que, a su vez, recibe [o puede recibir] protección jurídica.) (Vercelli, op. cit. pp 34) y propone una concepción tripartita de “bienes comunes” basada en: Primero: la 'calidad' de los bienes. - Segundo: las 'leyes aplicables' a cada bien. Tercero: el 'carácter' que pueden adquirir los bienes (Vercelli, op. cit. p 36-37).

La 'calidad' como sistema de clasificación se deriva de la concepción del sistema legal romano y se refiere a las características que definen la constitución, de los bienes, su composición básica, elemental, o alternativamente, a aquello que permite juzgar su valor en alguna de sus formas. Se basa en criterios absolutos y naturalistas, por ejemplo, un río es, por definición, agua corriente, y, como tal, ningún individuo lo puede poseer sin que deje de ser río como tal. Lo mismo se puede decir de animales salvajes o peces en el mar. Igual se puede decir de cosas comunales: la fuente de agua de la ciudad no puede ser propiedad individual de algún individuo sin que deje de ser “de la ciudad”. Esta clasificación tradicional permite ubicar los bienes dentro de una arquitectura jurídico­política concreta (por ejemplo, aquellas derivadas del derecho romano) y, de allí, determinar cuáles serán las leyes aplicables, sin embargo, conviene considerar que estos criterios absolutos se han relativizado debido a constantes tensiones, negociaciones y luchas por la clasificación, acceso y control de los bienes. En la actualidad, la clasificación básica general de los bienes es entre bienes físicos o materiales y bienes no físicos o intelectuales..

A la calidad material y la calidad intelectual descritas se le aplican leyes que corresponden a diferentes ramas jurídicas. Por ejemplo, a los bienes materiales se les aplican las leyes que expresan los 'derechos de propiedad' o dominio', mientras que a los bienes intelectuales se les aplican los 'derechos intelectuales'. Esta diferencia inicial tiene importantes consecuencias jurídicas, dado que afecta directamente las formas en que se regulan las relaciones entre las personas dentro de los sistemas jurídicopolíticos. Específicamente, regula las relaciones que tanto personas como los diferentes grupos sociales pueden mantener con los bienes.

Una vez definida tanto la calidad de un bien [material e intelectual] como definidas o decididas las leyes aplicables en cada caso, es necesario considerar el 'carácter' que pueden adquirir estos bienes, es decir, el conjunto de circunstancias, formas o estilos distintivos que les son atribuidos. Esto incluye el conjunto de signos, marcas, sellos, etc, que se imprimen o depositan sobre un bien. Es decir, el carácter de un bien permite definir el significado social de cada bien, el conjunto de circunstancias y percepciones que lo rodean, sus condiciones de producción, sus soportes legales y/o sociales, sus formas de circulación, acceso o disponibilidad, etc.

Notas y referencias

  1. La ley romana establece dos grandes categorías: las personas y las cosas. Las personas tienen derechos sobre las cosas. De acuerdo a la ley al respecto (res bienes) un “derecho” es un poder que se tiene en relación a una cosa determinada. Así, los poderes o facultades que el sujeto ejerce sobre las cosas son protegidas por una “acción real” (reconocida por la ley) ejecutable en contra de cualquier sujeto que impida el libre ejercicio de esos poderes o facultades sobre la cosa. Por ejemplo, la acción de “reivindicativo” significaba literalmente “recuperación de la cosa (re = cosa, vindicare = recuperar) ver http://www.diclib.com/cgi-bin/d1.cgi?l=es&base=es_wiki_10&page=showid&id=62768
  2. Ostrom, E. (1990). Governing the Commons: The Evolution of Institutions for Collective Action. New York: Cambridge University Press.
  3. Bollier,   D.   (2008).   Los   bienes   comunes:   un   sector   soslayado   de   la   creación   de   la   riqueza.   En   Silke Helfrich (Eds), Genes, bytes y emisiones: bienes comunes y ciudadanía. (pp.   30­41). México: Ediciones Boll.
  4. Rubinstein, J., C. (2005).: ¡Viva el Común! La construcción de la protosociedad civil y la estructura política castellana en el bajo medioevo. Buenos Aires: Prometeo Libros.
  5. Ariel Vercelli, [Repensando los bienes intelectuales comunes: análisis socio-técnico sobre el proceso de co-construcción entre las regulaciones de derecho de autor y derecho de copia y las tecnologías digitales para su gestión p 29-32
  6. F. von Wieser: Natural Value, Book VI: Value in the Economy of the State Chapter II: The Province of a State Economy (en ingles)
  7. Esta percepción es muy cercana a la de Marx en relación a la Socialización de los medios de producción
  8. F. von Wieser: (1889) Der natürliche Werth Introducción al Libro VI, capitulo I (en alemán)
  9. "traducción" de la obra de Von Wieser: Chapter I: Introduction
  10. Paul A. Samuelson: The Pure Theory of Public Expenditure
  11. Attiat F. Ott: The public sector in the global economy: from the driver's seat to the back seat p 48-49
  12. Ludwig von Mises, Part IV, Capitulo 10, Sec. VI, Nationalökonomie: Theorie des Handelns und Wirtschaftens (Geneva: Editions Union, 1940). La cita proviene de la traduccion al ingles en el Ludwig von Mises Institute: Chapter XXIII: "The Data of the Market", Sec. 6: "The Limits of Property Rights and the Problems of External Costs and External Economies", Human Action: A Treatise on Economics (New Haven: Yale University Press, 1949).
  13. comunicado de prensa de la The Royal Swedish Academy of Sciences acerca de la otorgacion del Premio Nobel de economía 2009: Economic governance: the organization of cooperation
  14. Bienes que poseen “rivalidad” son aquellos cuyo consumo por algún individuo previene el consumo por otros. Un martillo, por ejemplo, es un bien sujeto a rivalidad: si alguien lo usa, nadie lo puede usar al mismo tiempo -a pesar que algún otro individuo lo podría utilizar en algún otro momento.- Algunos bienes no solo poseen rivalidad pero ademas “son consumibles”: una ves usados, nadie los puede volver a utilizar. No solo bienes físicos pueden ser “rivales”: una dirección de correo electrónico, por ejemplo.
  15. aquellos bienes de los cuales se puede prevenir el consumo de acuerdo a algún criterio, generalmente, pago por el uso
  16. Gregory Mankiw Principles of microeconomics p 220 - 1.
  17. K. Perreira en guía del Departamento de Política Publica de The University of North Carolina at Chapel Hill
  18. Dept de Economía, Universidad de Pittsburgh en Definiciones: Bien Publico
  19. U de Pittsburgh
  20. David Coates: Models of capitalism”, p 121
  21. Vogel, D: “Goverment-Industry relations in the United States: An Overview.” (1987) citado por Coates, op. cit. pa 125
  22. Robert Axelrod: “The Evolution of Cooperation”. (New York, Basic books, 1984)
  23. "community, n." OED Online. July 2009. Oxford University Press <http://dictionary.oed.com/cgi/entry/50045241>.
  24. Werner Jacob Cahnman : Ferdinand Tönnies: A new evaluation (1973 (en ingles) p 259
  25. Para una introducción a esta posición, en castellano, ver, por ejemplo: Miguel Lisbona (2005) La comunidad a debate: reflexiones sobre el concepto de comunidad en el el México contemporáneo p 27 etc. o Marcello Truzzi: FERDINAND TONNIES: On Gemeinschaft and Gesellschaft (en ingles), etc
  26. Hanifan, L. J. (1916) "The rural school community center", Annals of the American Academy of Political and Social Science 67: 130-138. Also see Hanifan, L. J. (1920)The Community Center, Boston: Silver Burdett.
  27. Chin, Wynne W., et al. Perceived Cohesion: A Conceptual and Empirical Examination: Adapting and Testing the Perceived Cohesion Scale in a Small-Group Setting. 1999. Small Group Research 30(6):751-766.
  28. La Nación: Entre críticas y loas, Barrick da luz verde a Pascua Lama
  29. Sara Larrain: EN DEBATE: Las mentiras de Barrick Gold . Ver también el sitio web de la organización comunitaria No a Pascua Lama
  30. Minería chilena - Crece apoyo comunitario para proyecto Pascua Lama
  31. Comunidad los Huascos Altinos; Carta a la .. Presidente de la República de Chile .- Para entender el contexto de la petición, ver: concecomunitario.org Comunidad aledaña al proyecto Pascua Lama exige expulsión de Barrick y compensación por daños

Véase también

Bibliografía y enlaces externos

  • Robert Axelrod : “The Evolution of Cooperation”. (New York, Basic books, 1984)

Sitios web

Obtenido de "Bien com%C3%BAn (Econom%C3%ADa pol%C3%ADtica)"

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