- Plebiscito Nacional de 1988 (Chile)
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Plebiscito Nacional de 1988 (Chile)
El Plebiscito Nacional de 1988 fue un referéndum realizado en Chile el 5 de octubre de 1988, durante el Régimen Militar. Este plebiscito se realizó en aplicación de las disposiciones transitorias (27 a 29) de la Constitución Política de 1980, para decidir si el dictador Augusto Pinochet seguiría en el poder hasta 1997. El resultado fue de 44,01% por el «Sí» y 55,99% por el «No». El universo electoral habilitado para votar ascendió a 7.435.913 personas.
El triunfo del «No» significó, conforme a las disposiciones transitorias de la Constitución, la convocatoria de elecciones democráticas conjuntas de presidente y parlamentarios al año siguiente, que conducirían al fin de la dictadura y el comienzo del periodo conocido como transición a la democracia.
Contenido
Origen del Plebiscito
La Constitución Política de 1980 estableció un periodo transitorio, que se extendía desde su entrada en vigencia, el 11 de marzo de 1981, hasta el término del mandato presidencial de Augusto Pinochet de ocho años, establecido nominativamente por ella (disposición transitoria decimocuarta).
En conformidad al texto constitucional, con al menos noventa días de anticipación a la fecha en que debía cesar en su cargo, es decir, el 11 de marzo de 1989, los comandantes en jefe de las Fuerzas Armadas y el General Director de Carabineros, o a falta de unanimidad de ellos el Consejo de Seguridad Nacional integrado además por el Contralor General de la República, debían proponer al país una persona para ocupar el cargo de Presidente de la República durante el periodo siguiente, sujeto a la ratificación de la ciudadanía mediante un plebiscito (disposición transitoria vigesimaséptima).
Los efectos del resultado de dicho plebiscito serían las siguientes:
- Si ganaba la opción «Sí», es decir, se aprobaba el candidato propuesto, el Presidente así electo asumiría el cargo el mismo día en que debía cesar el anterior y por un periodo de ocho años, entrando en plena vigencia las normas permanentes de la Constitución, salvo en lo siguiente: nueve meses después se debía convocar a elecciones generales de senadores y diputados y, en el intertanto, la Junta de Gobierno seguiría ejerciendo la función legislativa, hasta la instalación del Congreso Nacional. Esta se realizaría tres meses después de la convocatoria a elecciones parlamentarias.
- Si ganaba la opción «No», es decir, no se aprobada el candidato propuesto, el periodo presidencial de Augusto Pinochet se prorrogaría por un año más, al igual que las funciones de la Junta de Gobierno, y vencido dicho plazo tendrían plena vigencia las normas permanentes de la Constitución. Para esos efectos, noventa días antes de la expiración de la prórroga del mandato presidencial, se debía convocar a elección de Presidente de la República y de parlamentarios.
Hacia el Plebiscito
Tribunal Calificador de Elecciones
Durante el año 1985 se suscitó un importante debate acerca de las condiciones en que se realizaría el plebiscito de aprobación o rechazo del candidato que se propondría como Presidente para el periodo 1989-1997, de acuerdo a la norma transitoria vigesimaséptima de la Constitución.
El artículo 84 de la Constitución relativo al Tribunal Calificador de Elecciones, comenzará a regir en la fecha que corresponda de acuerdo con la ley respectiva, con ocasión de la primera elección de senadores y diputados, y sus miembros deberán estar designados con treinta días de anticipación a esa fecha
Disposición transitoria decimoprimera de la Constitución de 1980De la letra de la norma transitoria undécima resultaba que la consulta plebiscitaria podría efectuarse antes que entrara en funcionamiento el Tribunal Calificador de Elecciones, establecido en las normas permanentes del texto constitucional, puesto que el plebiscito debía realizarse antes de la primera elección parlamentaria. Ello implicaba que este tribunal, aparentemente, no estaba llamado a controlar el referéndum y, eventualmente, tendría que crearse un órgano gubernamental ad-hoc para su calificación.
Basándose en dicha lectura, el proyecto de ley orgánica constitucional sobre el Tribunal Calificador de Elecciones, sometido al Tribunal Constitucional por la Junta de Gobierno establecía en el artículo final que "El artículo 84° de la Constitución Política y la presente ley entrarán en vigencia sesenta días antes de la fecha en que debe realizarse la convocatoria a la primera elección de senadores y diputados" y en el artículo primero transitorio que "Para los efectos de la primera designación de los miembros del Tribunal Calificador de Elecciones, el pleno extraordinario (de la Corte Suprema para elegir los miembros del tribunal) a que se refiere el artículo 2° de esta ley, deberá realizarse con treinta días de anticipación, a lo menos, a la fecha en que debe realizarse la convocatoria a la primera elección de senadores y diputados".
Sin embargo, el Tribunal Constitucional pronunciándose sobre dicho proyecto en la sentencia Rol Nº 33, de 24 de septiembre de 1985, por cuatro votos contra tres, estimó que dichas normas eran inconstitucionales, y por ende, debían ser eliminadas del proyecto de ley, pues sólo una interpretación literal, y con prescindencia del resto de las disposiciones de la Carta Fundamental, conduciría a pensar "que el artículo 84° de la Constitución y las normas legales que lo complementan entrarán a regir, sin excepciones ni limitaciones de ninguna especie, en la fecha que señale la ley orgánica constitucional respectiva, con motivo de la primera elección de diputados y senadores" (considerando 8º) y que dicha "rígida interpretación del texto constitucional resulta inadmisible, porque ella está en pugna o contradice el artículo permanente y las disposiciones transitorias de la Carta Fundamental" que a continuación se señalan (considerando 9º):
- "a) el artículo 18, que establece el "sistema electoral público;
- b) la disposición transitoria vigésima séptima, inciso final, que dispone la realización de un plebiscito para que la ciudadanía se pronuncie sobre la proposición de la persona que desempeñará el cargo de Presidente de la República, en el próximo período presidencial;
- c) las disposiciones transitorias decimoctava, letra A), y vigésima primera, letra d), al establecer que, durante el período a que se refiere la decimotercera disposición transitoria y hasta que entren en funciones el Senado y la Cámara de Diputados, las reformas constitucionales que se acuerden sólo tendrán eficacia si son aprobadas por un plebiscito".
En consecuencia, dicho proyecto de ley, sin incluir los preceptos declarados inconstitucionales, se convirtió en la Ley Nº 18.460, Orgánica Constitucional del Tribunal Calificador de Elecciones, de 15 de noviembre de 1985.
Finalmente, mediante la Ley Nº 18.604, de 23 de marzo de 1987, se agregó a la ley del Tribunal Calificador de Elecciones el siguiente artículo final: "El artículo 84° de la Constitución Política entrará en vigencia con la publicación de la ley orgánica constitucional de los partidos políticos, debiendo el Tribunal Calificador de Elecciones constituirse dentro de décimo día. No obstante, para los efectos de la primera elección de senadores y diputados, el artículo 84 de la Constitución Política entrará en vigencia, en lo pertinente, sesenta días antes de la fecha en que debe realizarse su convocatoria" (la ley orgánica constitucional de partidos políticos se publicó ese mismo día).
Servicio Electoral e inscripciones
Para regular las materias relativas a la organización y funcionamiento del Servicio Electoral e inscripciones electorales se promulgó la Ley Nº 18.556, Orgánica Constitucional sobre sistema de inscripciones electorales y Servicio Electoral, de 1 de octubre de 1986. Su artículo primero transitorio dispuso que "Las Juntas Inscriptoras se instalarán dentro del plazo de cinco meses contando desde la publicación de esta ley, en la fecha que señalare el Director del Servicio Electoral por resolución que se publicará en el Diario Oficial".
Dicha ley permitió que se abrieran los registros electorales el 25 de febrero de 1987, por primera vez desde el 19 de noviembre de 1973, fecha en la que la Junta de Gobierno había decretado la caducidad e inutilización de los registros. Pudieron inscribirse en los registros electorales los hombres y mujeres mayores de 18 años y extranjeros residentes.
La gran inscripción de electores que se produjo (cercana al 92% del total de personas habilitadas para hacerlo) hizo temer tanto al Gobierno como a la Oposición; mientras el oficialismo comienzan a temer una masiva inscripción de opositores al Régimen, los opositores piensan en una posible doble inscripción para sabotear el resultado del plebiscito.
Otro cuerpo normativo sustancial para el establecimiento del sistema electoral público prescrito por la Constitución, fue la Ley Nº 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, de 6 de mayo de 1988. Esta norma reguló, en sus disposiciones transitorias, algunos aspectos prácticos de la convocatoria, campaña y votación en el plebiscito.
Partidos políticos
De acuerdo a la norma transitoria décima de la Constitución de 1980, en tanto no entrara en vigencia la ley orgánica constitucional de partidos políticos, estaba "prohibido ejecutar o promover toda actividad, acción o gestión de índole político-partidista, ya sea por personas naturales o jurídicas, organizaciones, entidades o agrupaciones de personas. Quienes infrinjan esta prohibición incurrirán en las sanciones previstas en la ley".
La tramitación de dicho proyecto de ley fue compleja y prolongada, iniciándose en 1983 y terminando en 1987, tras el pronunciamiento del Tribunal Constitucional. Ese proyecto finalmente se transformó en la Ley Nº 18.603, Orgánica Constitucional de los Partidos Políticos, de 23 de marzo de 1987, que entró en vigencia diez días después de su publicación en el Diario Oficial. A partir de dicha fecha, pudieron constituirse legalmente los partidos políticos.
Al interior de las diversos grupos y corrientes políticas existentes en la época se iniciaron intensos debates en torno a la conveniencia o inconveniencia de incorporarse al sistema de la Ley Nº 18.603 y la transformación en asociaciones políticas formales. Sin embargo, en definitiva la mayoría decidió convertirse formalmente en partido al poco tiempo.
De hecho, la mayoría de los partidos que participarían en las elecciones de 1989, estuvieron constituidos meses antes del plebiscito.
Proposición del candidato
Hacia 1986 el general Pinochet manifestó, de forma cada vez más evidente, su decisión de ser propuesto como candidato para el plebiscito. En esa línea, el 11 de julio del mismo año declaró que "nadie puede desconocer el derecho del Gobierno a proyectarse más allá de 1989". Pocos meses después, en septiembre, sería víctima de un intento de asesinato por parte del Frente Patriótico Manuel Rodríguez (FPMR), en el camino al Cajón del Maipo, donde resulta ileso y mueren cinco de sus guardaespaldas.
El 7 de julio de 1987, con el propósito de ganar el plebiscito, designó como Ministro del Interior a Sergio Fernández, a quien se atribuía en parte en éxito en el plebiscito de 1980, en que se ratificó la Constitución Política.
Al año siguiente, el 12 de julio de 1988, los Comandantes en Jefe de las Fuerzas Armadas y el General Director de Carabineros se reunieron para establecer las formalidades y medidas de publicidad necesarias, de acuerdo a la disposición transitoria vigesimaséptima, para elegir el candidato para el plebiscito. El acuerdo fue el siguiente: el país sabría siete días antes la fecha y lugar donde se ellos se reunirían para realizar dicha designación.
Pocos días después, el 26 de julio, los partidos políticos de oposición denunciaron que "a medida que se ha acercado la fecha del plebiscito y que el general Pinochet ha comenzado a actuar de facto como el candidato que los supremos mandos militares deberían designar, un grupo significativo de oficiales, casi todos del Ejército, ha comenzado a realizar abiertamente una ostensible actividad electoral en favor del SÍ" (diario La Época, 31 de julio de 1988).
Dentro de los grupos que apoyaban al gobierno se generaron importantes cuestionamientos y discusiones internas, pues algunos estimaban que el candidato debía ser un civil. Finalmente, el 30 de agosto, de acuerdo al procedimiento antes señalado, los Comandantes en Jefe de las Fuerzas Armadas y el General Director de Carabineros propuesieron como su candidato a Augusto Pinochet.
Propónese al país, sujeto a la ratificación de la ciudadanía, al Capitan General don Augusto Pinochet Ugarte, para ocupar el cargo de Presidente de la República en el periodo presidencial siguiente al que está rigiendo
Comandantes en Jefe de las Fuerzas Armadas y el General Director de Carabineros, 30 de agosto de 1988Pinochet aceptó en la misma reunión la nominación y pronunció un discurso de 25 minutos, refiriéndose al motivo y alcances de la decisión acordada. El plebiscito fue convocado para el día 5 de octubre de 1988.
La candidatura de Pinochet, es decir, la alternativa «Sí» en el plebiscito, sería apoyada por los partidos de la actual Alianza por Chile: Unión Demócrata Independiente y Renovación Nacional y por otros partidos como el Partido Nacional por el Sí, Partido Liberal por el Sí, Democracia Radical, Avanzada Nacional y el Partido del Sur.
La Oposición
A pesar del rechazo inicial a lo planteado por la Constitución, debido al debate sobre su legitimidad o ilegitimidad, la oposición al gobierno aceptó participar en el proceso. Era primera vez que una dictadura convocaba a un referendo demócratico para decidir su posible témino.
Trece organizaciones opositoras, el 2 de febrero de 1988, acordaron llamar a votar «No» en el plebiscito y a crear unas "condiciones mínimas suficientes de limpieza que eviten descalificarlo". Así se creaba la Concertación de Partidos por el No (antecedente directo de la Concertación de Partidos por la Democracia).
El 31 de agosto del mismo año, tras conocerse la nominación de Pinochet, diecisiete partidos políticos (Democracia Cristiana, MAPU, MAPU-OC, PADENA, Partido Humanista, Izquierda Cristiana, Unión Liberal Republicana, Los Verdes, Partido Nacional por el No, Partido Radical, Radical Socialista Democrático de Luengo, Socialdemocracia, Socialista-Almeyda, Socialista-Núñez, Socialista Histórico, Socialista Mandujano, USOPO y Partido por la Democracia) expresaron en el documento "Principios básicos de institucionalidad democrática" que "El triunfo del NO en el plebiscito será el punto de partida de un proceso que permitirá reconstruir en Chile un verdadero régimen democrático".
Partidos y movimientos
Partidos y movimientos por el "Sí"
- Renovación Nacional
- Avanzada Nacional
- Unión Demócrata Independiente
- Partido Nacional
- Democracia Radical
- Partido del Sur
- Partido Democrático de Chile PADECHI
- Partido Liberal Demócrata de Chile
- Partido Socialdemócrata de Chile
- Gran Frente de Chile
Partidos y movimientos por el "No"
- Partido Demócrata Cristiano
- Partido Radical de Chile
- Partido Social Democracia de Chile
- Partido Unión Liberal Republicana
- Partido Radical Socialista Democrático (Facción Sule/Luengo)
- Partido Humanista de Chile
- Partido Los Verdes
- Partido Democrático Nacional PADENA
- Partido Unión Socialista Popular USOPO
- Partido Socialista-Almeyda
- Partido Socialista-Núñez
- Partido Socialista Histórico
- Partido por la Democracia
- Movimiento de Acción Popular Unitario MAPU
- Movimiento de Acción Popular Unitario Obrero campesino MAPU-OC
- Partido Izquierda Cristiana
- Partido Nacional por el NO
- Partido Comunista de Chile
- Movimiento de Izquierda Revolucionaria MIR
Partidos por el voto Nulo
- Partido Socialista Chileno (Facción Moraga)
El Plebiscito
La campaña
Por primera vez en la historia nacional, se realizaron franjas televisivas para ambas posiciones políticas. A un mes del referendo, el 5 de septiembre a las 23:00, aparecieron los primeros spots, de 15 minutos cada uno.
Al poco tiempo se notó la superioridad técnica de la franja del «No». La franja de la oposición superaba en todos los aspectos a la del «Sí», en producción, contenido y mensaje. Por ello, el ministro del Interior Sergio Fernández, admitiría posteriormente: "Los resultados (de la campaña) fueron lamentables. Al cabo de muy pocos días nadie pudo ignorar la evidente superioridad técnica de la franja del No», mejor construcción argumental, mejores filmaciones, mejor música. Su melodía característica, en torno a la frase "La alegría ya viene", era tan pegajosa, que hasta los creativos de la Campaña del Sí en sus reuniones de brainstorming la tarareaban inconcientemente".
El logotipo de la Concertación era un arco iris, que buscaba simbolizar la unión de todos los aspectros políticos opositores y el deseo de un futuro mejor. A pesar que la campaña presentaba crudos relatos de las violaciones de los derechos humanos, la campaña tenía características positivas, tratando de resaltar que el triunfo del «No» no implicaría el regreso al caos que habría existido en el país durante el gobierno de Salvador Allende.
Por otro lado, el «Sí» planteaba por una parte una estrategia centrada en resaltar la crisis ocurrida durante el gobierno de la Unidad Popular, al tiempo que trataba de mostrar un rostro democrático y amable del General Pinochet, que era visto como un militar rígido y severo. Con jingles y canciones alegres se mostraban a los músicos y personalidades famosas más importantes de la década de 1980, además de resaltar los progresos económicos ocurridos durante el gobierno de Pinochet.
Los comandos políticos también movilizaron a las masas: el día 22 de septiembre el «No» dio inició a la "Marcha de la Alegría", que completó 10 días con cientos de miles de personas en interrumpidas manifestaciones y concentraciones, partiendo desde Arica y Puerto Montt para converger en Santiago. El «Sí», en tanto, respondió el día 2 de octubre, al día siguiente de la llegada de la marcha a Santiago. Con esos dos actos terminó oficialmente la campaña.
Dentro de las causas que motivaron a la mayoría a votar «No», según una encuesta del CEP realizada en esa época, primaba la mala situación económica (72%), más que los derechos humanos (57%), debido al 20% de cesantía que existió durante la dictadura, y la mala distribución del ingreso, que explicaría por qué, en medio del aparente auge económico, se dieran estos argumentos.
El 5 de octubre
Los rumores de un eventual boicot al plebiscito comenzaron a tomar fuerza debido a un extraño apagón ocurrido en la noche del 4 de octubre. Días antes, incluso los gobiernos del Reino Unido y Estados Unidos estuvieron al tanto de una posible suspensión del referendo, los que se contactaron con Pinochet, el que prometió reconocer los resultados de la votación. Esa noche del Apagón Nacional, Radio Cooperativa canalizó la información desde el momento en que comenzó el Apagón.
En la mañana, una tensa calma predominó en las más de 22.000 mesas abiertas a lo largo del país, parar recibir a los más de 7.435.913 votantes. Pinochet vota en la mesa ubicada en el Instituto Nacional a las 10:10 horas. Diez minutos después, el subsecretario del Interior, Alberto Cardemil entrega el primer informe desde el Edificio Diego Portales, donde se ubicaba el centro de cómputos del Gobierno: 8.000 mesas estaban constituidas a esa hora. Dicha información comienza a preocupar a la Oposición, pues sus reporte contienen cifras muy superiores al 40% de mesas que ha informado Cardemil. Una hora después, el Gobierno informa que un 75% de mesas abiertas y el Comando del No responde con cifras superiores al 90%.
Ya en la tarde, comienzan a existir problemas en los centros de votación, al producirse enormes aglomeraciones, que impide entrar a los locales para poder sufragar. La Concertación presiona al Gobierno para que se realice una votación normal. La situación se normaliza cerca de las 15.00. Hacia las 16.00, la mayor parte del país ha votado y regresa a sus casas esperando los cómputos y con cierto temor, por los rumores de posibles ataques terroristas de grupos de extrema izquierda o de algún levantamiento de las Fuerzas Armadas.
A las 16.30, el subsecretario Cardemil se dirige al Palacio de La Moneda para informar a Pinochet de los primeros cómputos. Dos horas después, el Comité por las Elecciones Libres, cercano a la Concertación y dirigido por Eduardo Frei Ruiz-Tagle informa que, sobre la base del 10% de los sufragios que han sido contabilizados, el «Sí» obtiene el 32% de los votos, frente al 58% del «No».
Sin embargo, a las 19.30, Cardemil entrega el primer informe oficial al país: el «Sí» obtenía un 58% frente al 42% del «No», en base a un total de 72 mesas escrutadas. Los miembros de la Concertación comienzan a creer que sus temores de una eventual manipulación de los resultados se estaría haciendo realidad. La tardanza en la entrega de resultados hace que el portavoz del Comando del No, Genaro Arriagada acuse al Gobierno de retener las cifras.
Los Comandantes en Jefe de las Fuerzas Armadas y Carabineros son informados por sus subalternos de que el «No» está derrotando al «Sí» en las mesas, lo que obliga a que éstos pidan una reunión con Pinochet, el cual la rechaza.
A las 21.00, Arriagada anuncia los cómputos que posee su comando: el «Sí» supera el 41%, mientras el «No» obtiene el 58,7% de los votos. Ante las cifras, algunos jóvenes salen a celebrar a las calles, siendo reprimidos por Carabineros, mientras un General de dicha institución ordena el desalojo inmediato de las dependencias del Comando del No.
Una hora después, el subscretario Cardemil entrega un nuevo cómputo, esta vez en base a 677 mesas: «Sí», 51,3% y el «No», 46,5%, además anuncia que el siguiente cómputo será entregado a las 23.15. En tanto, el Comité por las Elecciones Libres entrega un nuevo informe, en el cual el «Sí» obtiene un 44,6% frente al 55,2% de la opción «No». Mientras, la Dirección Nacional de Comunicación Social (Dinacos) recibe a esa misma hora, la orden de clausurar inmediatamente cualquier transmisión radial o de televisión que convoque a una celebración por la victoria del «No».
A las 23.00, Cardemil se reúne con el General Pinochet, informándole que el «No» posee más del 53% de los votos hasta ese momento, lo que ya es irremontable. A su vez, Arriagada entrega un nuevo cómputo, con un 40,2% para el «Sí» y un 57,8% para el «No». Diversos personeros de Renovación Nacional hablan con Cardemil, miembro de ese partido, y le informan que ellos no están dispuestos a involucrarse en un desconocimiento de los resultados.
Sergio Onofre Jarpa, presidente de Renovación Nacional, debía participar en un programa que analizaría los resultados del plebiscito, junto a Patricio Aylwin en Canal 13 a las 22.00, pero la demora de los resultados atrasaba el programa, que se fijó finalmente para la medianoche. Jarpa, temeroso de enfrentarse sin datos a Aylwin, que iba a entregar los datos de la Oposición, se contacta con Cardemil, diciéndole: "¿Usted no se va a prestar para ninguna lesera, no?" (refiriéndose a seguir retrasando cómputos). Cardemil le informó que el «Sí» iba perdiendo, pero que aún faltaban contabilizar los votos de las mesas de las mujeres santiaguinas.
Jarpa asumió entonces, que habían sido derrotados y se dirigió a Canal 13 a dar dicha información, corroborada con los datos que portaba Aylwin. Comienzan las celebraciones de los partidarios del «No», mientras La Moneda es acordonada.
A las 00.18 del 6 de octubre, Pinochet se reúne con sus ministros y les informa: "Señores, el plebiscito se perdió. Quiero sus renuncias de inmediato. Eso es todo". Una hora después, finalmente se reúne con los miembros de la Junta de Gobierno. En su paso hacia el Palacio de La Moneda, el Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea de Chile, Fernando Matthei le dice a los periodistas: "Tengo bastante claro que ha ganado el No, pero estamos tranquilos". Las declaraciones del General Matthei, fueron captadas por Radio Cooperativa a la 1.03 del 6 de octubre de 1988.
En dicha reunión el ministro Sergio Fernández habría reconocido la derrota y expresado que el alto porcentaje obtenido era de cualquier forma motivo de orgullo, a lo que el General de la Fuerza Aérea habría respondido con un irónico "¿Y por qué no traemos champaña para celebrarlo?".
Según lo que ha dicho Matthei en sus memorias ("Matthei, mi testimonio"), Pinochet les habría entregado a los miembros de la Junta de Gobierno un decreto por el cual él asumiría todo el poder para no reconocer los resultados del plebiscito. Esto habría enfurecido a los miembros de la Junta, especialmente a Matthei, el cual afirma que rompió el acta con sus propias manos. "Después de eso, y sin insistir en el acta, el Presidente nos informó que se iría a descansar por unos días fuera de Santiago y se dio por terminada la reunión", termina de contar Matthei en su libro. En ese momento, el jefe del Estado Mayor sufre un infarto debido al acalorado enfrentamiento entre los líderes castrenses. Después de la reunión, Pinochet acepta la situación y ordena publicar el tercer cómputo.
Anecdóticamente, se recuerda que Televisión Nacional de Chile transmitía Popeye, el marino y Canal 13, El Correcaminos, en vez de informar sobre los diversos sucesos que ocurrían en el país debido a la falta de información oficial. Finalmente, a la 2 de la madrugada, el subscretario Cardemil aparece ante los medios y anuncia los cómputos finales: el «Sí» obtiene un 43%, frente al 55,7% del «No».
En la mañana del 6 de octubre, miles de chilenos salen a las calles a celebrar la victoria del «No» en sus respectivas ciudades: en Santiago principalmente en la Alameda del Libertador Bernardo O'Higgins. Durante esa noche, Pinochet entrega un informe en que reconoce la victoria del «No» y que continuará el proceso trazado por la Constitución de 1980. Ese mismo día, la Concertación le informó al Papa Juan Pablo II que Chile ha retornado a la Democracia.
Resultados nacionales
Los resultados oficiales, contenidos en la sentencia del Tribunal Calificador de Elecciones de Chile, fueron los siguientes:
Propuesta (alternativa) Votos %[1] Voto «Sí» 3.119.110 44,01% Voto «No» 3.967.569 55,99% Total votos válidos 7.086.679 Votos nulos 94.594[2] Votos blancos 70.660[3] Total votos emitidos 7.251.933[4] Resultados por regiones
Región Opción «Sí» %[5] Opción «No» %[6] I Tarapacá 75.849 44,71% 93.800 55,29% II Antofagasta 84.259 39,32% 130.052 60,68% III Atacama 49.400 43,84% 63.293 56,16% IV Coquimbo 114.250 46,02% 133.997 53,98% V Valparaiso 324.058 42,69% 434.997 57,31% VI Libertador General Bernardo O´Higgins 164.430 44,08% 208.574 55,92% VII Maule 220.742 48,83% 231.348 51,17% VIII Bío Bío 409.513 44,71% 506.513 55,29% IX Araucanía 220.090 54,05% 187.071 45,95% X Los Lagos 242.457 50,15% 240.984 49,85% XI General Carlos Ibáñez del Campo 19.238 49,99% 19.245 50,01% XII Magallanes y la Antartica Chilena 35.549 42,36% 48.372 57,64% RM Metropolitana de Santiago 1.159.275 40,98% 1.669.333 59,02% Válidamente emitidos 3.119.110 44,01% 3.967.569 55,99% Consecuencias
El gobierno reconoció su derrota en las urnas y, conforme a la norma vigesimanovena transitoria de la Constitución, se prorrogó de pleno derecho el periodo presidencial de Augusto Pinochet por un año más –hasta el 11 de marzo de 1989–, para los efectos de la convocatoria a elecciones democráticas, de presidente y parlamentarios, al año siguiente.
Tras el triunfo del «No» en el plebiscito, la Concertación propició una reforma constitucional, que permitiera una "transición consensual a la democracia" y superar el debate sobre la legitimidad de la Constitución, realizándola conforme al mecanismo contenido en ella, que implicaba, dentro de dicho periodo transitorio, ser ratificada en un plebiscito. En definitiva, tras un acuerdo entre gobierno y oposición, se realizó una reforma sometida a un plebiscito, que se llevó a cabo el 30 de julio de 1989.
En diciembre del mismo año se realizaron las elecciones presidencial y parlamentaria, donde fue electo como Presidente de la República Patricio Aylwin, iniciándose el período de la historia de Chile conocida como transición a la democracia.
Referencias
- Carrasco Delgado, Sergio (1980). Génesis y vigencia de los textos constitucionales chilenos. Santiago de Chile: Editorial Jurídica de Chile. Tercera edición actualizada 2002. ISBN 956-10-1405-X.
- Cottet Villalobos, Cristián (1988). El panfleto: plebiscito 1988 a través de panfletos y volantes. Santiago de Chile.
- De La Maza, Isabel; Arancibia Clavel, Patricia (2003). Matthei, Mi Testimonio. Santiago de Chile: La Tercera - Mondadori. ISBN 956-8207-03-1.
- Garretón M., Manuel Antonio (1988). El plebiscito de 1988 y la transición a la democracia.. Santiago de Chile: FLACSO.
- Gazmuri, Cristián (2000). «La bomba (historiográfica) del general (R) Matthei ¿De qué manera cambia la percepción histórica de la transición a partir de las últimas revelaciones sobre el plebiscito de 1988?» Diario La Tercera. n.º 12 de octubre. [1].
- Hirmas, María Eugenia (1989). «Plebiscito: el NO de los jóvenes y la TV» Diálogos de la Comunicación. Vol. octubre. n.º 25. [2] (en PDF).
- Silva Bascuñán, Alejandro (1997). Tratado de Derecho Constitucional. Tomo III: La Constitución de 1980. Antecedentes y génesis. Santiago de Chile: Editorial Jurídica de Chile. ISBN 956-10-1178-6.
- Tagle D., Matías (editor) (1995). Diálogos de Justicia y Democracia. Nº1: El Plebiscito del 5 de octubre de 1988. Santiago de Chile: Corporación Justicia y Democracia.
Notas
Véase también
Enlaces externos
- Especial conmemorativo "El arcoiris que venció a Pinochet" de la BBC en español
- Publicidad por el No
- Publicidad por el Si
- Especial de TVN sobre el Plebiscito
- Panfletos del Plebiscito en Memoria Chilena
- La Tercera - Franjas políticas del Plebiscito y videos
- La Tercera - La historia de la franja del No
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