Tragedia de los comunes

Tragedia de los comunes

La tragedia de los comunes es un dilema descrito por Garrett Hardin en 1968 y publicado en la revista Science.[1] Describe una situación en la cual varios individuos, motivados solo por el interés personal y actuando independiente pero racionalmente, terminan por destruir un recurso compartido limitado —el común— aunque a ninguno de ellos, ya sea como individuos o en conjunto— les convenga que tal destrucción suceda.

Pese a que Hardin utiliza el ejemplo para analizar en general la relación -bastante compleja- entre libertad y responsabilidad, y a pesar que su trabajo ha sido duramente criticado por otros autores[2] [3] la presentación dio comienzo a un amplio debate[4] acerca del análisis del comportamiento humano en las áreas de economía, psicología, teoría de juegos, política, sociología, etc.[5]

En general, se considera que el dilema representa un ejemplo de trampa social, en que se enfatiza un posible conflicto social sobre el uso de los recursos comunes al implicar una contradicción entre los intereses o beneficios de los individuos y los bienes comunes o públicos. En palabras de Barry Schwartz:

¿Cómo escapamos del dilema en el cual muchos individuos actuando racionalmente en su propio interés destruyen un recurso compartido limitado?... Ahora estamos confrontando la tragedia del común global. Hay una Tierra, una atmósfera y una fuente de agua, y seis mil millones de personas compartiéndolas. Malamente. Los ricos están sobreconsumiendo y los pobres no pueden esperar a unírseles.
Barry Schwartz[6]

Contenido

El ejemplo de Hardin

El ejemplo que Hardin ofrece —basado en un escenario descrito inicialmente por el matemático William Forster Lloyd[7] — se puede resumir así: imagínese un pastizal cuyo uso es compartido entre un número cualquiera de individuos. Cada uno de esos pastores tiene un número dado de animales en ese pastizal. Los pastores observan que a pesar de ese uso, queda suficiente pasto no consumido como para pensar que se podría alimentar aún a más animales. Consecuentemente, uno tras otro lo hacen. Pero en algún punto de ese proceso de expansión de la explotación del pastizal, la capacidad de éste para proveer suficiente alimento para los animales es sobrepasada, consecuentemente, todos los animales perecen debido al agotamiento o sobreexplotación del recurso.

Discusión

Es necesario tener presente que, tal como otros antes que él (por ejemplo: Thomas Malthus y el mismo William Forster Lloyd), Hardin estaba principalmente interesado en el problema de la sobrepoblación. Teniendo esto en consideración se puede sugerir que el problema estaría quizás ejemplificado más claramente si se concibiera, en lugar de un número dado de pastores que incrementan su ganado, un incremento del número de pastores —producto del crecimiento demográfico— todos ellos con los suficientes animales como para mantener a sus familias. Si bien en ambos casos finalmente se llega al punto en el que la capacidad del pastizal para proveer mantenimiento es sobrepasada, el segundo caso enfatiza el aspecto sobre el que Hardin desea atención: no importa cual sea el recurso que interese, el crecimiento de la población (ver transición demográfica) finalmente fuerza primero a imponer controles sobre su uso y, más tarde, sugiere Hardin, sobre el número de personas que pueden aspirar a vivir en ese hábitat. Sin embargo el ejemplo de Hardin tiene la ventaja que resalta otro aspecto que él busca enfatizar: la fuerza de la racionalidad económica. Cada pastor encuentra conveniente aumentar el número de sus animales aún cuando sepa que eso impone costos adicionales sobre la comunidad: él obtiene los beneficios del uso extra mientras que el costo es compartido o recae mayormente sobre otros (ver: externalidades). En su ensayo, Hardin se concentra en el uso de recursos naturales extensos pero limitados (tales como la atmósfera y el océano) pero al mismo tiempo lo contrasta con el concepto de «comunes negativos» (polución, etc.) argumentando que la falla de solucionar el problema del uso racional restringido de recursos comunes conlleva la introducción de costos comunes.

Para Hardin, el centro del asunto trata de la relación estructural o institucional (legalizada) entre los principios de libertad, responsabilidad y necesidad y el mal uso —abuso y demanda sin límites o restricciones (exceso de derechos de uso o ausencia de derechos de preservación)— sobre los recursos naturales, mal uso en general debido u ocasionado por el crecimiento de la población y cuya solución se encuentra en la restricción incremental de algunos derechos o libertades (últimamente, el derecho a reproducción). En sus palabras:

Quizás el resumen más sencillo del problema de la población humana es el siguiente: los recursos comunes, si acaso justificables, son justificables solamente bajo condiciones de baja densidad poblacional. Conforme ha aumentado la población humana han tenido que ser abandonados en un aspecto tras otro... De alguna manera, poco después vimos que los recursos comunes como áreas para deposición de basura también tenían que ser abandonados. Las restricciones para la eliminación de desechos domésticos en el drenaje son ampliamente aceptadas en el mundo occidental; continuamos en la lucha para cerrar esos espacios a la contaminación por automóviles, fábricas, insecticidas en aerosol, aplicación de fertilizantes y centrales de energía atómica... Cada nueva restricción en el uso de los recursos comunes, implica restringir la libertad personal de alguien. Las restricciones impuestas en un pasado distante son aceptadas porque ningún contemporáneo se queja por su pérdida. Es a las recientemente propuestas a las que nos oponemos vigorosamente; los gritos de "derechos" y de "libertad" llenan el aire. ¿Pero qué significa libertad? Cuando los hombres mutuamente acordaron instaurar leyes contra los robos, la humanidad se volvió más libre, no menos. Los individuos encerrados en la lógica de los recursos comunes son libres únicamente para traer la ruina universal; una vez que ven la necesidad de la coerción mutua, quedan libres para perseguir nuevas metas. Creo que fue Hegel quien dijo: «La libertad es el reconocimiento de la necesidad».
Hardin, op. cit.

Interpretaciones del ejemplo

El ejemplo puede ser entendido como una metáfora por el argumento que el acceso libre e irrestricto a un recurso "comunal" finito conduce a la sobreexplotación y el agotamiento —ya sea temporal o permanente— del mismo. Sin embargo es necesario considerar la supuesta tragedia con algún cuidado. Más que nada el ejemplo es una simplificación de relaciones estructurales generales y las posibles consecuencias de tales relaciones, no una descripción precisa o histórica (ver criticismo más abajo). Tampoco se debe entender como implicando una condena de la situación descrita —específicamente, como una crítica a la propiedad comunal.— Hardin comentó que su posición ha sido a menudo mal entendida, y que debería haber llamado a su ensayo “La tragedia de los comunes desregulados”.[8] Es posible que este problema se deba a su uso del “terreno común” (especialmente dado que el término evoca el común medieval) como ejemplo de utilización sin regulación. Se puede alegar con fuerza (ver por ejemplo Radkau, op. cit) que ese común medieval no corresponde a una situación de uso sin regulación, sino una que, por el contrario, estaba fuertemente normada.[9] La afirmación que tales comunes conducían necesariamente a la sobreexplotación y la ruina común fue, se ha sugerido, una derivada del interés de algunos de transformar esa propiedad común ya sea en privada o estatal (o ambos).[10] (Se ha sugerido que, a menudo, es el caso que tales privatizaciones o estatizaciones producen resultados peores que el uso común[11] )

Sin embargo esta interpretación —y a pesar de las restricciones conceptuales sugeridas— no es totalmente arbitraria sino una derivada de observaciones concretas, existiendo numerosos ejemplos[12] entre los cuales quizás el que parece más apropiado a este artículo es el común de Boston que fue —finalmente— terminado como tal debido a su sobreexplotación como pastizal (transformándose en un parque).[13] Esto ha dado lugar a una amplia discusión acerca de la interpretación, implicaciones y causas de la supuesta tragedia.[5] -Radkau, por ejemplo, alega que la “verdadera tragedia de los comunes” se debe al uso desconsiderado de lo común motivado por “reformas agrarias” (Radkau, op. cit).- Entre esas interpretaciones una de las que ha tenido más influencia es la que se puede llamar "interpretación misiana": “Si la tierra no es posesión de alguien, a pesar de que formalmente se pueda llamar propiedad publica, es utilizada sin consideración a las desventajas resultantes. Aquellos que están en la posición de apropiarse asimismo de las ganancias —madera y caza de las forestas, peces de las áreas de aguas y depósitos minerales del subsuelo— no se preocupan de los efectos posteriores de su explotación. Para ellos, la erosión del suelo, agotamiento de los recursos no renovables y otras descapacitaciones de utilizaciones futuras son costos externos que no entran en sus cálculos de ingresos y producción. Ellos cortan árboles sin considerar sus reemplazos o la reforestación. En la pesca y la caza ellos no vacilan en utilizar métodos que previenen la repoblación de las fuentes de pesca o caza.”[14]

Interpretación favorable a la responsabilidad individual sobre los bienes

Ya Aristóteles había argumentado —contra la propuesta de Sócrates a favor de la propiedad común— alegando que:

El sistema propuesto ofrece todavía otro inconveniente, que es el poco interés que se tiene por la propiedad común, porque cada uno piensa en sus intereses privados y se cuida poco de los públicos, sino es en cuanto le toca personalmente, pues en todos los demás descansa de buen grado en los cuidados que otros se toman por ellos, sucediendo lo que en una casa servida por muchos criados, que unos por otros resulta mal hecho el servicio.
Aristóteles: Política, Libro II, cap. I.[15]

Posteriormente —en el periodo de la fundación del liberalismo— Luis de Molina, uno de los grandes representantes de la Escuela de Salamanca afirmó que los propietarios individuales toman mejor cuidado de sus bienes que de lo que es común. Esta misma percepción está en la base del argumento de Adam Smith contra lo que ahora se llama sociedades anónimas (ver riesgo moral).

Situaciones similares fueron también discutidas por teóricos de procesos agrícolas a partir de fines del siglo XVIII,[16] pero esos pensadores habían utilizado el argumento en favor del proceso de cercamiento —argumentando básicamente que el dilema se debe a la sobreexplotación de un recurso cuando no existe el interés y la responsabilidad individual en su conservación, debido a que el recurso no es propiedad privada y carece de dueño particular: «si algo es de todos, nadie lo cuida y se termina acabando», mientras que Hardin mismo —de acuerdo a Radkau— lo utiliza como justificación de un incremento de la acción gubernamental u otros organismos reguladores (Radkau, op. cit.).

Implicaciones político-económicas

En el ensayo original, Hardin sitúa el problema básico en la expansión incontrolada de la población, sugiriendo que la solución pasa por el control del derecho a la procreación a través de la imposición de medidas coercitivas adoptadas por acuerdo común. En su Managing the Commons (1979) —escrito conjuntamente con John A. Baden[17] — Hardin estudia esta sugerencia más a fondo. En la práctica sólo un país —la República Popular China (véase Control poblacional de la República Popular China)— ha tomado medidas, que se podrían considerar congruentes con esta propuesta, (a pesar de que es altamente debatible si la política del hijo único ha sido adoptada por acuerdo común). Por otro lado, una variedad de países han introducido legislación que posibilita al público elegir e implementar medidas de control de la natalidad.

Sin embargo, encontrar una solución a la supuesta tragedia en su versión restringida —entendida como la situación que lleva necesariamente a su sobreexplotación y consecuentemente al agotamiento debido al abuso “irracional” del recurso— ha sido uno de los problemas subyacentes de la filosofía y economía política. Generalmente tales propuestas de solución dependen de la implementación de medidas de restricción del acceso a tales recursos, restricción controlada por alguna autoridad superior a la comunidad misma o algún agente externo (organismos nacionales o internacionales, etc). Alternativamente se tiende a transformar el recurso común en propiedad privada, asumiendo que los propietarios privados harán un uso más racional de los recursos, buscando no sólo utilizarlo sino preservarlo.

Otras soluciones se derivan de la aplicación del teorema de Coase. Éste establece, en relación a lo presente, que si las externalidades se trataran como mercaderías —es decir, estuvieran sujetas a la compraventa— el mercado llevaría a resultados eficientes, sin importar el régimen de propiedad. El modelo general sugiere que el sistema debería ser uno, en el cual, los usuarios pagasen por las consecuencias negativas del uso del bien común, costo que podría variar con la escasez y nivel de la demanda de éste. Ejemplos de esta aproximación son los llamados impuestos pigouvianos, las ecotasas; el impuesto Verde; el impuesto sobre el carbono, etc. Se alega que tal aproximación no solo conllevaría la preservación de los recursos comunes sino que incluso podría extender la ventaja de esa «explotación preservativa» a sectores no directamente envueltos, transformando tal preservación en interés común más amplio. Por ejemplo, Costa Rica habría exitosamente expandido las ventajas del «turismo ecológico» a través de la consideración —costeando en sumas reales— los «servicios consumidos» por la polución.[18]

Crítica a la tragedia

Uno de los supuestos de la tragedia de los comunes es que la comunidad como tal es incapaz de lograr acuerdos racionales sobre el uso de recursos comunes o, aún en el caso de lograrlos, es incapaz de reforzarlos. Partiendo de esto, se sugiere que la única solución posible es introducir un agente externo a la comunidad que actúe tanto como regulador como garante de tales regulaciones. Eso, en la práctica, se concreta ya sea en el poder estatal o en actores privados motivados por sus propios intereses[19] o, quizás más a menudo, en una mezcla de ambos: la propiedad de los bienes comunes es transferida a individuos cuyos derechos son salvaguardados por el estado.

Sin embargo tal asunción es cuestionable.[20] El trabajo de Elinor Ostrom (premio Nobel de Economía 2009) muestra, en las palabras del comunicado informando de la otorgación del premio, que: «Elinor Ostrom ha desafiado la concepción tradicional de que la propiedad común es mal manejada... concluye que los resultados son, más a menudo que no, mejores que los predichos por las teorías estándares. Observa que los utilizadores de los recursos frecuentemente desarrollan sofisticados mecanismos de decisión y aplicación de reglas para manejar conflictos de interés, y caracteriza las reglas que promueven resultados positivos»[21] (Ver Recursos comunes).

Así pues algunos han afirmado que la «tragedia de los comunes» no corresponde necesariamente a la realidad —ver, por ejemplo Appell (op. cit.)—, y que aunque lo fuera, la solución no requiere necesariamente actores externos que impongan racionalidad: la comunidad es capaz de encontrar sus propias soluciones. Este punto ha sido enfatizado por los partidarios del movimiento cooperativo[22]

Evaluación

Al menos parte de la controversia se origina en un desacuerdo sobre si los individuos necesariamente se comportaran de la manera ciegamente individualista que el ejemplo sugiere. Se ha argumentado[23] que incluso individuos que persiguen el interés propio encontraran ventajoso cooperar, por lo menos en algunos casos, porque tal cooperación es útil no solo al interés común o de otros sino también al propio de cada uno de los individuos.[24]

Se ha alegado también que la propuesta de Hardin a favor de derechos de explotación explícitamente definidos ha sido utilizada para promover los intereses político-económicos de los países desarrollados. G.N. Appell (op. cit.), por ejemplo, aduce que: «La propuesta de Hardin ha sido tomada como un texto sagrado por académicos y profesionales de la práctica de designar el futuro para otros e imponer su propia racionalidad económica y ambiental (o ecológica) sobre otros sistemas sociales de los cuales tienen una comprensión y conocimiento incompleto».

En la misma vena, se ha alegado que «la tragedia de los comunes» ha sido utilizada frecuentemente como un argumento a favor de la propiedad privada per se o —en el presente— de la privatización, sin examinar otras alternativas y, específicamente, el caso contrario: la tragedia de los anticomunes, en la cual individuos actuando racional, pero separadamente, derrochan —sub-utilizando— algún bien o recurso (ver consorcio y oligopolio). Desde este punto de vista se argumenta que ambos casos son ejemplos de derechos de propiedad mal definidos: en el primero, varias empresas o individuos tienen derechos conjuntos de uso de un determinado activo, pero ninguna de ellas (incluso en conjunto) tiene el derecho de regular el uso total o excluir a los demás de tal uso, mientras que la tragedia de los anticomunes sería un ejemplo de derechos de propiedad mal definidos por la razón opuesta: varias empresas tienen derechos conjuntos de uso sobre un determinado activo, pero además poseen un derecho absoluto de exclusión sobre el uso de tal activo, derecho que ejercen sin consideración de intereses comunales más amplios.

Referencias

  1. Garrett Hardin, "The Tragedy of the Commons", Science, Vol. 162, No. 3859 (December 13, 1968), pp. 1243-1248. Obtenible en castellano aquí
  2. Carl J. Dahlman, por ejemplo, argumenta que el trabajo de Hardin es tan intuitivamente correcto y aplicable a tantas situaciones que es de interés notar que es erróneo... “los problemas son más complejos que lo que él nos llevó a creer” en The tragedy of the commons that wasn't: On technical solutions to the institutions game
  3. Partha Dasgupta, comenta en relación a una sección específica del ensayo que: “ Es difícil encontrar un pasaje de comparable longitud y fama que contenga tantos errores como el citado” en The Control of Resources
  4. por ejemplo: Universidad de Málaga La "tragedia de los comunes" y el origen del derecho
  5. a b Por ejemplo: Bibliography on the Tragedy of the Commons.
  6. Véase en: Tyranny for the Commons Man en The National Interest (Julio/agosto 2009) (en inglés).
  7. William Forster Lloyd (1794-1852) estaba interesado en asuntos de demografía. Él ofrece el ejemplo imaginario en su Two Lectures on the Checks to Population (Oxford, England: Oxford University Press, 1833).
  8. [http://search.japantimes.co.jp/cgi-bin/fe20060726sh.html Will commons sense dawn again in time? | The Japan Times Online
  9. Por ejemplo: Carl J. Dahlman: The tragedy of the commons that wasn't: On technical solutions to the institutions game
  10. Por ejemplo, Ángel Espina B sugiere en su Antropología en Castilla y León e Iberoamérica: Emigración e integración que la venta de los comunes en España en 1898, a pesar de haber sido justificada como siendo de bienes de “manos muertas”, obedeció a la necesidad de fortalecer las finanzas reales. Aún con anterioridad, en el Reino Unido, las Highland Clearances fueron justificadas como “mejoramientos” de tierras mal explotadas -(John Prebble, Penguin Books, 1963, ISBN 0-14-002837-4). En ambos países el supuesto mejoramiento ocasionado por la desaparición de los comunes condujo a pobreza generalizada que llevó a los ahora desposeídos comuneros a tratar de emigrar. En ambos países los nuevos terratenientes y sus aliados políticos implementaron medidas para tratar de evitar esa migración. El proceso de “privatización” de los comunes fue de la mano, se ha sugerido, con la búsqueda de “mano de obra” barata”.
  11. Ostrom, Elinor, Joanna Burger, Christopher B. Field, Richard B. Norgaard, and David Policansky (1999): Revisiting the Commons: Local Lessons, Global Challenges, in: Science, Vol. 284, 9 April, pp. 278-282.
  12. Por ejemplo: en algunos casos de pesca marítima - Pesca de tiburón y propiedad marina, por Danny Ayala - (destrucción de grandes bancos pesqueros por sobreexplotación, o desaparición de salmones en ríos donde se instalan centrales hidroeléctricas), en el aprovisionamiento de recursos hídricos (ej. cantidad limitada de agua en el área del Mar de Aral). Otros ejemplos son la contaminación urbana producida por el exceso de tráfico, o el deterioro de las zonas de ocio de acceso libre (basuras en las playas)
  13. Loewen, James. Lies Across America: What Our Historic Sites Get Wrong. New York: The New Press, 1999. p. 414 ISBN 0965003172
  14. Ludwig von Mises, Part IV, Capítulo 10, Sec. VI, Nationalökonomie: Theorie des Handelns und Wirtschaftens (Geneva: Editions Union, 1940). La cita proviene de la traducción al inglés en el Ludwig von Mises Institute: Chapter XXIII: "The Data of the Market", Sec. 6: "The Limits of Property Rights and the Problems of External Costs and External Economies", Human Action: A Treatise on Economics (New Haven: Yale University Press, 1949).
  15. Véase en: Política
  16. Radkau, Joachim. Nature and Power. A Global History of the Environment. Cambridge University Press 2008
  17. Managing the Commons by Garrett Hardin and John Baden
  18. THOMAS L. FRIEDMAN (No) Drill, Baby, Drill New York Times Op-Ed Column Published: April 11, 2009 http://www.nytimes.com/2009/04/12/opinion/12friedman.html?em
  19. Hay aquí otra asunción incuestionada: que el actor privado o estatal actuará necesariamente en forma racional, en el sentido de buscar no sólo maximizar las ganancias sino al mismo tiempo preservar el recurso. Numerosos ejemplos -tales como la situación en la industria pesquera citada por Danny Ayala- permiten sugerir que esa conclusión no es necesariamente correcta. Es precisamente en esta área que el concepto de "comunes negativos" encuentra su verdadero sentido: es probablemente correcto que los actores ya sea estatales o privados maximizan sus ganancias. Es incluso posible que "cuiden" apropiadamente del bien. Pero nada de eso evita que el costo de las "externalidades" recaiga sobre la comunidad en general.
  20. Appell, George N., por ejemplo, sostiene, citando a numerosos autores que: “el argumento de Hardin es sociológicamente ingenuo... históricamente mal informado... legalmente indefendible, lógicamente inconsistente ... y, finalmente, simplemente erróneo cuando sostiene que sólo la propiedad privada o la administración estatal son las únicas soluciones.. falla en definir qué es lo que quiere decir por un común más allá de los ejemplos que da... “ en Hardin's Myth of the Commons: The Tragedy of Conceptual Confusions. With Appendix: Diagrams of Forms of Co-ownership y François Lévêque comenta: "Esta visión tradicional lleva a error y es errónea" en Externalities, public goods and the requirement of a state's intervention in pollution abatement (en inglés)
  21. comunicado de prensa de la The Royal Swedish Academy of Sciences acerca de la otorgacion del Premio Nobel de economía 2009: Economic governance: the organization of cooperation
  22. Ed Mayo (Director Ejecutivo de Co-operatives -UK ) escribe: “La otorgación del Premio Nobel a Elinor Estrom muestra como las cosas están cambiando para mejor. Su gran trabajo ha sido demostrar como sistemas de administración económica cooperativas tienen éxito donde los teóricos del mercado desde hace mucho tiempo predecían que fallarían. Los mercados son un sistema de propiedad y administración, pero siempre ha habido otro gran sistema: los comunes... Utilizando ejemplos de una variedad de situaciones, Ostrom muestra la ingeniosidad y fortaleza del sistema cooperativo del manejo de recursos. La economía de ella ha sido la de la gran mayoría y no una al servicio de una elite rica... (Su trabajo) es un asunto complejo, pero también es un recuerdo enaltecedor de que la capacidad humana, nuestra habilidad de colaborar, es mucho más rica y más creativa que los teóricos tradicionales de la llamada ciencia lúgubre querrían que creyéramos”. en Carta al editor.
  23. Por ejemplo: Robert Axelrod. The Evolution of Cooperation. (1984) New York: Basic Books, ISBN 0-465-02121-2. (ver abstracto o Acceso con subscripcion en Science
  24. John Ikerd, por ejemplo, argumenta que: el interés propio ilustrado incluye el interés propio individual estrecho (que se centra en las posesiones individuales) pero incluye también intereses que son compartidos, sobre los cuales uno solo tiene posesión parcial (que se centran en relaciones, comunidad y valores sociales) e intereses que son puramente altruisticos (que se centran en intereses que son solo de otros, que uno persigue desde un sentido de deber, ética o moralidad).. en Rethinking the Economics of Self-Interests.

Véase también

Enlaces externos


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