- Ley de Grandes Ciudades de España
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La Ley de Grandes Ciudades o Ley de Medidas para la Modernización del Gobierno Local (Ley 57/2003, de 16 de diciembre) puesta en marcha por el gobierno de España; entró en vigor el 1 de enero de 2004, consiste en la modernización de la gestión del ayuntamiento para así desarrollar e impulsar la participación de los ciudadanos en la gestión de los asuntos locales. Una de estas medidas es la división del municipio en distritos y la determinación y regulación de los órganos de éstos.
Los distritos constituyen un instrumento necesario para crear políticas de proximidad y participación en municipios con alta densidad de población. Descentrando funciones desde la participación ciudadana y debiendo además el ayuntamiento de cada localidad que ponga en marcha esta ley tendrá el deber de establecer un porcentaje mínimo de sus recursos para gestionarse por distritos.
Los ayuntamientos tienen que establecer y poner en marcha normas de carácter orgánico y órganos adaptados para una efectiva participación de los vecinos en la vida pública del municipio.
La división en distritos, junto con la determinación, regulación de los órganos de éstos y las competencias que posean, no tendrán perjuicio sobre las atribuciones del alcalde. Los presidentes de distrito corresponde en todo caso a uno de los concejales.
Contenido
Ámbito de aplicación
Municipios cuya población supere los 200.000 habitantes
Municipios que sean capitales provinciales de más de 175.000 habitantes, capitales autonómicas o sedes de las instituciones autonómicas
# Nombre Población (2009/2010) Provincia Comunidad autónoma 31 Pamplona 197.488 Navarra Capital de Navarra 32 Almería 190.013 Almería Andalucía 34 San Sebastián 185.506 Guipúzcoa País Vasco 35 Santander 181.589 Cantabria Capital de Cantabria 36 Castellón de la Plana 180.690 Castellón Comunidad Valenciana 37 Burgos 178.574 Burgos Castilla y León 42 Logroño 152.650 La Rioja Capital de La Rioja 67 Santiago de Compostela 94.824 La Coruña Capital de Galicia 83 Toledo 82.489 Toledo Capital de Castilla-La Mancha 86 Ceuta 80.579 Ceuta Capital de Ceuta 95 Melilla 76.034 Melilla Capital de Melilla 130 Mérida 57.127 Badajoz Capital de Extremadura - Municipios cuya población supere los 75.000 habitantes, que presenten circunstancias económicas, sociales, históricas o culturales especiales.
En los dos últimos supuestos se exige que así lo decidan las asambleas legislativas autonómicas correspondientes, a iniciativa de los respectivos ayuntamientos.
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