- Sociedad política indiana
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La sociedad política indiana, es decir, el cuerpo político y social que se constituyó en Indias, dentro del imperio español, estuvo conformada por dos grupos étnicos y culturales diversos: españoles e indígenas.
Esta surgió bajo dos presupuestos: era una entidad político-social dentro de la unidad monárquica, por su vinculación a la Corona española, pero que conservaba su identidad dentro de la macroestructura política; y se traba de una entidad compleja, dada la existencia de dos comunidades políticas en su interior, denominadas "repúblicas" –la república de españoles y la república de indios–, que integran, a su vez, los reinos de Indias.[1]
Contenido
La Republica
La palabra república (de res pública, "cosa pública") se tomó durante el Imperio español en su significado de comunidad política o gobernación de un territorio o comunidad, no en el significado moderno del término (presidente no hereditario, en oposición a monarquía, en que la titularidad de la jefatura de estado sí es hereditaria, o estado en que todos los miembros están sometidos a [[eleadanía).[2]
La doctrina española en época de [[Casa dba que el Estado se integraba por dos elementos: la corona o rey y el pueblo o la comunidad, que se trasladó también a América, aunque debió adaptarse a circunstancias das.[3]
Características
El sistema se estructuró sobre la base que las dos poblaciones de América, la española (ya sea peninsular o criolla) y la indígena eran consideradas diferentes en sus características pero estaban sometidas igualmente a la autoridad espiritual de la Iglesia católica y bajo dependencia política de la Corona.
Se basó en la identidad racial de cada persona, una fórmula que resultó sencilla a inicios del proceso colonizador, cuando el límite entre ambas sociedades era claro, pero que se desdibujó con las subsecuentes mezclas raciales entre blancos, indios y negros traídos de África.
De ese modo, respecto a América, el monarca gobernaba por un lado sobre la llamada "república de españoles", y por otro sobre la "república de los indios". Ambas comunidades poseían estatutos jurídicos diferenciados.
República de españoles
La república de españoles era la sociedad o comunidad política integradas por los españoles (nacidos en España o en América) durante el Imperio español en América de los siglos XV al XIX. Su estatuto jurídico era diferente del que se aplicaba a los indígenas naturales de las tierras conquistadas, la llamada "república de indios", y a la vez diferente del que se aplicaba a los habitantes de la metrópoli, debido a las características especiales que presentaban las Indias.
Las posesiones españolas en América se organizaron jurídicamente basándose en el Derecho de Castilla, pero formaron una unidad política autónoma dentro del Imperio español. Esta autonomía y heterogeneidad terminaron bruscamente al terminar la dinastía de los Austrias y comenzar la de los Borbones, que llevaron a cabo un intento homogeneizador para igualar los sistemas jurídicos y políticos de todos los componentes del imperio.
La República de españoles consistía en la separación jurídica, pero también económica, social y geográfica entre las incipientes sociedades españolas en América, privilegiadas por la Corona, y las sociedades indígenas prehispánicas.
Composición Étnica y Social
La población de las repúblicas de españoles era muy homogénea culturalmente frente a los centenares de etnias de lenguas diferentes que conformaban la República de indios, pero socialmente era por lo menos tan heterogénea como aquélla: la población española incluía grandes terratenientes, aristócratas, encomenderos, funcionarios estatales, comerciantes, artesanos y mineros, ya que no sufrían las restricciones profesionales aplicadas a los indígenas.
La mayor parte de los españoles provenían de los reinos meridionales castellanos: Extremadura, Andalucía y también la propia Castilla, por lo que todos hablaban la misma lengua. También profesaban, por lo menos oficialmente, la misma religión, ya que desde el descubrimiento la Corona intentó vetar la emigración a América de protestantes, judíos o musulmanes, lo que no impidió sin embargo que muchos cristianos nuevos o conversos del judaísmo escaparan a la represión religiosa en España emigrando a las nuevas tierras.
Desde fechas muy tempranas la población española se dividió entre los peninsulares (o "chapetones", como eran llamados en América), nacidos en España, y los criollos, nacidos en América. La existencia de privilegios para los primeros, especialmente en los cargos públicos de mayor importancia en las colonias, supuso que rápidamente se creara una una rivalidad entre ambos grupos, lo que desembocaría en último término en la reclamación de la independencia por parte de los criollos (Bolívar, San Martín, Hidalgo, Sucre, etc). No obstante, en el proceso de independencia tanto criollos como peninsulares se integraron en los dos bandos, realistas e insurgentes.
República de indios
La república de indios es la sociedad o comunidad política indígena que habitaba América, formada por los indígenas o amerindios. Fueron sometidos por la Corona a un régimen de protección, siendo marginados de las actividades políticas generales. En principio, se le respetó sus usos y costumbres, en la medida que no fueran contra la religión católica y las leyes españolas.
Por último, pertenecían hasta cierto grado a la república de indios los llamados mestizos. Discriminados por los españoles e indígenas por no tener pureza en la sangre, los mestizos no lograron insertase a la sociedad durante el periodo anterior a la independencia, ocupando posiciones menores y margindas, tales como servidores, campesinos, soldados (lo que le estaba prohibido a los indígenas) o, a lo más, artesanos.
La imposibilidad numérica de gobernar los inmensos territorios conquistados, el método de conquista, la consideración de inferioridad cultural que se atribuyó a los indígenas y la supuesta necesidad de su evangelización fueron el origen directo de la República de indios. Se optó entonces por la sustitución de las cúpulas de las estructuras prehispánicas por la Corona y la Iglesia, y sus las nuevas instituciones que se fueron creando.
Estatuto jurídico
En la mayoría de los casos las comunidades indígenas habían estado sometidas a entidades políticas de mayor peso como el Imperio azteca, el Imperio inca, las ciudades-estado mayas o chibchas o los reinos purépecha. Una vez conquistadas éstas entidades en nombre de la Corona española, sus vasallos y súbditos pasaban a serlo también de ésta.
En casos en los cuales no había un poder central establecido, como por ejemplo, entre el pueblo mapuche, se buscaban arreglos individuales con los jefes locales: el rey reconocía sus títulos y "otorgaba" ciertos privilegios, etc, a cambio de obtener derechos y reconocimiento de su soberanía.
En la práctica, esto suponía que en muchos casos se mantenían las estructuras de poder prehispánicas, con el mantenimiento de la aristocracia indígena, sus caciques o la creación de sus propios cabildos o consejos de gobierno independientes. Sin embargo, si así lo requerían los intereses de los españoles o de la Corona, los indios quedaban sometidos a su autoridad, como por ejemplo, en las encomiendas o Mitas.[4] [5]
La evolución de la sociedad colonial determinó en cambio que las comunidades indígenas, más tardíamente incorporadas al sistema económico capitalista, perdieran población y recursos para pasar a depender económicamente de los blancos y mestizos.
Las diferencias jurídicas entre indios y españoles se extendían a todos sus derechos y obligaciones. Los pueblos indígenas, por ejemplo, no estaban sujetos a la jurisdicción de la Inquisición, al ser cristianos nuevos por definición, pero en cambio estaba sometidos a un tributo personal per cápita en dinero o trabajo. Además, especialmente al principio de la Colonia, los indios estaban forzados a 'retribuir' con trabajo los esfuerzos de los colonizadores para su evangelización, una retribución especialmente onerosa en la encomienda o la mita, que no se aplicaba a los miembros de otras razas que se suponían ya evangelizados.
Referencias
- Dougnac Rodríguez, Antonio (1994). Manual de Historia del Derecho Indiano. México: Universidad Nacional Autónoma de México. ISBN 968-36-4147-4.
- García-Gallo, Alfonso (1987). «El pactismo en el reino de Castilla y su proyección en América». Los orígenes españoles de las instituciones americanas. Madrid.
- Levaggi, Abelardo (2001). «República de indios y república de españoles en los reinos de indias». Revista de Estudios Histórico-Jurídicos (21). p.419-428. ISSN 0716-5455 [1].
- Sánchez Bella, Ismael; De la Hera, Alberto; y Díaz Rementería, Carlos (1992). Historia del Derecho Indiano. Madrid: Editorial MAPFRE S.A.. ISBN 84-7100-512-3.
Notas
- ↑ Díaz Rementería, Carlos (1992). «La constitución de la sociedad política». Historia del Derecho Indiano. Madrid: Editorial MAPFRE S.A.. p. 167-190.
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- ↑ Eyzaguirre, Jaime (1957). «La vida política en las Indias bajos los Austrias». Ideario y ruta de la emancipación chilena. Santiago: Editorial Universitaria. p. 24-43.
- ↑ La costumbre indígena en el Derecho Indiano: 1529 - 1550, en Anuario Mexicano de Historia del Derecho 4 (México, 1992)
- ↑ Dougnac Rodríguez, Antonio, Manual de Historia del Derecho Indiano (UNAM, México, 1994)
Véase también
el pueblo libre
Enlaces externos
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