Código de identificación fiscal

Código de identificación fiscal

El Código de identificación fiscal ('CIF') ha sido hasta 2008 el nombre del sistema de identificación tributaria utilizada en España para las personas jurídicas o entidades en general según regula el Decreto 2423/1975, de 25 de septiembre.

Este Decreto queda derogado con efectos desde el 1 de enero de 2008 por el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio que define el uso del Número de identificación fiscal. Los valores de las letras son ampliados la Orden EHA/451/2008, de 20 de febrero de 2008,[1] por la que se regula la composición del número de identificación fiscal de las personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica.

Contenido

Formato del código

El CIF se define originariamente en el Decreto 2423/1975[2] y es modificado en varias ocasiones. La última modificación, antes de su derogación con efectos desde el 1 de enero de 2008, corresponde a la Orden de 3 de julio de 1998[3] que regula el código de identificación de las personas jurídicas y entidades en general.

El CIF consta de 9 caracteres. El primero (posición 1) es una letra que sigue los siguientes criterios:

  • A. Sociedades anónimas.
  • B. Sociedades de responsabilidad limitada.
  • C. Sociedades colectivas.
  • D. Sociedades comanditarias.
  • E. Comunidades de bienes.
  • F. Sociedades cooperativas.
  • G. Asociaciones y otros tipos de sociedades civiles.
  • H. Comunidades de propietarios en régimen de propiedad horizontal.
  • J. Sociedades civiles, con o sin personalidad jurídica.
  • K. Formato antiguo.
  • L. Formato antiguo.
  • M. Formato antiguo.
  • N. Entidades no residentes.
  • P. Corporaciones locales.
  • Q. Organismos autónomos, estatales o no, y asimilados, y congregaciones e instituciones religiosas.
  • R. Congregaciones e instituciones religiosas.
  • S. Órganos de la Administración del Estado y comunidades autónomas
  • U. Uniones Temporales de Empresas.
  • V. Otros tipos no definidos en el resto de claves.
  • W. Reservado a establecimientos permanentes de entidades no residentes en territorio español.

A continuación se insertan otros ocho dígitos con las siguientes posiciones: las dos primeras indican la provincia, donde los identificadores o claves provinciales son:

Identificador Provincia
01 Álava
02 Albacete
03, 53, 54 Alicante
04 Almería
05 Ávila
06 Badajoz
07, 57 Islas Baleares
08, 58, 59, 60, 61, 62, 63, 64, 65 Barcelona
09 Burgos
10 Cáceres
11, 72 Cádiz
12 Castellón
13 Ciudad Real
14, 56 Córdoba
15, 70 La Coruña
16 Cuenca
17, 55 Gerona
18 Granada
19 Guadalajara
20, 71 Guipúzcoa
21 Huelva
22 Huesca
23 Jaén
24 León
25 Lérida
26 La Rioja
27 Lugo
28, 78, 79, 80, 81, 82, 83, 84, 85 Madrid
29, 92, 93 Málaga
30, 73 Murcia
31 Navarra
32 Orense
33, 74 Asturias
34 Palencia
35, 76 Las Palmas
36, 27, 94 Pontevedra
37 Salamanca
38, 75 Santa Cruz de Tenerife
39 Cantabria
40 Segovia
41, 91 Sevilla
42 Soria
43, 77 Tarragona
44 Teruel
45 Toledo
46, 96, 97, 98 Valencia
47 Valladolid
48, 95 Vizcaya
49 Zamora
50, 99 Zaragoza
51 Ceuta
52 Melilla

Los cinco siguientes dígitos (posiciones 4 a 8) constituyen un número correlativo de inscripción de la organización en el registro provincial, y el último dígito (posición 9) es un código de control que puede ser un número o una letra :

  • Será una LETRA si la clave de entidad es K, P, Q ó S.
  • Será un NUMERO si la entidad es A, B, E ó H.
  • Para otras claves de entidad: el dígito podrá ser tanto número como letra.

Las operaciones para calcular el dígito de control se realizan sobre los siete dígitos centrales y son las siguientes:

  1. Sumar los dígitos de la posiciones pares. Suma = A
  2. Para cada uno de los dígitos de la posiciones impares, multiplicarlo por 2 y sumar los dígitos del resultado.
    Ej.: ( 8 * 2 = 16 --> 1 + 6 = 7 )
  3. Acumular el resultado. Suma = B
  4. Sumar A + B = C
  5. Tomar sólo el dígito de las unidades de C. Lo llamaremos dígito E.
  6. Si el dígito E es distinto de 0 lo restaremos a 10. D=10-E. Esta resta nos da D. Si no, si el dígito E es 0 y si el dígito de control ha de ser numérico entonces D=0 y no hacemos resta.
  7. A partir de D ya se obtiene el dígito de control. Si ha de ser numérico es directamente D y si se trata de una letra se corresponde con la relación:
    J = 0, A = 1, B = 2, C= 3, D = 4, E = 5, F = 6, G = 7, H = 8, I = 9
Ejemplo para el CIF A58818501
Utilizamos los siete dígitos centrales = 5881850
  • Sumamos los dígitos pares: A = 8 + 1 + 5 = 14
  • Posiciones impares:
5 * 2 = 10 -> 1 + 0 = 1
8 * 2 = 16 -> 1 + 6 = 7
8 * 2 = 16 -> 1 + 6 = 7
0 * 2 = 0 -> = 0
  • Sumamos los resultados: B = 1 + 7 + 7 + 0 = 15
  • Suma parcial: C = A + B = 14 + 15 = 29
  • El dígito de las unidades de C es 9.
  • Se lo restamos a 10 y nos da: D = 10 - 9 = 1
  • Si el dígito de control ha de ser un número es 1 y si ha de ser una letra es la "A"

Rutinas de cálculo

Como esta parte de obtener el dígito de control puede parecer un poco más complicada, a continuación damos diversas implementaciones.

Abreviaturas de las sociedades

El CIF debe coincidir con la abreviación final del nombre de la empresa según la siguiente relación: ( listado parcial de Sociedades Civiles y Mercantiles en España )

abreviación Tipo de sociedad
SL Sociedad Limitada
SLU Sociedad Limitada Unipersonal
SLL Sociedad Limitada Laboral
SLNE Sociedad Limitada Nueva Empresa
SA Sociedad Anónima
SAL Sociedad Anónima Laboral
SAU Sociedad Anónima Unipersonal
SAE Sociedad Anónima Española
CB Comunidad de Bienes
SC Sociedad Civil
SRL Sociedad de Responsabilidad Limitada
SCP Sociedad Civil Particular/Privada
UTE Unión Temporal de Empresas
COOP Sociedad Cooperativa
SCA Sociedad Cooperativa Andaluza
AEIE Agrupación Europea de Interés Económico
SCI Sociedad Cooperativa Industrial
AIE Agrupación de Interés Económico
SCL Sociedad Cooperativa Limitada
SGR Sociedad de Garantía Recíproca
SAT Sociedad Agraria de Transformación
SI Sociedad Irregular
SAD Sociedad Anónima Deportiva
SRC Sociedad Regular Colectiva
SEE Sucursal en España
SENC Sociedad en Comandita

Para el código de países extranjeros se usan, a partir del 1 de enero de 1981, los códigos de la Orden de 4 de agosto de 1980,[4] así como sus diferentes correcciones (BOE NUM. 272, de 12 de noviembre de 1980,[5] BOE núm. 298, de 12 de diciembre de 1980,[6] Circular 860/1981, de 30 de junio.[7] )

Véase también

Referencias

  1. BOE núm 49
  2. Decreto 2423/1975
  3. Orden de 3 de julio de 1998
  4. Orden de 4 de agosto de 1980
  5. BOE NUM. 272, de 12 de noviembre de 1980
  6. BOE núm. 298, de 12 de diciembre de 1980
  7. Circular 860/1981, de 30 de junio

Enlaces externos

Cálculo del CIF


Wikimedia foundation. 2010.

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